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| Ecuador 2020: Un Ecuador diferente, El bien comun |
Bien comun es el conjunto de condiciones concretas que permiten
a todos los miembros de una comunidad alcanzar un nivel
de vida a la altura de la dignidad humana. Condiciones
de orden material, como suficiencia de productos alimenticios, vestido, habitacion,
carreteras, etc., intelectual como libros, escuelas, biblioteca, educacion; de orden
moral como las garantias de la moral publica, de orden
institucional, como sistemas economicos que mejoren la produccion y una
justa distribucion de la riqueza, juridicos, que aseguren una justicia
imparcial, y otros.
De la dignidad, unidad e igualdad de todas
las personas deriva, en primer lugar, el principio del bien
comun, al que debe referirse todo aspecto de la vida
social, para encontrar plenitud de sentido. (DSI 164) Las exigencias
del bien comun derivan de las condiciones sociales de cada
poca y estan estrechamente vinculadas al respeto y a la
promocion integral de la persona y de sus derechos fundamentales.
Tales exigencias ataen ante todo al compromiso por la paz,
a la correcta organizacion de los poderes del Estado, a
un solido ordenamiento juridico, a la salvaguardia del ambiente. A
la prestacion de los servicios esenciales para las personas, algunos
de los cuales son, al mismo tiempo, derechos del hombre:
alimentacion, habitacion, trabajo, educacion y acceso a la cultura, transporte,
salud, libre circulacion de las informaciones y tutela de la
libertad religiosa (DSI 166). El bien comun es un deber
de todos los miembros de la comunidad, ya que todos
tienen tambien derecho a gozar de las condiciones de vida
social que resultan de la busqueda del bien comun. Cualquier
persona sensata ve cuan gravisimo trastorno acarrea consigo esta enorme
diferencia actual entre unos pocos cargados de fabulosas riquezas y
la incontable multitud de los necesitados.
La responsabilidad de edificar el
bien comun compete no solo al hombre, sino tambien al
Estado, porque el bien comun es la razon de ser
de la autoridad politica. El bien comun de la sociedad
no es un fin autroquico; tiene valor solo en relacin
al logro de los fines ultimos de la persona y
al bien comun de toda la creacion. (DSI 170).
La finanza
publica se orienta al bien comn cuando se atiene a
algunos principios fundamentales: el pago de impuestos como especificacion del
deber de solidaridad; racionalidad y equidad en la imposicion de
tributos; rigor e integridad en la administracion y en el
destino de los recursos publicos (DSI 355). La intervencion del
Estado debe estructurarse en orden al ejercicio de una verdadera
solidaridad, que como tal, NUNCA DEBE ESTAR SEPARADA DE LA
SUBSIDIARIDAD (DSI 356)
El bien comun se extiende, por logica, tambin
a la preservacion del medio ambiente global, a la preservacion
de los bosques y de las especies en peligro de
extincion, bienes comunes destruidos por la ambicion humana. Pero no
debemos descuidar nunca el fin primordial de todo: La dignidad
de la persona humana. Es pecado social todo pecado contra
la dignidad y el honor del projimo y todo pecado
contra el bien comun y sus exigencias (DSI 118).
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