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Autor: Francesc Torralba Roselló | Fuente: Foro libertas La función educativa del Estado
La escuela no debe ser rebajada a la condición de simple órgano ejecutor de la voluntad del Estado.
La función educativa del Estado
El cometido propio del Estado en la tarea de la
educación es fundamentalmente el de una ayuda a la iniciativa
privada. Afirmar el carácter subsidiario de la función educativa del
Estado significa, ante todo, que éste no posee, en modo
alguno, la titularidad más inmediata del derecho a educar, como
tampoco la del deber correspondiente. Ambos títulos recaen naturalmente, y
de una manera primordial, en la iniciativa privada: muy en
concreto, en la que concierne a los padres como responsables
naturales de la formación de sus hijos.
Únicamente si la iniciativa
privada no cumple su cometido educativo, o si lo cumple
insuficiente, debe el Estado, en nombre de los intereses generales,
intervenir en el ámbito de la educación supliendo lo que
realmente ésta no hace. (Por lo demás, se ha de
sobreentender que la suplencia estatal de lo que no hace
la iniciativa privada no es la suplencia de lo que
ésta omite porque el Estado no se lo deja hacer).
En
el supuesto de que la iniciativa privada atendiese de un
modo suficiente a todas las exigencias de la educación, el
Estado conservaría, sin embargo, una función que le es esencial
y propia: la de promover y mantener las condiciones de
índole general que en la vida civil hacen posible la
práctica del cometido educativo de la iniciativa privada. Ello responde
a la índole subsidiaria del Estado -sin ser una suplantación
ni una suplencia-, porque tiene el sentido de una ayuda
con carácter común o general.
La escuela no debe ser
un órgano ejecutivo del Estado, ni un campo de experimentación
política relativamente impune, ni un recinto –eficacísimo- de manipulación. La
forja y el adoctrinamiento de niños por el Estado deben
rechazarse, salvo que alguien los considere deseables para sus hijos.
Solamente un Estado proclive al totalitarismo puede arrogarse el derecho
a decidir sobre la hechura espiritual de sus ciudadanos, sobre
sus modos de sentir y pensar, sus conocimientos y sus
convicciones. El Estado como institución se excede inevitablemente en sus
atribuciones cuando pretende dar disposiciones y prohibiciones sobre dónde deben
los niños recibir enseñanza y ser educados.
Hora es ya
de que desaparezca, y con urgencia, esa tutela que el
Estado ejerce con la férula de su política educativa y
que se incrementa de día en día. La escuela no
debe ser degradada a la condición de instrumento político manejado
por la mayoría parlamentaria de cada momento, pues ello constituiría
una forma sutil de dictadura. Y por esto es necesario
que deje de servir como fábrica de ideologías para los
revolucionarios reprimidos.
La misión del Estado debería consistir en conciliar
los diversos intereses de sus ciudadanos, ejerciendo una alta mediación,
y en proteger la libertad de conciencia, exigir y controlar
unos mínimos de conocimientos y procurar para todos las mismas
oportunidades de educación y formación en un régimen de libre
promoción de centros.
La escuela no debe ser rebajada -como
ya lo está siendo por desgracia en gran medida- a
la condición de simple órgano ejecutor de la voluntad del
Estado. Porque una libertad administrada por el Estado ya no
es libertad.
El monopolio estatal de la enseñanza se opone a
los derechos natos de la persona humana, al progreso y
a la divulgación de la misma cultura, a la convivencia
pacífica de los ciudadanos y al pluralismo que hoy predomina
en muchas sociedades. Por ello, a toda persona de mentalidad
auténticamente liberal debe parecer obvio que los padres, a quienes
incumben con preferencia la misión y el derecho inalienables de
educar a sus hijos, deben ser realmente libres para elegir
escuela.
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