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| La conciencia y el Magisterio I |
En el “Enrique V” de Shakespeare (Acto I, escena
II), el novel Rey inglés, aspirando también de la corona
francesa, antes de emprender una acción bélica convoca al Arzobispo
de Canturbery para consultar sobre el valor de la ley
sálica (aparente obstáculo a sus pretensiones) y entre otras cosas
dice al prelado:
“... Os rogamos que... nos expliquéis, de
modo justo y religioso, si la Ley Sálica, que tienen
en Francia, nos excluye o no nos excluye en nuestra
pretensión; y no permita Dios, mi amado y fiel Señor,
que deforméis, torzáis y dobléis vuestra interpretación, ni gravéis con
sutilezas vuestra alma inteligente presentando títulos ilegítimos, cuyos derechos no
se armonicen en sus naturales colores con la verdad... Bajo
este conjuro, hablad, Monseñor, pues escucharemos, observaremos y creeremos de
corazón que lo que digáis está lavado en vuestra conciencia...
¿Puedo mantener tal pretensión en justicia y en conciencia? (May
I with right and conscience make this claim?”.
Semejante actitud
suscitaría, no sólo la ironía de Nicolás Maquiavelo, sino también
la indulgente sonrisa de muchos ilustres teólogos contemporáneos. Alguno tacharía
al Soberano de escrúpulos; otro lo acusaría de buscar descargar
su responsabilidad en el consentimiento de sus nobles. En todo
caso, para la mayoría de nuestros hodiernos pensadores, el hecho
de pedir al Primado inglés que ilumine la conciencia del
rey, demuestra por parte de Enrique una concepción inmadura y
tutorial de la conciencia, propia de un tiempo que un
conocido moralista ha denominado despectivamente como la época de la
Iglesia del Imperio.
La escena shakespeariana puede servirnos para iniciar
nuestra investigación sobre un ámbito particular de la conciencia; de
esa conciencia de la cual Enrique no se permite disponer
sino en base a unos principios dictaminados por una autoridad
extrínseca y extraña. ¿Cuál es la relación entre la conciencia
y un magisterio exterior a ella? ¿Puede prescindir de éste?
¿Debe tenerlo siempre en cuenta? ¿Puede hacer valer su independencia
contra él? Y más concretamente, puesto que tal ha de
ser el tema de nuestro trabajo, ¿puede la conciencia del
cristiano reivindicar su autonomía frente a las enseñanzas del Magisterio
de la Iglesia? En esta segunda mitad de siglo este
problema ha acuciado los corazones de muchos fieles y teólogos,
especialmente cuando (antes, durante y después de la Humanae vitae)
se enervaron las discusiones en torno a la relación entre
la conciencia (de los esposos) y el Magisterio Pontificio a
propósito de la regulación de la natalidad.
Estado de la
cuestión
Es indudable que la Sagrada Escritura contiene indicaciones morales
determinadas (mandatos de algunos actos concretos y prohibiciones o condenaciones
de otros comportamientos)[1]. Algunas de estas normas sin la Revelación
no se hubiesen conocido; otros son accesibles a la razón
humana. Es de éstas últimas que tratamos en nuestro trabajo.
Ahora bien, ¿enseña la Revelación divina de modo explícito todas
las normas morales cognoscibles por la razón? El Magisterio de
la Iglesia parece suponer que no y por eso, además
de hacerse eco de las normas explícitamente contenidas en la
Sagrada Escritura, se explaya sobre otras no explícitas en los
textos bíblicos (contracepción, fecundación artificial, masturbación, experimentación embrional, etc.). El
juicio que el Magisterio elabora e impone a la conciencia
de los hombres dice basarse en la naturaleza del hombre,
y justifica su intervención en tal ámbito apoyándose en su
responsabilidad ante Dios como custodio de la ley natural.
Son
muchos, sin embargo, los interrogantes sobre esta actitud magisterial:
-¿Puede
el Magisterio enseñar legítimamente sobre temas de moral natural?
