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Autor: Cristina Cendoya de Danel Separación, divorcio, matrimonio civil
La interrupción de la convivencia matrimonial no significa que haya desaparecido el vínculo matrimonial.
Separación
La separación de los cónyuges es la interrupción
de la convivencia matrimonial. Es cuando los cónyuges viven en
casas distintas y hacen vidas separadas. Sin embargo, esto no
significa que haya desaparecido el vínculo matrimonial, los cónyuges siguen
casados y no pueden contraer un nuevo matrimonio. Puede que
la causa de la separación cese y la convivencia
se restablezca. (CIC. no. 1155).
En ocasiones se presentan circunstancias que
justifican una separación. El Derecho Canónico vigente en el no.
1153 dice:“Si uno de los cónyuges pone en grave peligro
espiritual o corporal al otro o a la prole –
los hijos - o de otro modo hace demasiado dura
la vida en común, proporciona al otro un motivo legítimo
para separarse”. El peligro espiritual se refiere a cuando
uno de los cónyuges abandona la fe católica para unirse
a una secta y obliga al otro y/o a los
hijos a hacer lo mismo, o no permite que su
cónyuge practique su fe, o lo obliga a cometer algún
acto inmoral. El peligro físico es cuando existe violencia -
física o mental - en el trato con el otro
cónyuge o los hijos, sea por enfermedad mental, o por
vicios. El adulterio sistemático - de alguno de los cónyuges
– atenta contra el deber a la fidelidad y
podría ser, en caso muy extremo, motivo legítimo de una
separación (Cfr. CIC. no. 1152).
Divorcio
En el caso del divorcio
es la autoridad civil quien determina la disolución del vínculo
matrimonial, por lo cual los esposos pueden contraer nuevas
nupcias civilmente. Aún habiendo disuelto el vínculo matrimonial la autoridad
civil – en este caso - los católicos siguen casados
ante Dios y la Iglesia, no pueden volverse a casar.
La autoridad civil no tiene poder para disolver el vínculo
matrimonial. El divorcio atenta contra la indisolubilidad. Hay ocasiones en
que los cónyuges se ven obligados al divorcio civil, como
medio de protección de los cónyuges y de
los hijos, tales como; el cuidado de los hijos,
el sostén económico, la separación de los bienes. En estos
casos en que el divorcio ayuda legalmente, la Iglesia no
se opone. Pero, los cónyuges siguen casados delante de
Dios y de la Iglesia, hasta la muerte de uno
de los dos. Como consecuencia, a pesar de estar divorciados,
no pueden volver a contraer un nuevo matrimonio, pues
subsiste el vínculo. El divorcio sólo puede ser civil.
La Biblia nos
dice: “Se dijo también: ‘El
que despida a su mujer le dará un certificado de
divorcio’. Pero yo les digo que el que la despide
–salvo el caso de unión ilegítima- la empuja al adulterio.
Y también el que se case con esa mujer divorciada
comete adulterio” (Mt 5, 31-32). “Todo hombre que se divorcia de
su esposa y se casa con otra comete adulterio. Y
el que se casa con una mujer divorciada de su
marido, comete adulterio” (Lc 16, 18).
Jesucristo es muy claro y
muy tajante respecto al divorcio, pues lo que Dios ha
unido no lo podrá separar el hombre. También, es muy claro
cuando nos dice que el que se divorcia de su
esposa y se casa con otra, comete adulterio. Y el
que se casa con una divorciada, también comete adulterio. Casarse con
una persona divorciada es un pecado, es un adulterio, puesto
que esa persona tiene un legítimo esposo.
El Catecismo de
la Iglesia Católica nos dice: El divorcio es una ofensa grave
a la ley natural, pues rompe el contrato aceptado libremente
por los esposos, de vivir juntos hasta la muerte. El divorcio
también es inmoral porque causa un desorden grave en la
vida de la familia y de la comunidad. Se dañan
los esposos entre sí, se daña a los hijos enormemente,
haciéndoles vivir situaciones de angustia. Se dice también, que es
una “plaga social” por su efecto contagioso y porque destruye
directamente a la base de la sociedad, la familia.
Por esto,
se debe tomar en cuenta que no es lo mismo
el cónyuge que se esfuerza por vivir fiel al matrimonio,
pero es injustamente abandonado por su pareja, que el cónyuge
que por una falta grave de su parte, destruye el
matrimonio.
El divorcio daña a la familia y a la sociedad
porque:
El divorcio hace que la familia sufra mucho.
Los hijos se
quedan sin el amor y cariño de sus padres, ese
daño lo resentirán toda la vida. Vivirán tristes por la
desunión de sus padres.
El esposo o esposa abandonado sufre por
la traición del otro.
Destruye la tranquilidad tanto del esposo o
esposa abandonado, como de sus hijos.
¿Qué exigencias del matrimonio ofende?
1.
El divorcio ataca a la unión de los esposos, pues
los separa por la ley civil, sabiendo que están casados
ante Dios hasta la muerte. 2. Ofende a la fidelidad,
pues si los esposos se han divorciado por lo civil
buscarán casarse con otra persona. En ese momento cometerán adulterio. 3.
Ofende al amor total que se deben de tener los
esposos. 4. Es una ofensa muy grave en contra de
la indisolubilidad, pues ellos seguirán casados hasta la muerte. El
divorciarse por lo civil, no significa que el matrimonio se
haya deshecho.
El Matrimonio Civil
El matrimonio civil es el que se
contrae ante la autoridad civil. Este matrimonio no es válido
para los católicos, el único matrimonio válido entre bautizados es
el sacramental. En ocasiones es necesario contraerlo –depende de las
leyes del país – porque es útil en cuanto sus
efectos legales. Los católicos casados – únicamente – por
lo civil, deben casarse por la Iglesia.
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