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Immortale Dei
Lamentablemente, no todos los cristianos son conscientes de la importancia que la Iglesia siempre ha dado a los problemas que plantea la realidad social, política y económica. Se dice que la Iglesia tiene una


Por: Sumo Pontífice León XIII , Noviembre 1885 | Fuente: catholic.net




Immortale Dei
Sobre la constitución cristiana de los estados
Carta Encíclica del Sumo Pontífice León XIII
1 de noviembre de 1885

Les ofrecemos un ensayo preliminar a la Carta Encíclica Immortale Dei para que reflexionen con nosotros sobre el compromiso político y económico de los cristianos.

Lamentablemente, no todos los cristianos son conscientes de la importancia que la Iglesia siempre ha dado a los problemas que plantea la realidad social, política y económica. Se dice que la Iglesia tiene una "doctrina social". ¿Pero que tiene que ver lo social con la fe?

Ante las mil formas que esta pregunta podría revestir, no estaría de más remontarnos a algunas cuestiones básicas que hacen a la relación entre Iglesia y sociedad, fe y cultura, Evangelio e historia. Estas cuestiones no son de orden sociológico sino teológico. Pero llevan necesariamente al campo de las ciencias sociales, que son aquellas que nos relatan e interpretan las cosas que acontecen.

Hay quienes identifican la "doctrina social" con los documentos que en los últimos cien años -desde León XIII a Juan Pablo II- los papas han dedicado a la cuestión social. La identificación no es errónea aunque sí insuficiente.

Es necesario decir que la Iglesia desde siempre tuvo una enseñanza referida a lo social, o mejor, lo social siempre fue parte de su mensaje. Esa enseñanza -que puede rastrearse en los mismos evangelios, que reconoce importantísimos antecedentes en el Antiguo Testamento, que ocupó las mentes y los corazones de los padres de la Iglesia y que se explayó en autores de la talla de Tomás de Aquino y Bartolomé de las Casas- se ha expresado en el último siglo en un cuerpo doctrinal más sistemático impulsado proféticamente por el magisterio de los papas.

Profundicemos en ello.

La fe y la historia
La vida de la Iglesia y de cada creyente se desenvuelve en una encrucijada: la de la historia y la de la fe. La Iglesia es, por la gracia de Dios, esa parte del acontecer humano que, en forma explícita y consciente, se abre al Reino de Dios misteriosamente presente en él.

De allí que todo lo que hace a la vida del hombre la Iglesia lo considere no como un añadido sino como algo intrínseco a su preocupación y a su misión evangelizadora.

Si hay una religión que no puede darse el "lujo" de alienarse de la historia, esa es la religión cristiana, que cotidianamente profesa la fe en un Dios que "se hizo carne y puso su carpa entre nosotros" (Jn 1, 14), compartió nuestra debilidad e hizo presente su salvación en medio de los avatares de nuestra historia. Para un cristiano, alienarse de la historia es renunciar a "medio credo".

De allí que la preocupación por lo social, lo económico y lo político no sea el "berretín" de algunos cristianos con "inclinaciones sociales". Forma parte de la misión integral de la Iglesia. Para hacer explícito esto, a lo largo de la encíclica Evangelii Nuntiandi el papa Paulo VI, cada vez que se refería a la "evangelización", agregaba: "liberación y promoción humana".


¿Por qué una "doctrina social"?
El Evangelio, que no deja a los cristianos indiferentes antes los problemas del tiempo en que les toca vivir, es quien alienta la reflexión y el compromiso. Esta reflexión y este compromiso se fueron cristalizando, a lo largo de los años, en un cúmulo de "principios de reflexión, normas de juicio y directrices de acción" (Paulo VI, Octogessima adveniens , nº 4) que hoy conocemos con el nombre de doctrina social de la Iglesia.

