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Autor: Cristina Cendoya de Danel Ministro y sujeto
En todo sacramento tiene que haber un ministro que lo administre y un sujeto que lo reciba.
Ministro y Sujeto.
Hemos hablado que en todo sacramento
tiene que existir la materia y la forma, de la
misma manera tiene que haber un ministro que lo administre
y un sujeto que lo reciba.
El Ministro es aquél –
que en nombre de Jesucristo y habiendo recibido el poder
de Dios - pone el sacramento, es decir, que es
quien, teniendo la intención de hacer lo que hace la
Iglesia, pronuncia la forma y aplica la materia. La gracia
proviene de Dios – Él es el que actúa -
y en nada la modifica el instrumento legítimo de que
se vale la Iglesia para otorgarla, no importa el grado
de santidad de quien lo administra. Con excepción del Bautismo
y del Matrimonio, en todos los demás sacramentos es necesario
que el ministro haya recibido algún grado del sacramento del
Orden.
El Sujeto es aquella persona viva, que con las debidas
disposiciones, lo recibe. Un muerto no puede recibir los sacramentos
porque estos confieren o aumentan la gracia en el alma.
Con la muerte se separan el cuerpo y el alma.
Para recibir un sacramento válidamente se necesitan dos condiciones. Tener
la capacidad de recibirlo, según cada sacramento. Por ejemplo los
no bautizados no pueden recibir los demás sacramentos. También tienen
que desear recibirlos – sin impedimentos - para alcanzar la
gracia de Dios en función de santificación y de su
salvación. En el Bautismo de niños, son los padres y
los padrinos, unidos a la intención de la Iglesia, quienes
actúan en su nombre.
Para recibir un sacramento lícitamente el sujeto
tiene que tener todas las disposiciones que se requieren, como
es el estar en estado de gracia al comulgar, para
así recibir la plenitud de la gracia. Cuando voluntariamente se
recibe sin tener las disposiciones el sacramento es ilícito.
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