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Autor: Domènec Melé | Fuente: www.almudi.org “Bajando” películas de Internet
Domènec Melé nos presenta un interesante caso de ética aplicada sobre la piratería y las descargas ilegales en internet
“Bajando” películas de Internet
Pepe es
un chico de 18 años que frecuenta una asociación juvenil
parroquial. Es muy aficionado a la música y, desde hace
años, colecciona música digitalizada (MP3) que consigue por Internet. En
una ocasión comentó en público que tenía más de 3.000
archivos MP3. (1)
Una de las actividades de la asociación juvenil es proyectar
películas comerciales. Se buscan sobre todo películas de renombre y
que, al mismo tiempo, sean moralmente aceptables. Pepe se ofrece
a conseguir películas, a través de Internet, en plena temporada
de exhibición en las salas de cine y antes de
estar a la venta o distribuidas en los videoclubs en
formato DVD. Afirma que sabe cómo hacerlo. Como botón de
muestra, presenta a Enrique, el responsable de la actividad de
cine de la asociación, la grabación de una de gran
éxito en muchos cines de la ciudad que todavía no
está disponible en DVD. Mientras le enseña un disco, le
dice: "Mira, he tardado quince horas en grabarla pero aquí
está. ¿La pasamos el próximo viernes?"
Enrique le comenta que no le parece
bien conseguir películas de esta manera. Pepe le responde que
todo el mundo lo hace porque las técnicas actuales lo
permiten. Y añade: "Las productoras ya hacen su negocio con
los cines y cuando sacan los DVD. Además, esta vez
he pagado. No mucho, la verdad, pero he pagado. Otras
veces podré conseguirlas gratis". Por tener una copia o para ganar
dinero Interrogantes y circunstancias al respecto
¿Tiene razón Pepe? ¿Qué argumentos podría darle Enrique?
Vayamos por partes, empezando por una explicación sucinta de las
posibilidades técnicas de grabación que hoy disponemos.
Los medios informáticos actuales permiten copiar
música, vídeos, imágenes, textos y programas informáticos (software) con mucha
facilidad. En ciertas condiciones es legal y legítimo hacerlo, pero
muchas copias se obtienen incurriendo en una flagrante violación de
los derechos de propiedad intelectual. En este último caso, se
suele hablar de "piratería informática o digital" (digital piracy). La
facilidad con que puede realizarse exige tener una firme convicción
de querer actuar bien y tener una conciencia bien formada.
A esto último contribuye conocer lo que se está haciendo
y los criterios morales aplicables.
Las grabaciones de audio, generalmente obras musicales, es
lo más copiado, con diferencia. Un CD fácilmente se puede
copiar en el disco duro de un ordenador y, desde
él, reproducir centenares de buena calidad y por un precio
que puede ser diez veces menor al de compra ordinaria.
De todos modos, el mayor número de copias se hace
por Internet entre dos particulares, de uno a otro, disponiendo
de un programa adecuado. Hay millones de usuarios con esos
programas y el fondo de archivos musicales compartidos es enorme.
La copia de
imágenes es más lenta y la de videos es más
difícil aunque también muy extendida, pero menos que la de
audio. Hay videos de películas convencionales, de competiciones deportivas, musicales
y pornográficos. Internet ofrece también películas a estrenar en los
cines comerciales que, generalmente, han colgado en la red trabajadores
de las distribuidoras que furtivamente se las han apropiado. Derecho limitado
Las obras musicales,
películas, programas informáticos y demás archivos copiados tienen un autor
que ha puesto creatividad, conocimientos, experiencia y trabajo. Esta autoría
crea un título de propiedad intelectual que ha de ser
reconocida y de alguna manera recompensada. Es de justicia respetar
la propiedad ajena. Pero la propiedad, intelectual en este caso,
no es un derecho absoluto, sino que tiene una función
social como cualquier propiedad privada. Una vez publicada una obra
creativa, ha de mantenerse siempre el reconocimiento de su autoría
pero la compensación económica no tiene por qué ser ilimitada.
De hecho, las legislaciones tienen normas sobre los derechos de
autor. En algunos países, como España, se reconoce el derecho
a la "copia privada" siempre que no tenga utilización colectiva
o lucrativa. Desde que la tecnología permite las "copias pirata",
las legislaciones se están revisando. Las tecnologías para evitar las
copias no son eficaces y la persecución de los delitos
de copias tiene muchas dificultades. Lo que no está mal
Soluciones flexibles
y creativas Ante
este panorama actual, muchas empresas están buscando reducir los precios
de sus productos para facilitar la venta legal y disuadir
de la piratería. Algunos países como España optan por un
canon moderado en los aparatos grabadores destinado a los derechos
de autor. De aquí viene el derecho a la "copia
privada" pues con el canon ya se ha pagado lo
que en justicia corresponde, pero no se justifica poner al
alcance de todo el mundo sus archivos propios.
Es aceptable hacer copias en
el ordenador de un CD comprado. Se pueden descargar de
Internet archivos, ya sea pagando, ya sea gratis, si han
caducado los derechos de autor o se dice explícitamente. Lo que
sí está mal
No está permitido, en cambio, bajar y grabar archivos sin
permiso de quien tiene los derechos de propiedad, salvo en
casos esporádicos como los anteriormente citados. Hay que ser muy
cauteloso con las películas de estreno que aún no estén
comercializadas en DVD, independientemente de que sea o no gratuito
bajárselas de la red, ya que suelen proceder de copias
furtivas. No sólo sería algo ilegal sino cooperación en una
acción furtiva.
No
se pueden hacer copias de lo que uno se haya
bajado de la red, sin permiso legal para ello. Por
lo mismo no puede ponerse a disposición de otros, por
Internet, los archivos que uno tenga. Hacer copias ilegalmente y
su posterior comercialización es moralmente ilícito y un delito bien
tipificado y perseguido. También lo es participar, de alguna manera,
en este proceso o adquirir los productos vendidos. Solución del caso
Vivir las exigencias
morales en las copias de materiales digitalizados, directamente o a
través de Internet, suele significar actuar a contracorriente. Como en
otras materias o actividades de la vida, conviene ser ejemplar
y ayudar a los que nos rodean a formarse la
conciencia, haciéndoles ver que una práctica por ser corriente (todo
el mundo lo hace) no tiene por qué ser correcta.
No dar importancia a la piratería informática es abrir la
puerta a otras acciones fuera de la ley civil e
incluso de la moral natural.
En nuestro caso, se ve que Pepe no
tiene la conciencia bien formada en este asunto de bajar
música o películas de la red. Por lo que se
ha explicado, probablemente los vídeos que ha bajado de la
red proceden de copias furtivas hechas por empleados de las
distribuidoras. Si fuera así incurriría además en un robo y
en cooperación al mal. Enrique debe asesorarse bien y aprovechar
la amistad que tiene con Pepe para ayudarle en su
formación moral.
(1)
Cas de Moral: Descarregant pellícules d’Internet. Domènec Melé. Temes d’avui.
Num. 14. 2n semestre 2003, pp. 81-87.
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