-Suponiendo
que pueda enseñar, ¿qué valor vinculante tienen sus enseñanzas para
la conciencia de los fieles, es decir, hasta qué punto
está el cristiano “obligado” a obedecerlo? ¿Debe tomar tales enseñanzas
como un mandato irrecusable, o como una “orientación”, como una
“opinión más o menos fuertemente fundada”?
-Cuando enseña, ¿puede proponer
su enseñanza como infalible o puede equivocarse?
PRIMERA PARTE: COMPRENSIONES
E INCOMPRENSIONES
Muchos argumentos que es habitual escuchar en nuestros
días parecerían desautorizar esta actuación del Magisterio sobre la conciencia.
Así, por ejemplo, leemos en reconocidos moralistas razonamientos como los
siguientes:
-Ante todo, no puede pretender enseñar normas universales sencillamente
porque éstas no existen. No se pueden catalogar ciertos comportamientos
como malos “siempre y en todo lugar”, porque la malicia
o bondad dependen de elementos circunstanciales, de situaciones concretas, de
presiones, de las intenciones del sujeto que obra. Para dar
un juicio universal sería necesario conocer de antemano todos los
casos posibles en que el acto en cuestión puede ser
ejecutado y conocer que en ninguno de ellos existe una
circunstancia que lo justifique. Y esto no es posible: “En
teoría, escribe el P. J. Fuchs, parece que tal universalidad
no es posible. Una acción sólo es moral al considerar
las ´circunstancias´ y la ´intención´, y eso presupondría que se
pueden prever adecuadamente todas las combinaciones posibles de circunstancias e
intenciones, lo que, a priori, no es posible. Además, la
opinión contraria no tiene en cuenta, para una comparación objetiva
de la moralidad, el significado de: a) la experiencia práctica,
b) las diferencias de civilización, c) la historicidad humana”[2].
-Aun
cuando de hecho indique o prohiba ciertos comportamientos, esto no
nos obliga mas que a tomar en cuenta tales indicaciones
como opiniones autorizadas, como buenos consejos. Puesto que el Magisterio
moral de la Iglesia no es infalible, se trata de
una opinión reformable, que podrá cambiar en el futuro: “Vivimos,
dice B. Häring, la transición dolorosa de una época de
la ´Iglesia del imperio´ constantiniana... a una época de fe
por decisión libre y entrega a la comunidad de fe...
Existe aún el concepto de teología moral como guía para
los confesores que se consideraban, principalmente, como jueces y controladores
de conciencias... La escuela única, propugnada por una parte de
la jerarquía, subraya en exceso la autoridad de los documentos
romanos, incluso cuando están condicionados históricamente y rebasados en su
propio contexto por lo que respecta a la moral. Aunque
rara vez, acaso nunca, propuso el magisterio normas morales atribuyéndoles
valor de infalibilidad, reiteradamente una escuela de moral ha planteado
estas normas como si fuesen particularmente infalibles, ´al menos hasta
que el disenso creció hasta tal volumen que hizo simplemente
insostenible esta posición´“[3].
-Finalmente, y aquí está el nudo de
la cuestión, es la conciencia de cada hombre la norma
última del obrar, su juez definitivo. Y por eso, aún
cuando el Magisterio pueda y de hecho elabore normas de
conducta o prohíba determinados comportamientos, obramos bien en la medida
que sigamos nuestra conciencia, aunque ésta dictamine algo contrario al
Magisterio; por ejemplo, F. Böeckle hablando de la Humanae vitae
y de la condena de la contracepción escribe: “Incluso un
católico fiel a su iglesia puede llegar a una conclusión
diversa de la decisión magisterial; él puede sostener esta posición
e incluso practicarla ya sea personalmente, o bien, por ejemplo,
como médico con sus pacientes”[4]. Asimismo Enrico Chiavacci: “Si (el
juicio universal del Magisterio) es una norma de orden general,
la conciencia lo asume como guía o como sugerencia que
en determinados casos puede cesar”[5]. Si cualquier autoridad, pues, y
especialmente el Magisterio de la Iglesia, quiere expedirse sobre temas
morales, puede hacerlo pero con la condición de que su
intención no vaya más allá del ofrecer algunos elementos útiles
para que la conciencia del fiel se forme su juicio
personal y autónomo. Y por tanto, si, por ejemplo, el
Papa pretendiese imponer o exigiese que los hombres obedezcan en
conciencia las normas del Magisterio, como hace Juan Pablo II
en la Veritatis Splendor, no quedaría mas que catalogarlo de
“falto de tolerancia, de futuro y de misericordia”, como lo
apoda el escritor Luis Antonio de Villena[6]; o bien tacharlo
de “intregrismo ideológico... monolitismo ético y... conservadurismo teológico”, como hace
el sociólogo Francisco Vázquez[7]; “premoderno, preconciliar y restauracionista”, según lo
denominan algunos teólogos españoles de la Asociación de Teólogos “Juan
XXIII”[8] “apocalíptico”, según Miguel Ángel Maestro[9]; o catalogar su actitud
de “fundamentalista, reaccionaria y numantina”, en el decir del escritor
Antonio Castellote[10]; o simplemente “inmoral”, “agresiva de la condición humana”
y “coartadora de las conciencias”, para usar los calificativos empleados
por el ex fraile Leonardo Boff[11].