Es necesario destacar el carácter dinámico de esta doctrina. Ella no constituye un cuerpo cerrado de verdades por el simple hecho de ser expresión de una fe en constante diálogo con los desafíos que proceden de la realidad:

La enseñanza social de la Iglesia nació del encuentro del mensaje evangélico y sus exigencias con los problemas que surgen de la vida de la sociedad (Congregación para la doctrina de la fe, Instrucción sobre la libertad humana y la liberación "Libertatis conscientia" , nº 72).

Por implicar fe e historia es que el sujeto privilegiado de la enseñanza social de la Iglesia son las propias comunidades cristianas. En sintonía con la imagen de la Iglesia como comunión de Iglesias particulares que emana del Concilio Vaticano II, Paulo VI afirma:

Incumbe a las comunidades cristianas analizar con objetividad la situación propia de su país, esclarecerla mediante la luz de la palabra inalterable del Evangelio, deducir principios de reflexión, normas de juicio y directrices de acción (...) A estas comunidades toca discernir , con la ayuda del Espíritu Santo, en comunión con los obispos responsables, en diálogo con los demás hermanos cristianos y todos los hombres de buena voluntad, las opciones y los compromisos que conviene asumir para realizar las transformaciones sociales, políticas y económicas que aparezcan necesarias con urgencia en cada caso (Carta apostólica Octogesima adveniens , nº 4).

Analizar, esclarecer, deducir, discernir, asumir, realizar... Reflexión y acción comunitarias se entrelazan dando forma a un pensamiento y a una praxis que no pretende ser una "tercera posición" entre las grandes ideologías del mundo moderno sino, más bien, una instancia de confrontación permanente con la realidad social tratando de indicar un horizonte superador de las realizaciones -y limitaciones- del acontecer humano. En 1987, Juan Pablo II lo expresó con toda claridad:

La doctrina social de la Iglesia no es, pues, una "tercera vía" entre el capitalismo liberal y el colectivismo marxista, y ni siquiera una posible alternativa a otras soluciones menos contrapuestas radicalmente, sino que tiene una categoría propia. (...) no pertenece al ámbito de la ideología, sino al de la teología y especialmente de la teología moral (Carta encíclica Sollicitudo rei socialis , nº 41).


La Iglesia y la política
Todo esto, sin embargo, puede no acallar el interrogante fundamental: ¿qué tiene que ver la Iglesia con la política? En este sentido son iluminadoras las palabras del documento de la IIIª Conferencia General del Episcopado Latinoamericano realizada en Puebla, México, en 1979:

Deben distinguirse dos conceptos de política y de compromiso político: primero ,la política en su sentido más amplio que mira al bien común, tanto en lo nacional como en lo internacional. Le corresponde precisar los valores fundamentales de toda comunidad... Define también los medios y la ética de las relaciones sociales. En este sentido amplio, la política interesa a la Iglesia y, por tanto, a sus pastores, ministros de la unidad. Es una forma de dar culto al único Dios, desacralizando y a la vez consagrando el mundo a Él (LG 34) (Documento de Puebla , nº 521).

Segundo :la realización concreta de esta tarea política fundamental se hace normalmente a través de grupos de ciudadanos que se proponen conseguir y ejercer el poder político para resolver las cuestiones económicas, políticas y sociales según sus propios criterios o ideologías. En este sentido se puede hablar de "política de partido" . (...) ningún partido político por más inspirado que esté en la doctrina de la Iglesia, puede arrogarse la representación de todos los fieles , ya que su programa concreto no podrá nunca tener valor absoluto para todos. La política partidista es el campo propio de los laicos (Documento de Puebla , nº 523-524).


La acción de la Iglesia es política en tanto que mira al bien común de la sociedad ( primer sentido ), más allá de cómo se posicionen sus miembros a la hora de las opciones -partidarias- concretas ( segundo sentido ).

Por eso es que puede decirse que no existe -como a veces se pregona- lo apolítico , aunque sí lo apartidario . Palabra y silencio, acción u omisión tienen, entonces, una repercusión política más allá de las intenciones explícitas de sus protagonistas.


