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Autor: Cristina Cendoya de Danel Efectos, ministros y sujetos del Orden
Con este sacramento se reciben varios efectos de orden sobrenatural que le ayudan al cumplimiento de su misión.
Efectos
Con este sacramento se reciben varios efectos de orden
sobrenatural que le ayudan al cumplimiento de su misión.
El carácter
indeleble, que se recibe en este sacramento, es diferente
al del Bautismo y el de la Confirmación, pues constituye
al sujeto como sacerdote para siempre. Lo lleva a su
plenitud sacerdotal, perfecciona el poder sacerdotal y lo capacita para
poder ejercer con facilidad el poder sacerdotal.
Todo esto es posible
porque el carácter configura a quien lo recibe con Cristo.
Lo que hace que el sacerdote se convierta en ministro
autorizado de la palabra de Dios, y de ese modo
ejercer la misión de enseñar. Así mismo, se convierte en
ministro de los sacramentos, en especial de la Eucaristía, donde
este ministerio encuentra su plenitud, su centro y su eficacia,
y de este modo ejerce el poder de santificar. Además,
se convierte en ministro del pueblo, ejerciendo el poder de
gobernar.
Otro efecto de este sacramento es la potestad espiritual. En
virtud del sacramento, se entra a formar parte de
la jerarquía de la Iglesia, la cual podemos ver en
dos planos. Una, la jerarquía del Orden, formada por los
obispos, sacerdotes y díaconos, que tiene como fin ofrecer el
Santo Sacrificio y la administración de los sacramentos. Otra es
la jerarquía de jurisdicción, formada por el Papa y los
obispos unidos a él. En este caso, los sacerdotes y
los diáconos entran a formar parte de ella, mediante la
colaboración que prestan al Obispo del lugar.
Por ser sacramento de
vivos, aumenta la gracia santificante y concede la gracia sacramental
propia, que en este sacramento es una ayuda sobrenatural necesaria
para poder ejercer las funciones correspondientes al grado recibido.
Ministro y
Sujeto
Cristo eligió a doce apóstoles, entre sus numerosos discípulos,
haciéndoles partícipes de su misión y de su autoridad. Desde
entonces hasta hoy es Cristo quien otorga a unos el
ser Apóstoles y a otros ser pastores.
Por lo tanto, el
ministro del Sacramento del Orden es el Obispo, descendiente directo
de los Apóstoles. Los obispos válidamente ordenados, es decir que
están en la línea de la sucesión apostólica, confieren válidamente
los tres grados del sacramento del orden. Así consta en
los Concilios de Florencia y de Trento.
“Dado que el sacramento
del Orden es el sacramento del ministerio apostólico, corresponde a
los obispos, en cuanto sucesores de los Apóstoles, transmitir el
don espiritual; la semilla apostólica”. (Catec. n. 1576).
Para que se
administre válidamente, solamente se necesita que el obispo tenga la
intención de hacerlo y que cumpla con el rito externo
de la ordenación. No importa la condición en que se
encuentre el obispo.
En cuanto a la licitud de la ordenación,
para ordenar a un obispo se requiere ser obispo y
poseer una constancia del mandato del Su Santidad, el Papa.
En la ordenación de obispos, además del ministro, se necesita
que estén presente otros dos obispos.
Para ordenar lícitamente a los
presbíteros y los diáconos, el ministro es el propio Obispo
o en su defecto, cualquier otro Obispo autorizado por el
Ordinario del lugar. Además debe de corroborar que el candidato
sea idóneo, de acuerdo a las normas del derecho. Cuando
la ordenación es realizada por un Obispo que no es
el propio, debe de cerciorarse mediante Cartas Testimoniales. Además el
ministro debe de estar en estado de gracia.
Para poder recibir
válidamente este sacramento, el sujeto es “todo varón bautizado”.
(Cfr. CIC c. 1024). El sujeto debe de tener la
intención de recibirlo y haberla manifestado. Se le llama intención
habitual a la que tenía antes y de la cual
no se retractó. En la práctica será intención actual, en
el momento de recibirlo, pues está dispuesto a recibirlo y
a cambiar de estado de vida, adquiriendo nuevas obligaciones. Debe
recibirlo en total libertad, pues sino la intención no existe
y la ordenación es nula y las obligaciones dejan de
existir.
En la actualidad, existe una corriente muy fuerte que propugna
por la ordenación al sacerdocio de las mujeres. La Iglesia
siempre ha enseñado que Jesucristo escogió a hombres para continuar
su misión redentora. Todos los Apóstoles eran varones. La Iglesia
no tiene ningún poder para cambiar la esencia de los
sacramentos que Cristo estableció. En 1994, el Papa, Juan Pablo
II, en su Carta Apostólica sobre la
Ordenación Sacerdotal reservada sólo a los hombres nos dice: “Con
el fin de alejar toda duda sobre una cuestión de
gran importancia, que atañe a la misma constitución divina de
la Iglesia, en virtud de mi ministerio de confirmar en
la fe a mis hermanos (cfr. Lucas 22, 32), declaró
que la Iglesia no tiene modo alguno la facultad de
conferir la ordenación sacerdotal a las mujeres, y que este
dictamen debe ser considerado como definitivo por todos los fieles
de la Iglesia”. Con esto queda definitivamente aclarada la cuestión.
Por
otro lado, sí el sacerdote tiene que representar a Cristo,
tiene que tener una cierta semejanza natural con Él para
poder celebrar la Santa Misa y la Eucaristía. Cristo es
hombre.
Quienes por este motivo dicen que la Iglesia rebaja
la dignidad de la mujer, están equivocados, el ejemplo lo
tenemos en la Santísima Virgen María. Para la Iglesia el
hombre y la mujer tienen la misma dignidad.
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