Ante estas afirmaciones nos vienen
a la mente las palabras del tortuoso Raskolnikof en “Crimen
y castigo”: “Se habla del deber y de la conciencia;
no quiero decir nada en contra, pero ¿cómo entendemos tales
palabras?”. El personaje de Dostoiewsky de alguna manera intuye la
ambigüedad con que el pensamiento de la “modernidad” ha preñado
los conceptos claves de nuestro lenguaje. Y así, las tres
afirmaciones corresponden a tres sofismas y a tres errores filosóficos
y teológicos.
Respecto de la primera crítica. La refutación exigiría
un análisis detenido que nos llevaría lejos de nuestro tema.
Debemos, pues, contentarnos con afirmar, siguiendo la doctrina bíblica, a
toda la tradición ética filosófica y teológica de Occidente, y
al Magisterio mismo de la Iglesia[12], que existen comportamientos que
son en sí mismos y siempre malos, porque el primer
elemento constitutivo de la moralidad de un acto es su
objeto, no la intención del que lo realiza ni, menos
aun, sus circunstancias. En cada acto se conjugan los tres
elementos (objeto, fin y circunstancias), pero el acto ya tiene
una moralidad básica que le viene dada por su mismo
objeto.
Respecto de la segunda[13]. Es falsa la concepción del
Magisterio en la que se basa la objeción. Tres errores
fundamentales sobre el Magisterio caracterizan la teología del disenso:
1)
Pensar que sólo el Magisterio “ex cathedra” es infalible. También
el Magisterio ordinario universal goza de infalibilidad, como señala la
Lumen Gentium: cuando los obispos “aun dispersos por el mundo,
pero manteniendo el vínculo de comunión entre sí y con
el sucesor de Pedro, como maestros auténticos en materia de
fe y costumbres convienen en exponer una enseñanza como definitiva,
anuncian infaliblemente la doctrina de Cristo”[14]. Por tanto, cuando el
Romano Pontífice presenta una determinada doctrina como sostenida desde siempre
por la Iglesia universal, la está presentando como revestida de
la cualidad de infalible[15].
No es lo más importante, en
este punto, la forma más o menos solemne de promulgación
(que es lo que muchos teólogos parecieran pretender para toda
afirmación infalible) sino que nos conste la intención definitoria de
los Concilios y de los Papas... Lo decisivo es únicamente
que hagan patente y manifiesto su propósito de imponer a
toda la Iglesia la aceptación irrevocable de sus enseñanzas[16].
2)
Segundo error (explícito en la afirmación de Häring): que “rara
vez, acaso nunca”, el magisterio ha propuesto “normas morales atribuyéndoles
valor de infalibilidad”. Por el contrario, escribe García de Haro:
“prácticamente todas las normas morales concretas más importantes (sobre aborto,
homosexualidad, relaciones prematrimoniales, masturbación, eutanasia, onanismo, etc.), han sido enseñadas
por el Magisterio ordinario y universal: por el Romano Pontífice
y por los Obispos en comunión con el Santo Padre,
en todo el mundo y sin interrupción”[17]. Y también: “...
la inmensa mayoría de las cuestiones de cierta importancia para
la vida moral, se encuentran de un modo u otro
con carácter definitivo por el Magisterio”[18]. Muchos sostienen, por ejemplo,
el carácter infalible de la doctrina expuesta en la Encíclica
“Humanae vitae”[19].