Si te interesa tener el documento completo en su versión para imprimir, puedes descargarlo en tu escritorio dando un click aquí.
 

 


Índice General

 

 




INTRODUCCIÓN:
* Razón y materia de la Encíclica
* La Iglesia bienhechora de los pueblos, favorece a los gobiernos
* Materia de la Encíclica


A. DOCTRINA CATÓLICA
I - Acerca de la sociedad civil
* La constitución de los Estados. El origen divino de la autoridad
* Las obligaciones de la autoridad y las diferentes formas de gobierno
* Darán cuenta a Dios del abuso del poder
* Deberes de los súbditos
* El culto público, deber de la sociedad para con Dios
* Deber religioso de los gobernantes, nace del pueblo y lo hace feliz

II - Acerca de la sociedad religiosa
* El origen divino de la sociedad religiosa
* Su gobierno
* Caracteres de la Iglesia. Su independencia de la sociedad civil
* Reivindicación de sus derechos

III - La colaboración de ambos poderes
* Relaciones entre los dos poderes
* Unión de ambos poderes
* Competencia de cada una. Concordatos

IV - Ventajas y frutos
* Testimonio de S. Agustín y de la Historia
* Ventajas de la constitución de los Estados conforme a los conceptos cristianos
* Para el individuo
* La familia
* La sociedad civil y política
* El testimonio de San Agustín
* El testimonio de la historia
* La fecunda misión civilizadora de la Iglesia
* Daños de la discordia entre ellas



B. LOS ERRORES MODERNOS
I - Orígenes, fundamentos y consecuencias
* Orígenes del así llamado "derecho moderno"
* Sus principios
* La concepción moderna del Estado
* Las consecuencias. Triste situación de la Iglesia
* Los conflictos y su finalidad

II - Refutación
* Falsedad de tales principios. La soberanía del pueblo
* Indiferentismo religioso
* El verdadero concepto de la libertad
* Exclusión y opresión de la Iglesia

III - Condenación
* Reprobación de estas doctrinas por los Sumos Pontífices
* Separación de la Iglesia y del Estado
* Principios fundamentales de la doctrina católica sobre el Poder y el Estado
* Sobre la autoridad de la Iglesia
* Doctrina sobre las formas de gobierno
* La verdadera tolerancia
* La verdadera obediencia a las leyes
* Sobre la libertad
* La verdad es madre de la libertad. Sólo el Papa la enseña


C. CONCLUSIONES DE ORDEN TEÓRICO Y PRÁCTICO
I - En el orden de los principios
* Deberes de los católicos

II - En la práctica
* Consecuencias prácticas para la vida individual
* Consecuencias para la vida pública
* Ejemplo del cristianismo primitivo
* Exhortación: Conducta práctica
* Obediencia al Papa y a los Obispos
* Sin concesiones a los errores modernos
* Evitar polémicas internas y luchas


EPÍLOGO
* Conclusión y bendición
 

 

 

 


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Immortale Dei
Sobre la constitución cristiana de los estados
Carta Encíclica del Sumo Pontífice León XIII
1 de noviembre de 1885

 

 

 



INTRODUCCIÓN:

RAZÓN Y MATERIA DE LA ENCÍCLICA


La Iglesia bienhechora de los pueblos, favorece a los gobiernos
Obra inmortal de Dios misericordioso, la Iglesia, aunque por sí misma y en virtud de su propia naturaleza tiene como fin la salvación y la felicidad eterna de las almas, procura, aun dentro del dominio de las cosas caducas y terrenales, tantos y tan señalados bienes, que ni más en número ni mejores en calidad, resultarían, si el primer y principal objeto de su institución fuese asegurar la prosperidad de esta presente vida.

