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El divorcio,la poligamia,el amor libre, el incesto, son graves ofensas a la dignidad del matrimonio
Adulterio
Al crear al ser humano hombre y mujer, Dios confiere
la dignidad personal de manera idéntica a uno y a
otra. A cada uno, hombre y mujer, corresponde reconocer y
aceptar su identidad sexual.
Cristo es el modelo de la
castidad. Todo bautizado es llamado a llevar una vida casta,
cada uno según su estado de vida.
La castidad significa
la integración de la sexualidad en la persona. Entraña el
aprendizaje del dominio personal.
Entre los pecados gravemente contrarios a
la castidad se deben citar la masturbación, la fornicación, las
actividades pornográficas y las prácticas homosexuales.
La alianza que los
esposos contraen libremente implica un amor fiel. Les confiere la
obligación de guardar indisoluble su matrimonio.
La fecundidad es un
bien, un don, un fin del matrimonio. Dando la vida,
los esposos participan de la paternidad de Dios.
La regulación
de la natalidad representa uno de los aspectos de la
paternidad y la maternidad responsables. La legitimidad de las intenciones
de los esposos no justifica el recurso a medios moralmente
reprobables (p.e., la esterilización directa o la anticoncepción).
El adulterio
y el divorcio, la poligamia y la unión libre son
ofensas graves a la dignidad del matrimonio.
El adulterio
Esta
palabra designa la infidelidad conyugal. Cuando un hombre y una
mujer, de los cuales al menos uno está casado, establecen
una relación sexual, aunque ocasional, cometen un adulterio. Cristo condena
incluso el deseo del adulterio. El sexto mandamiento y el
Nuevo Testamento prohíben absolutamente el adulterio. Los profetas denuncian su
gravedad; ven en el adulterio la imagen del pecado de
idolatría.
El adulterio es una injusticia. El que lo comete falta
a sus compromisos. Lesiona el signo de la Alianza que
es el vínculo matrimonial. Quebranta el derecho del otro cónyuge
y atenta contra la institución del matrimonio, violando el contrato
que le da origen. Compromete el bien de la generación
humana y de los hijos, que necesitan la unión estable
de los padres.
El divorcio
El Señor Jesús insiste en la intención
original del Creador que quería un matrimonio indisoluble , y
deroga la tolerancia que se había introducido en la ley
antigua.
Entre bautizados católicos, ‘el matrimonio rato y consumado no puede
ser disuelto por ningún poder humano ni por ninguna causa
fuera de la muerte’.
La separación de los esposos con permanencia
del vínculo matrimonial puede ser legítima en ciertos casos previstos
por el Derecho Canónico.
Si el divorcio civil representa la única
manera posible de asegurar ciertos derechos legítimos, el cuidado de
los hijos o la defensa del patrimonio, puede ser tolerado
sin constituir una falta moral.
El divorcio es una ofensa grave
a la ley natural. Pretende romper el contrato, aceptado libremente
por los esposos, de vivir juntos hasta la muerte. El
divorcio atenta contra la Alianza de salvación de la cual
el matrimonio sacramental es un signo. El hecho de contraer
una nueva unión, aunque reconocida por la ley civil, aumenta
la gravedad de la ruptura: el cónyuge casado de nuevo
se halla entonces en situación de adulterio público y permanente:
Si el marido, tras haberse separado de su mujer, se
une a otra mujer, es adúltero, porque hace cometer un
adulterio a esta mujer; y la mujer que habita con
él es adúltera, porque ha atraído a sí al marido
de otra.
El divorcio adquiere también su carácter inmoral a
causa del desorden que introduce en la célula familiar y
en la sociedad. Este desorden entraña daños graves: para el
cónyuge, que se ve abandonado; para los hijos, traumatizados por
la separación de los padres, y a menudo viviendo en
tensión a causa de sus padres; por su efecto contagioso,
que hace de él una verdadera plaga social.
Puede ocurrir que
uno de los cónyuges sea la víctima inocente del divorcio
dictado en conformidad con la ley civil; entonces no contradice
el precepto moral. Existe una diferencia considerable entre el cónyuge
que se ha esforzado con sinceridad por ser fiel al
sacramento del Matrimonio y se ve injustamente abandonado y el
que, por una falta grave de su parte, destruye un
matrimonio canónicamente válido.
La poligamia
Es comprensible el drama del que, deseoso
de convertirse al Evangelio, se ve obligado a repudiar una
o varias mujeres con las que ha compartido años de
vida conyugal.
Sin embargo, la poligamia no se ajusta a
la ley moral, pues contradice radicalmente la comunión conyugal.
La
poligamia ‘niega directamente el designio de Dios, tal como es
revelado desde los orígenes, porque es contraria a la igual
dignidad personal del hombre y de la mujer, que en
el matrimonio se dan con un amor total y por
lo mismo único y exclusivo’ .
El cristiano que había sido
polígamo está gravemente obligado en justicia a cumplir los deberes
contraídos respecto a sus antiguas mujeres y sus hijos.
El
Incesto
Es la relación carnal entre parientes dentro de los
grados en que está prohibido el matrimonio . San Pablo
condena esta falta particularmente grave: ‘Se oye hablar de que
hay inmoralidad entre vosotros... hasta el punto de que uno
de vosotros vive con la mujer de su padre... en
nombre del Señor Jesús... sea entregado ese individuo a Satanás
para destrucción de la carne...’ . El incesto corrompe las
relaciones familiares y representa una regresión a la animalidad.
Se puede
equiparar al incesto los abusos sexuales perpetrados por adultos en
niños o adolescentes confiados a su guarda. Entonces esta falta
adquiere una mayor gravedad por atentar escandalosamente contra la integridad
física y moral de los jóvenes que quedarán así marcados
para toda la vida, y por ser una violación de
la responsabilidad educativa.
Hay unión libre cuando el hombre y la
mujer se niegan a dar forma jurídica y pública a
una unión que implica la intimidad sexual.
La expresión en
sí misma es engañosa: ¿qué puede significar una unión en
la que las personas no se comprometen entre sí y
testimonian con ello una falta de confianza en el otro,
en sí mismo, o en el porvenir?
Esta expresión abarca
situaciones distintas:
Concubinato, rechazo del matrimonio en cuanto tal, incapacidad
de unirse mediante compromisos a largo plazo . Todas estas
situaciones ofenden la dignidad del matrimonio; destruyen la idea misma
de la familia; debilitan el sentido de la fidelidad. Son
contrarias a la ley moral: el acto sexual debe tener
lugar exclusivamente en el matrimonio; fuera de éste constituye siempre
un pecado grave y excluye de la comunión sacramental.
No pocos
postulan hoy una especie de ‘unión a prueba’ cuando existe
intención de casarse.
Cualquiera que sea la firmeza del propósito de
los que se comprometen en relaciones sexuales prematuras, éstas ‘no
garantizan que la sinceridad y la fidelidad de la relación
interpersonal entre un hombre y una mujer queden aseguradas, y
sobre todo protegidas, contra los vaivenes y las veleidades de
las pasiones’.
La unión carnal sólo es moralmente legítima cuando se
ha instaurado una comunidad de vida definitiva entre el hombre
y la mujer. El amor humano no tolera la ‘prueba’.
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