3) Tercer error: que el magisterio no infalible
equivalga a opinable. “El Magisterio infalible no se opone a
magisterio opinable, porque también el Magisterio no infalible posee valor
de certeza aunque no tenga la dote de infalibilidad”[20]. Por
tanto, también vincula la conciencia, ya que no es lícito
obrar con dudas positivas de conciencia, y ningún fiel puede
dejar de dudar positivamente sobre la licitud de un acto
en torno al cual el Magisterio -aun no infalible- ha
elaborado un juicio reprobatorio. “El Magisterio vincula las conciencias siempre
que de un modo y otro así lo indica el
mismo; los criterios para apreciarlo son: índole del documento, insistencia
con que repite una misma doctrina, fórmulas usada para expresarlo”[21].
El mismo Código de Derecho Canónico se expresa diciendo que
cuando se trata de un ejercicio del magisterio auténtico del
Sumo Pontífice o del Colegio episcopal en unión con él,
sobre materia moral, aunque no tenga intención de proclamarla con
un acto definitivo, los fieles deben prestarle un “obsequio religioso
del entendimiento y de la voluntad”[22].
Obsequio de voluntad significa
que la voluntad debe adherirse a una doctrina con el
acto que le es propio, la obediencia y el amor
a la verdad. Esto, antes de que el intelecto perciba
la verdad intrínseca de tal verdad, basándose en lo que
ya ha percibido con anterioridad, por la fe, y que
le garantiza la veracidad de tal doctrina: que el Papa
y los obispos en comunión con él enseñan en virtud
de la autoridad de Cristo.
Obsequio por parte del entendimiento
indica la adhesión de la inteligencia a tal verdad; lo
hace “asintiendo”, que es su acto propio. Este obsequio es
“religioso”, es decir, fundado en el mismo motivo religioso: la
misión de los obispos y del Papa.
Por tanto, la
actitud exigida no se agota en un comportamiento exterior sino
que exige un acto interior de sumisión y asentimiento. El
motivo es el ejercicio del magisterio auténtico ya que es
la peculiaridad y exclusividad del magisterio eclesiástico que ningún otro
magisterio puede reivindicar: la autenticidad es el hecho de enseñar
con la autoridad de Cristo[23]. Y por eso obliga la
conciencia de los fieles, puesto que, como enseña la Instrucción
Donum veritatis, se da asistencia divina al magisterio auténtico, aun
cuando no tenga intención de pronunciarse infalible y definitivamente[24].
En
cuanto a la tercera crítica. Que la conciencia sea la
norma moral última de nuestro obrar es verdad a condición
de entender rectamente esta formulación. Vamos a explayarnos un poco
más sobre este punto en la siguiente parte del trabajo.
SEGUNDA PARTE: LAS RELACIONES ENTRE MAGISTERIO Y CONCIENCIA
El fondo
del problema radica en la incomprensión de algunos conceptos: qué
es verdaderamente la conciencia (o la naturaleza de la conciencia)
y cuál es la función del Magisterio. Entendidos correctamente estos
dos conceptos, precisar la relación entre conciencia y Magisterio no
ofrecerá mayores dificultades.
1. La conciencia, la verdad y el
error.
La conciencia no es una facultad del hombre; tampoco
una especie de superfacultad que se confundiría con la persona
misma; menos aún una parte material de nuestro sistema nervioso,
como algún neurólogo materialista ha llegado a afirmar en nuestros
días con absoluta insuficiencia crítica y filosófica[25]. Es solamente un
acto, y un acto de nuestra inteligencia en su función
práctica. Es el acto por el cual nuestra inteligencia advierte
que está realizando una acción determinada (llamada conciencia psicológica) y
al mismo tiempo advierte que esa acción es buena o
mala (conciencia moral).