En efecto, dondequiera que puso la Iglesia el pie, hizo al punto cambiar la faz de las cosas; formó las costumbres con virtudes antes desconocidas, e implantó en la sociedad civil, una nueva cultura, y así los pueblos que la recibieron se destacaron entre los demás por la mansedumbre, la equidad y la gloria de sus empresas.

No obstante, vetusta es y muy anticuada la calumniosa acusación con que afirman que la Iglesia está divorciada de los intereses del Estado y que en nada contribuye a aquel bienestar y esplendor a que toda sociedad bien constituida, por derecho propio y de suyo, aspira.

Sabemos que ya desde el principio de la Iglesia fueron perseguidos los cristianos, con semejantes y peores calumnias, tanto que, blanco del odio y de la malevolencia, pasaban por enemigos del Imperio; y sabemos también que en aquella época el vulgo, mal aconsejado, se complacía en atribuir al nombre cristiano la culpa de todas las calamidades que afligían a la nación, no echando de ver que quien las infligía era Dios, vengador de los crímenes, que castigaba justamente a los pecadores.

La atrocidad de esta calumnia armó no sin motivo, el ingenio y afiló la pluma de SAN AGUSTÍN, el cual, en varias de sus obras, particularmente en la Ciudad de Dios, demostró con tanta claridad la virtud y potencia de la sabiduría cristiana por lo tocante a sus relaciones con la república, que no tanto parece haber hecho cabal apología de la cristiandad de su tiempo, como logrado perpetuo triunfo sobre tan falsas actuaciones.

No amainó, sin embargo, la tempestad del funesto apetito de tales quejas y falsas acusaciones; antes bien agradó y muchos se empeñaron en buscar la norma constitutiva de la sociedad civil fuera de las doctrinas que aprueba la Iglesia católica.

Y aun últimamente, eso que llaman Derecho nuevo, que dicen ser como adquisición perfecta de un siglo moderno, debido al progreso de la libertad, ha comenzado a prevalecer y dominar por todas partes.

Pero a pesar de tantos ensayos, consta no han encontrado el modo de constituir y gobernar la sociedad, en forma más excelente que la que espontáneamente brota floreciente de la doctrina del Evangelio.



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Materia de la Encíclica
Juzgamos, pues, de suma importancia y cumple a Nuestro cargo apostólico, comparar con la piedra de toque de la doctrina cristiana las modernas opiniones acerca del Estado civil, y con ello, confiamos que ante el resplandor de la verdad, retrocedan y no subsistan los motivos de error o duda. Todos aprenderán con facilidad cuántos y cuáles sean aquellos capitales preceptos, norma práctica de la vida, que deben seguir y obedecer.


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A. Doctrina católica



I - Acerca de la sociedad civil

No es difícil averiguar qué fisonomía y estructura revestirá la sociedad civil o política cuando la filosofía cristiana gobierna el Estado.


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La constitución de los Estados. El origen divino de la autoridad
El hombre está naturalmente ordenado a vivir en comunidad política, porque, no pudiendo en la soledad procurarse todo aquello que la necesidad y el decoro de la vida corporal exigen, como tampoco lo conducente a la perfección de su ingenio y de su espíritu, dispuso Dios que naciera para la unión y sociedad con sus semejantes, ya sea en la doméstica ya sea en la civil, única capaz de proporcionarle lo que basta a la perfección de la vida.


Mas como quiera que ninguna sociedad puede subsistir ni permanecer si no hay quien presida a todos y mueva a cada uno con un mismo impulso eficaz y encaminado al bien común, síguese de ahí ser necesaria a toda sociedad de hombres una autoridad que la dirija; autoridad, que, como la misma sociedad, surge y emana de la naturaleza, y por tanto, del mismo Dios, que es su autor.

De donde también se sigue que el poder público por si propio, o esencialmente considerado, no proviene sino de Dios, porque sólo Dios es el propio verdadero y Supremo Señor de las cosas, al cual todas necesariamente están sujetas y deben obedecer y servir, hasta tal punto que, todos los que tienen derecho de mandar, de ningún otro lo reciben sino de Dios, Príncipe Sumo y Soberano de todos. No hay potestad que no emane de Dios.


