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Autor: Cardenal Antonio María Rouco Varela, presidente de la Conferencia Episcopal Española y arzobispo de Madrid | Fuente: Zenit.org Cardenal Rouco: El compromiso de la Iglesia con los Derechos Humanos
Palabras de introducción dirigidas por el cardenal Antonio María Rouco Varela, presidente de la Conferencia Episcopal Española y arzobispo de Madrid, a la conferencia que pronunció este jueves el cardenal Tarcisio Bertone, secretario de Estado, sobre "Los
Cardenal Rouco: El compromiso de la Iglesia con los Derechos Humanos
Introducción a la conferencia del cardenal Bertone en Madrid
* *
* Eminencia, Señores Cardenales y Obispos, Señoras y Señores:
Sean mis primeras palabras en
nombre de los Obispos de la Conferencia Episcopal Española de
bienvenida cordial y fraterna al Señor Cardenal Secretario de Estado
a esta sede de la Conferencia Episcopal Española, inaugurada por
el Siervo de Dios, el inolvidable Juan Pablo II, después
de su llegada a Madrid el 31 de octubre del
año 1982, como el primer acto oficial de aquella primera,
larga e inolvidable visita a España del 31 de octubre
al 9 de noviembre de 1982. Venía como "Testigo de
Esperanza" y guardamos su memoria, no sin emoción viva y
agradecida, en nuestros corazones. De nuevo visitaría esta casa para
hablar a los Obispos españoles el 15 de junio de
1993 con motivo de su cuarta y penúltima visita apostólica
a España con ocasión de las conmemoraciones del V Centenario
de la Evangelización de América.
Palabras también de sentida gratitud, querido
Sr. Cardenal, por haber aceptado nuestra invitación a presidir el
acto con el que la Conferencia Episcopal Española quería unirse
a las iniciativas de la Santa Sede con motivo de
la conmemoración del LX Aniversario de la aprobación de la
"Declaración Universal de los Derechos Humanos" el 10 de diciembre
de 1948 en las Naciones Unidas.
Nuestro saludo y nuestra gratitud
se dirige también a todos ustedes, personalidades de los distintos
ámbitos de nuestra vida social, que han tenido la deferencia
de responder a nuestra invitación para este solemne acto en
número y cualificación tan notables.
La "Declaración Universal de los Derechos
Humanos" había sido aprobada cuando la humanidad estaba saliendo de
la hora quizá más oscura y trágica de su historia.
Se trataba de abrir un camino jurídico universal para labrar
y garantizar el futuro de la paz mundial, asegurando por
la vía jurídica del derecho internacional el reconocimiento y cumplimiento
universal de los derechos de la persona humana por parte
de la comunidad internacional y de cada uno de sus
Estados miembros.
La "Declaración Universal de los Derechos Humanos", hito excepcional
en la historia de la conciencia ética y jurídica de
la humanidad, inauguraba, sin duda, un nuevo capítulo de la
misma. La propia organización de las Naciones Unidas promovería desde
el primer momento su desarrollo y puesta en práctica. El
primer y más importante resultado de este esfuerzo político y
jurídico cuajaría en la aprobación por la Asamblea General el
16 de diciembre de 1966 del "Pacto Internacional de Derechos
Económicos, Sociales y Culturales" y del "Pacto Internacional de Derechos
Civiles y Políticos". El éxito de la Declaración en el
terreno formal jurídico del nuevo derecho constitucional que se va
imponiendo a lo largo y a lo ancho del mundo
después de la II Guerra Mundial es muy grande, al
menos en la letra de los textos de las leyes
constitucionales aprobadas. En realidad, desde esa fecha del 10 de
diciembre de 1948 hasta hoy mismo, se fue haciendo impensable
un ordenamiento legal de la constitución política del Estado, de
cualquier Estado, que no incluyese como elemento esencial el reconocimiento
de los derechos humanos. No fue tan claro y exhaustivo
su éxito en el campo de su aplicación práctica. De
las previsiones y prescripciones normativas, fuese cual fuese su rango
formal-jurídico, a su aceptación y observancia en el campo de
la vida social y personal diaria, se daba -y se
continuará dando- no sin frecuencia lamentable un largo trecho. En
la práctica constitucional de áreas geopolíticas completas, hasta la caída
del Muro de Berlín el 9 de noviembre de 1989,
no se logró por parte de los Estados alcanzar el
mínimo de aquellas garantías substantivas y procesales que permitiesen hablar
de una recepción elemental de los Derechos Humanos proclamados por
las Naciones Unidas. Hoy es el día en el que
no se ha conseguido aún establecer un sistema de garantías
eficaces del cumplimiento de los derechos fundamentales del hombre ni
por la vía del derecho interno de todos los Estados
que forman el mapa geopolítico mundial, ni tampoco por la
propia vía del derecho internacional. El trecho cultural, ético y
espiritual que tienen que recorrer actualmente las sociedades y las
personas en la asimilación existencial y viva del respeto a
la dignidad inviolable de la persona humana y de sus
derechos es todavía muy grande. El fenómeno del hambre y
de la pobreza en el mundo, agravada por la crisis
económica, sigue ensombreciendo el presente y el inmediato futuro de
la familia humana. El derecho a la vida, los derechos
relativos al matrimonio y a la familia y el derecho
a la libertad religiosa atraviesan momentos de incertidumbre no sólo
práctica, sino también teórica. El problema de una fundamentación intelectual
de los derechos de la persona humana capaz de poner
al abrigo de oscilaciones y veleidades históricas su legitimidad y
vigencia ética y prepolítica, anteriores a su formalización positiva en
el ordenamiento jurídico del Estado, sigue abierto y acuciante. El
jusnaturalismo filosófico y teológico, que influyó tanto en su explicación
doctrinal en los años cincuenta y comienzos de los sesenta
del pasado siglo, ha ido cediendo el paso a variados
juspositivismos de nuevo cuño.