“... La conciencia moral... es... la intuición
que cada uno tiene de la bondad o de la
malicia de las acciones propias... La conciencia en la práctica
de nuestras acciones, es el juicio sobre la rectitud, sobre
la moralidad de nuestros actos”[26].
Este juicio sobre la moralidad
de nuestros actos es posible porque aplicamos a nuestros actos
el conocimiento de una ley que se encuentra impresa previamente
en nuestro interior. Este conocimiento en parte nos viene dado
por la misma naturaleza (sindéresis) y en parte lo vamos
cultivando y precisando a través de la educación, la tradición,
la enseñanza, y la Revelación divina contenida en las Escrituras.
La conciencia dice una relación constitutiva con la verdad. La
conciencia es testigo, juzga, dirige, alaba, condena, en razón de
unos principios que la trascienden pero que, sin embargo, ella
puede alcanzar. La conciencia es la norma de nuestro obrar
cuando se trata de una conciencia recta, y por tanto,
sólo puede ser seguida de modo absoluto e incondicionado cuando
es recta y porque es recta. Ahora bien, conciencia recta
significa conciencia verdadera[27], conciencia que juzga según verdad, es decir,
adecuándose a la norma suprema que es Dios y a
la verdad de las cosas. Nuestros actos son buenos al
adecuarse a nuestra conciencia (a lo que nuestra conciencia juzga
que es bueno hacer aquí y ahora) sólo cuando nuestra
conciencia se adecua a una norma superior que es la
ley divina (ya sea positiva, es decir, revelada, o bien
natural). Ella mide bien porque regula su medida con la
medida absolutamente infalible que es la medida divina. Es regula
regulata. Por tanto, la conciencia no “crea” la verdad, sino
que la descubre. Obrar de determinado modo no es bueno
porque lo hayamos “decidido”[28], o porque estemos convencidos de ello
(con convencimiento sentimental o afectivo), sino porque es así en
la realidad (en la ley de Dios, en la naturaleza
de las cosas) y coincide con la verdad objetiva.
Por
lo tanto, es la verdad trascendente y objetiva la que
hace verdadera la conciencia; la conciencia es recta cuando obra
según esa verdad. De aquí el valor perenne de aquellas
palabras de J.H. Newman: “Existe una verdad; existe una sola
verdad... Nuestro espíritu está sometido a la verdad; por ende,
no es superior a ella, y está obligado no tanto
a disertar sobre ella, cuanto a venerarla”[29].
El modo según
el cual tiene lugar tal descubrimiento de la verdad práctica,
juega un rol secundario. Que uno llegue a la verdad
a partir de los principios intrínsecos que posee sin ayuda
exterior (autónomamente), o que esto advenga ayudado por principios exteriores
(heterónomamente) no afecta a lo esencial. Lo que es fundamental
es que la verdad sea interiorizada por nosotros, y esto
es lo que dignifica nuestra conciencia; por el contrario, en
nada menoscaba tal dignidad el que esa verdad sea ofrecida
por alguien diverso de nuestra conciencia personal. La conciencia debe,
pues, interiorizar la verdad, es decir, hacerla suya, encarnarla. El
pensamiento moderno, desde Descartes y especialmente con Kant, ha dado
un sentido diverso a tal interioridad. Para la modernidad, la
verdad es interior en el sentido de que nace del
sujeto, es creada por él, es hecha a su medida.
En este contexto, hablar de obediencia a una autoridad extrínseca
es un modo de legalismo destructivo de la moralidad. Sólo
en el caso de una verdad que surja del interior
se salvaguardaría la dignidad de la conciencia, mientras que todo
cuanto viene de afuera la degradaría. Así piensa, por ejemplo,
Mariano Grondona, al decir: “Hay ´autonomía´ cuando esa ley que
me manda ha sido generada en mí. Yo, en este
caso, me estoy obedeciendo a mí mismo. A lo mejor
de mí mismo: a mi razón. Cuando esa ley viene
de afuera, es el producto de una voluntad ajena a
la mía; entonces cuando la obedezco lo hago por conveniencia,
por temor, por las inclinaciones”[30].