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Las obligaciones de la autoridad y las diferentes formas de gobierno
El derecho de soberanía, por otra parte, en razón de sí propio, no está necesariamente vinculado a tal o cual forma de gobierno; puédese escoger y tomar legítimamente una u otra forma política con tal que no le falte capacidad de obrar eficazmente el provecho común de todos.

Mas en cualquier clase de estado, los gobernantes deben poner totalmente su mira en Dios que es el supremo Gobernador del universo y proponérselo como modelo y norma que seguir en la administración del estado.

Pues, así como en las cosas visibles Dios ha creado causas segundas en que es posible vislumbrar de algún modo la naturaleza divina y su acción, y que conducen a aquel fin a que la totalidad de estas cosas tiende, así también Dios ha querido que en la sociedad civil haya una autoridad cuyos depositarios reflejen cierta imagen de la Providencia que Él ejerce sobre el género humano.

Pues el gobierno debe ser justo, no como de amo sino casi como de padre, por cuanto el poder que tiene Dios sobre los hombres es justísimo y unido a bondad paternal.

La autoridad, empero ha de ejercitarse para bien de los ciudadanos, pues los gobernantes están únicamente en el poder para tutelar la utilidad pública; y de ningún modo ha de otorgarse la autoridad civil para que sirva de provecho a una sola persona o a pocas puesto que fue instituido para el bien común de todos.


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Darán cuenta a Dios del abuso del poder
Pero si los que gobiernan se deslizan al ejercicio injusto del poder; si pecan por brutales o soberbios, si cuidan mal del pueblo, sepan que han de dar estrecha cuenta a Dios; y esta cuenta será tanto más rigurosa, cuanto más sagrado y augusto hubiese sido el cargo, o más alta la dignidad que hayan poseído. Los poderosos serán atormentados poderosamente.


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Deberes de los súbditos
Con esto se logrará que la majestad del poder esté acompañada de la reverencia honrosa que los ciudadanos de buen grado le prestarán.

Y en efecto, una vez convencidos de que los gobernantes poseen una autoridad, dada por Dios, reconocerán estar obligados en deber de justicia a obedecer a los Príncipes, a honrarlos y obsequiarlos, a guardarles fe y lealtad, a la manera que un hijo piadoso se goza en honrar y obedecer a sus padres. Toda alma esté sometida a las potestades superiores.

Despreciar, empero, la legítima autoridad quienquiera estuviese revestido de ella, no es más lícito que resistir a la voluntad divina, pues quien a ella resista, se despeñará a su propia ruina.

El que resiste a la potestad, resiste a la ordenación de Dios; y los que le resisten, ellos mismos atraen a sí la condenación. Por tanto, sacudir la obediencia y acudir a la sedición, valiéndose de las muchedumbres, es crimen de lesa majestad, no solamente humana, sino divina.


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El culto público, deber de la sociedad para con Dios
Así constituido el Estado, manifiesto es que él ha de cumplir plenamente las muchas y altísimas obligaciones que lo unen con Dios mediante el culto público.

La naturaleza y la razón, que mandan a cada uno de los hombres dar culto a Dios piadosa y santamente, porque estamos bajo su poder, y de Él hemos salido y a Él hemos de volver, imponen la misma ley a la comunidad civil.

Los hombres no están menos sujetos al poder de Dios unidos en sociedad que cada uno de por sí; ni está la sociedad menos obligada que los particulares a dar gracias al Supremo Hacedor que la congregó, por cuya voluntad se conserva y de cuya bondad recibió la innumerable cantidad de dádivas y gracia que abunda.