La Iglesia acogió y apoyó desde el
primer memento, doctrinal y pastoralmente, la Declaración Universal de los
Derechos Humanos, en cuya raíz histórica era fácil descubrir el
influjo del pensamiento de sus más preclaros teólogos y juristas
de la Escuela de Salamanca. La actuación del Magisterio Pontificio
fue decisiva al respecto. Desde la acogida inmediata y calurosa
que Pío XII le prestó a la Declaración, explicitada y
desarrollada por extenso en las dos famosas Encíclicas "Mater et
Magistra" y "Pacem in Terris" del Beato Juan XXIII, hasta
el Pontificado de nuestro Santo Padre Benedicto XVI, se despliega
toda una línea doctrinal de enseñanza social que tiene como
momento culminante el Concilio Vaticano II y que se expresa
con una creciente y luminosa claridad doctrinal y con una
no menos creciente fuerza moral y espiritual por Pablo VI
y por el prolongado y vigoroso Magisterio Social de Juan
Pablo II. Los principios doctrinales enseñados por el Concilio Vaticano
II en la Constitución Pastoral sobre la Iglesia en el
mundo actual "Gaudium et Spes" acerca de la dignidad de
la persona humana, sobre el matrimonio y la familia, el
mundo de la cultura y del trabajo, de la comunidad
política y del orden internacional, concretados de forma incisivamente renovadora
en la Declaración sobre la libertad religiosa "Dignitatis Humanae" y
sobre la educación "Gravissimum educationis", constituirán la base teológica y
el eje sistemático de la doctrina pontificia ulterior sobre los
derechos fundamentales de la persona humana y sobre la verdad
y el valor de la noción de bien común. El
proceso histórico contemporáneo de la formación de esta doctrina social
de la Iglesia, girando en torno al imperativo antropológico y
moral de los derechos humanos, fue acompañado por un compromiso
de vida y misión con el respeto, la defensa, promoción
activa de la persona humana y de sus derechos fundamentales
en cualquier tiempo y lugar en los que se encontrasen
violados y menospreciados. La entrega generosa y sacrificada de tantos
sacerdotes, consagrados y consagradas y de fieles laicos a la
causa de los más desfavorecidos en cualquier parte del mundo
están bien a la vista de las personas de buena
voluntad.
Este compromiso contemporáneo de la Iglesia Católica con el reconocimiento
cultural y moral, prepolítico, de los derechos humanos, teórico y
práctico, y de su respuesta filosófico-teológica a la grande y
actual cuestión de sus fundamentos doctrinales ha encontrado en el
Magisterio y en las orientaciones pastorales de nuestro Santo Padre
Benedicto XVI un nuevo y extraordinario momento de iluminación intelectual
y de su comprensión y puesta en práctica en las
actuales y críticas circunstancias del momento presente de la Humanidad.
Nadie mejor ni más autorizadamente podría hablarnos y exponernos las
líneas maestras de su pensamiento y de su acción apostólica
en esta materia tan sensible, urgente y decisiva para el
presente y el futuro de la humanidad en justicia, solidaridad
y la paz que su más estrecho colaborador en el
gobierno pastoral de la Iglesia Universal, su Secretario de Estado,
Su Eminencia el Cardenal Tarcisio Bertone. Su biografía académica y
pastoral, por otra parte, vinculada en los primeros y fecundos
años de su juventud y madurez sacerdotal y de religioso
salesiano a la enseñanza universitaria del derecho público eclesiástico y
del derecho Internacional en el Pontificio Ateneo Salesiano de Roma,
del que fue su Rector Magnífico, y en el ejercicio
de su ministerio episcopal como Arzobispo de Vercelli, primero; luego,
como Secretario de la Congregación para la Doctrina de la
Fe y, finalmente, como Cardenal de la Santa Iglesia Romana
y Arzobispo de Génova, le han capacitado cualificadamente para esa
tarea de servicio tan excepcional, vinculado al Papa y a
la difusión privilegiada de su Magisterio.
Por todo ello, Eminencia Reverendísima,
permítame concluir estas palabras de saludo, reiterándole nuestra calurosa y
fraternal bienvenida a la sede de esta Conferencia Episcopal y
de agradecimiento sentido y cordial. ¡Muchas gracias, Eminencia!
Madrid, 5 de
febrero de 2009
*
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