Según Caffarra[31], Hegel atribuyó a
Lutero el haber sido el primero en constatar esta contradicción
entre autoridad y conciencia. En cambio, para el pensamiento tradicional,
“interioridad de la verdad” significa la presencia interior de la
verdad objetiva y trascendente que no disminuye sino que “constituye”
su dignidad.
Consecuentemente, la conciencia que puede imponer al hombre,
de modo absoluto, sus “derechos”, es la conciencia recta. Ahora
bien, “para tener una ´conciencia recta´ (1 Tim 1,5), el
hombre debe buscar la verdad y debe juzgar según esta
misma verdad. Como dice el apóstol Pablo, la conciencia debe
estar ´iluminada por el Espíritu Santo´ (cf. Rom 9,1), debe
ser ´pura´ (2 Tim 1,3), no debe ´con astucia falsear
la palabra de Dios´ sino ´manifestar claramente la verdad´ (cf.
2 Cor 4,2)”[32]. “La conciencia recta es una conciencia debidamente
iluminada por la fe y por la ley moral, y
supone igualmente la rectitud de la voluntad en el seguimiento
del verdadero bien”[33].
Fuera de esto, sólo en un caso
puede dirigir nuestro obrar, y esto acaece accidental y provisoriamente.
Es el caso de la conciencia involuntaria e invenciblemente errónea:
cuando ella cree estar regulando de acuerdo a esa ley
superior aunque en realidad esté equivocándose y apartándose de esa
ley superior. Pero no cualquier conciencia que yerra es invenciblemente
errónea. Sólo lo es aquélla que ha puesto y agotado
todos los medios necesarios para no estar en el error
(y esto supone e implica el amor y la búsqueda
de la verdad, la investigación de la verdad, la consulta
a quien puede dar luz sobre el problema), y a
pesar de ello no ha podido salir de él. Y
en todo caso, sólo es norma del obrar accidentalmente (por
creer ser verdadera), y provisoriamente (mientras dure el error)[34]. A
pesar de todo, en el caso de aquél que sigue
su conciencia involuntaria e invenciblemente errónea, su acto sigue siendo
objetiva y materialmente malo, aunque su estado de conciencia lo
excuse del pecado[35].
Por eso puede decirse con todo rigor
que “la dignidad de la conciencia deriva siempre de la
verdad: en el caso de la conciencia recta, se trata
de la verdad objetiva acogida por el hombre; en el
caso de la conciencia errónea, se trata de lo que
el hombre, equivocándose, considera subjetivamente verdadero”[36]. Pero “compromete su dignidad
cuando es errónea culpablemente, o sea, ´cuando el hombre no
trata de buscar la verdad y el bien, y cuando,
de esta manera, la conciencia se hace casi ciega como
consecuencia de su hábito de pecado´“[37].
[1]
Cf. las “listas de pecados” paulinas: Rom 1,29-31; Gál 5,19-21;
Ef 5,3-6; 1 Cor 6,9-10; 5,9-11; Col 3,5-11.
[2] Josef Fuchs,
S.J., The absolutesness of Moral Terms, Rev. Gregorianum, 52 (1971),
p. 449.
[3] Bernard Häring, Libertad y Fidelidad en Cristo, Herder
Barcelona, 1981, T. I, pp. 352-353; la expresión citada por
Häring pertenece a J.P. Mackey.
[4] F. Böeckle, Morale Fondamentale, Queriniana,
Brescia, 1979, p. 283.
[5] Chiavacci, E., Studi di teologia morale,
Assisi 1971, p. 45.
[6] “El Mundo”, citado por Miguel Angel
Velazco, Los derechos de la verdad, MC, Madrid 1994, p.
137-138.
[7] Cit. en Miguel Angel Velazco, op. cit., p. 126.
[8]
Cf. Diario “El País”, 7/X/93; cit. por Miguel A. Velazco,
op. cit., p. 142.
[9] Cf. Miguel Angel Velazco, ibid., p.
161, Maestro habla de la Veritatis Splendor como “la Encíclica
de la crisis, del apocalipsis now de fin de siglo”.
