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Autor: Comisión Pontificia de Cinematografía, Radio y Televisión | Fuente: Comisión Pontificia de Cinematografía, Radio y Televisión ¿Qué es la Comisión Pontificia de Cinematografía, Radio y Televisión?
La Comisión Pontificia de Cinematografía, Radio y Televisión es el órgano de la Santa Sede para el estudio de los problemas del cine, radio y televisión que están relacionados con la fe y la moral.
¿Qué es la Comisión Pontificia de Cinematografía, Radio y Televisión?
COMISION PONTIFICIA DE CINEMATOGRAFIA, RADIO Y TELEVISION
ESTATUTO
Art. 1
Se funda la Comisión Pontificia de Cinematografía, Radio y Televisión.
ART. 2
La Comisión Pontificia de Cinematografía, Radio y Televisión
es el órgano de la Santa Sede para el estudio
de los problemas del cine, radio y televisión que están
relacionados con la fe y la moral.
ART. 3
La
Comisión Pontificia de Cinematografía, Radio y Televisión tiene por objeto:
estudiar las direcciones tanto ideológicas como prácticas de la producción
cinematográfica y de las emisiones radiofónicas y televisivas; dirigir la
labor de los católicos y promover la actuación de las
normas directivas provenientes de la Suprema Autoridad Eclesiástica
ART. 4
La Comisión Pontificia de Cinematografía, Radio y Televisión está a
disposición de los Sagrados Dicasterios y Officios de la Santa
Sede y de los Excmos. Ordinarios para las informaciones y
el estudio de las cuestiones que ellos le propongan.
ART.
5
La Comisión Pontificia de la Cinematografía, Radio y Televisión,
con el fin de formentar las producciones y las emisiones
conformes con el espíritu cristiano y de preservar a los
fieles de las que son de una moral negativa, está
en contacto con los Centros Católicos Cinematográficos, Radiofónicos y Televisivos
nacionales y con las respectivas Organizaciones Internacionales (O.C.I.C., UNDA) informándose
mútuamente, colaborando y valorizando su labor.
ART. 6
La Comisión
Pontificia de la Cinematografía, Radio y Televisión de ordinario se
abstiene de publicar juicios favorables o desfavorables sobre peliculas, o
sobre emisiones radiofónicas o televisivas remitiéndose, según el espíritu de
las normas promulgadas a este propósito por la Santa Sede,
a los respectivos Centros nacionales, fundados por la Sagrada Jerarquía
en las respectivas naciones.
ART. 7
La Comisión Pontificia de
la Cinematografía, Radio y Televisión es nombrada por la Santa
Sede y está compuesta del siguiente modo: 1) El Presidente,
cuyo nombramiento dura por seis años.
2) El Consejo de la
Presidencia, del que forman parte: a) Miembros natos: - el Asesor
de la Suprema S. Congregación del S. Oficio, - el
Asesor de la S. Congregación Consistorial, - el Asesor de
la S. Congregación para la Iglesia Oriental, - el Secretario
de la S. Congregación del Concilio, - el Secretario de
la S. Congregación de Religiosos, - el Secretario de la
S. Congregación de Propaganda Fide, - el Secretario de la
S. Congregación de Seminarios y Universidades, - el Sustituto de
la Secretaría de Estado de S. Santidad. b) Cuatro miembros, como
máximo, de libre elección de la Santa
3) El Comité Ejecutivo,
compuesto de la siguiente forma: - el Presidente de la
Comisión, - un Secretario Ejecutivo, - tres o más Consejeros,
uno de los cuales, como miembro nato es el Director
de la Radio Vaticana, - un Colegio de técnicos con
tres Secciones: cinematográfica, radiofónica y televisiva. Los miembros del Comité
Ejecutivo ocuparán el cargo por un período de cuatro años.
ART. 8
La Comisión Pontificia de Cinematografía, Radio y Televisión
tiene su sede en la Ciudad del Vaticano
DISPOSICION FINAL
Con la publicación del presente Estatuto en el "Acta
Apostolicae Sedis", la Comisión de Cinematografía, Radio y Televisión sucede
a la Comisión Pontificia de Cinematografía.
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