[10]
Diario de Teruel, 6/X/93; cit. por Miguel Angel Velazco, op.cit.,
pp.156-157.
[11] Cf. “El Mundo”, 11/X/93; cit. por Miguel Angel Velazco,
op. cit., p. 153.
[12] Cf. Enc. Veritatis Splendor, nnº 71-79;
Catecismo de la Iglesia Católica, nnº 1750-1761.
[13] Cf. Dario Composta,
La nuova morale e i suoi problemi, Editrice Vaticana, Città
del Vaticano 1990, especialmente cap. 8, pp. 145-175; Carlo Caffarra,
La competenza del magistero nell´insegnamento di norme morali determinate, Rev.
“Anthropotes” 1 (1988), pp. 7-23; Ramón García de Haro, Magisterio,
norma moral y conciencia, Rev. “Anthropotes” 1 (1988), 45-71.
[14] Lumen
gentium, 25.
[15] “...(El) sucesor de Pedro... ya en el ejercicio
ordinario de su magisterio actúa no como persona privada, sino
como maestro supremo de la Iglesia universal, según la aclaración
del concilio Vaticano II sobre las definiciones ex cathedra (cf.
LG 25). Al cumplir esta tarea, el sucesor de Pedro
expresa de forma personal, pero con autoridad institucional, la regla
de fe, a la que deben atenerse los miembros de
la Iglesia universal -simple fieles, catequistas, profesores de religión, teólogos...”
(Juan Pablo II, Catequésis 10/3/93; en L´Osservatore Romano 12/3/93, p.
3, nº 4).
[16] Cf. Joaquín Salaverri, S.I., Potestad de Magisterio,
en: Comentarios a la Constitución sobre la Iglesia, B.A.C., Madrid
1966, pp. 529ss.; cf. p. 523.
[17] García de Haro, Magisterio,
norma moral y conciencia, op.cit., p. 64.
[18] Ibid., p. 63.
[19]
Esto basándose en que Pablo VI presenta la doctrina de
la Humanae vitae como “constantemente enseñada por la Iglesia” (nº
10), “propuesta por el Magisterio con constante firmeza” (nº 6),
etc. Entre otros son de este parecer: Emenegildo Lio (Humanae
vitae e infallibilità, Città del Vaticano 1986), Germain Grisez (Christian
Moral Principles, Chicago 1983, p. 847), Dario Composta (La nuova
morale e i suoi principi, op. cit., p. 148), García
de Haro (Matrimonio e famiglia nei documenti del magistero. Corso
di teologia matrimoniale, Ares, Milano 1989, p. 212), etc.
[20] García
de Haro, Magisterio, norma moral y conciencia, op.cit., p. 62.
[21]
Ibid., p. 63.
[22] Código de Derecho Canónico (1983), c.752. Cf.
Francisco Javier Urrutia, S.J., Obsequio religioso de entendimiento y voluntad
(c. 752). Clarificación de su sentido. En: AAVV., La misión
docente de la Iglesia, Ed. Pontificia Universidad de Salamanca, Salamanca
1992, pp. 21-40. El autor refuta la posición de Francis
Sullivan, S.J., que sostiene que el “obsequio” que se menciona
en el canon 752 no exige “asentimiento” de la inteligencia.
[23]
Cf. Lumen Gentium 25.
[24] “Se da también la asistencia divina
a los sucesores de los Apóstoles, que enseñan en comunión
con el sucesor de Pedro, y, en particular, al Romano
Pontífice, Pastor de toda la Iglesia, cuando, sin llegar a
una definición infalible y sin pronunciarse en ´modo definitivo´, en
el ejercicio del magisterio ordinario proponen una enseñanza que conduce
a una mejor comprensión de la revelación en materia de
fe y costumbres, y ofrecen directivas morales derivadas de esta
enseñanza. Hay que tener en cuenta, pues, el carácter propio
de cada una de las intervenciones del Magisterio y la
medida en que se encuentra implicada su autoridad; pero también
el hecho de que todas ellas derivan de la misma
fuente, es decir, de Cristo que quiere que su pueblo
camine en la verdad plena. Por este mismo motivo las
decisiones magisteriales en materia de disciplina, aunque no estén garantizadas
por el carisma de la infalibilidad, no están desprovistas de
la asistencia divina, y requieren la adhesión de los fieles”
(Congregación para la Doctrina de la Fe, Instrucción sobre la
vocación eclesial del teólogo, “Donum veritatis”, 24/5/1990, nº 17).
[25] Me
refiero a Hanna y Antonio Damasio, neurólogos del Hospital Iowa
and Clinics. Según ellos, la conciencia se encuentra ubicada en
una zona del lóbulo frontal del cerebro; afirman esto basándose
en que Pinieas Gafe, un obrero, a raíz de un
accidente en que resultó herido en su cerebro, perdió la
noción del bien y del mal (cf. LA NACION, 1
de junio de 1994, p. 9).
[26] “... Existe una conciencia
psicológica, que reflexiona sobre nuestra actividad personal, cualquiera que ésta
sea; es una especie de vigilancia sobre nosotros mismos; es
un mirar en el espejo de la propia fenomenología espiritual,
la propia personalidad; es conocerse, y, en cierto modo llegar
a ser dueño de sí mismo. Pero ahora no hablamos
de este campo de la conciencia; hablamos del segundo, el
de la conciencia moral e individual, esto es, de la
intuición que cada uno tiene de la bondad o de
la malicia de las acciones propias. Este campo de la
conciencia es interesantísimo también para aquellos que no lo ponen,
como nosotros los creyentes, en relación con el mundo divino;
más aún, constituye al hombre en su expresión más alta
y más noble, define su verdadera estatura, lo sitúa en
el uso normal de su libertad. Obrar según la conciencia
es la norma más comprometida y al mismo tiempo, la
más autónoma de la acción humana. La conciencia en la
práctica de nuestras acciones, es el juicio sobre la rectitud,
sobre la moralidad de nuestros actos, tanto considerados en su
desarrollo habitual como en la singularidad de cada uno de
ellos” (PABLO VI, Alocución del 12/II/1969; Cf. Homilia en el
I Domingo de Cuaresma, 7/III/1965).
[27] Usamos este término en el
sentido que le dió Santo Tomás. “Santo Tomás llamaba conciencia
recta o verdadera a la que reflejaba la verdad objetiva
de orden práctico, en conformidad con la ley de Dios,
en contraposición de la conciencia errónea que puede ser tal
vencible o invenciblemente. Es la terminología que asumió y divulgó
San Alfonso María de Ligorio... Otros moralistas, más de acuerdo
con la terminología de Francisco Suárez, dan a la conciencia
recta una significación más amplia, de modo que comprende tanto
la conciencia verdadera como la invenciblemente errónea o de buena
fe. Así, por ejemplo, A. Vermerch” (Victorino Rodriguez, O.P., Función
mediadora de la conciencia, Rev. “Mikael” 24 [1980] pp.116-117).
[28] “Algunos
autores, queriendo poner de relieve el carácter ´creativo´ de la
conciencia, ya no llaman a sus actos con el nombre
de ´juicios´, sino con el de ´decisiones´. Sólo tomando ´autónomamente´
estas decisiones el hombre podría alcanzar su madurez moral...” (Enc.
Veritatis Splendor, nº 55).
[29] J.H.Newman, Essay on the development of
christian doctrine, London 1878, p. 357.
[30] Mariano Grondona, Los pensadores
de la libertad, Ed. Sudamericana, Bs. As. 1989, p. 75.
[31]
L´autorità del magisterio in morale, op. cit., p. 183.
[32] Enc.
Veritatis Splendor, 62.
[33] Instrucción Donum veritatis, nº 38.
[34] Cf. Santo
Tomás, De veritate, q. 17, a.4.
[35] Cf. Suma Teológica, I-II,
19, 6; cf. Victorino Rodriguez, O.P., Estudios de antropología teológica,
Speiro, Madrid, 1991; especialmente el capítulo Teología de la conciencia,
pp. 145-147.
[36] Enc. Veritatis Splendor, 63.
[37] Ibid., 63. El texto
indicado dentro de la cita corresponde a la Constitución Gaudium
et spes, 16.
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