Por esta razón, así como a nadie es lícito descuidar los propios deberes para con Dios, y el primero de éstos es profesar de palabra y de obra la Religión, no la que a cada uno acomoda, sino la que Dios manda, y la que consta por argumentos ciertos e irrecusables ser la única verdadera, de la misma manera no pueden los estados obrar, sin cometer un crimen, como si Dios no existiese, o sacudiendo la Religión como algo extraño e inútil, o abrazando indiferentemente de las varias existentes la que les plugiere: antes bien tienen la estricta obligación de escoger aquella manera y aquel modo para rendir culto a Dios que el mismo Dios ha demostrado ser su voluntad.


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Deber religioso de los gobernantes, nace del pueblo y lo hace feliz
Los gobernantes deben tener, pues, como sagrado el nombre de Dios y contar entre sus principales deberes el de abrazar la religión con agrado, ampararla con benevolencia, protegerla con la autoridad y el favor de las leyes; no instituir ni decretar nada que pueda resultar contrario a su incolumidad.

Esto mismo lo deben también a los súbditos que gobiernan. En efecto, todos los hombres hemos nacido y sido concebidos para cierto fin último y supremo al cual hemos de dirigir todas las aspiraciones y que se halla colocado en los cielos más allá de esta fragilidad y brevedad de la vida.

Por cuanto, empero, del sumo bien que mencionamos depende la más cabal y perfecta felicidad de los hombres, es de tanto interés para cada uno de ellos que mayor no puede haber.

La sociedad civil, pues, constituida para procurar el bien común, debe necesariamente, a fin de favorecer la prosperidad del Estado, promover de tal modo el bien de los ciudadanos que a la consecución y al logro de ese sumo e inconmutable bien, al que por naturaleza tienden, no sólo no cree jamás dificultades sino que proporcione todas las facilidades posibles.

La principal de todas consiste en hacer lo posible para conservar sagrada e inviolable la religión cuyos deberes unen al hombre con Dios.



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II - Acerca de la sociedad religiosa

El origen divino de la sociedad religiosa
Cuál sea la verdadera Religión lo ve sin dificultad quien proceda con juicio prudente y sincero, pues consta mediante tantas y tan preclaras pruebas, como son la verdad y cumplimiento de las profecías, la frecuencia de los milagros, la rápida propagación de la fe a través de ambientes enemigos y de obstáculos humanamente insuperables, el testimonio sublime de los mártires y otras mil, que la única Religión verdadera es la que Jesucristo en persona instituyó y confió a su Iglesia, para que la conservase y dilatase en todo el universo.


Porque el unigénito Hijo de Dios fundó en la tierra una sociedad llamada la Iglesia, transmitiéndole aquella propia excelsa misión divina que Él en persona había recibido del Padre, encargándole que la continuase en todos tiempos. Como el Padre me envió, así también yo os envío.

Mirad que estoy con vosotros todos los días hasta que se acabe el mundo. Y así como Jesucristo vino a la tierra para que los hombres tengan vida y la tengan en abundancia; del mismo modo, la Iglesia tiene como fin propio la eterna salvación de las almas, por esta razón su naturaleza es tal que tiende a abarcar a todos los hombres sin que la limiten ni el espacio ni el tiempo. Predicad el Evangelio a toda la criatura.


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Su gobierno
A esta multitud tan inmensa de hombres, asignó el mismo Dios Prelados para que con potestad la gobernasen y quiso que uno solo fuese el Jefe de todos, y fuese juntamente para todos el máximo e infalible Maestro de la verdad, a quien entregó las llaves del reino de los cielos. Te daré las llaves del reino de los cielos. Apacienta mis corderos... apacienta mis ovejas. Yo he rogado por ti, para que no falle ni desfallezca tu fe.


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Caracteres de la Iglesia.
Su independencia de la sociedad civil

Esta sociedad, pues, aunque integrada por hombres no de otro modo que la comunidad civil, con todo, atendiendo el fin a que mira y los medios de que se vale para lograrlo, es sobrenatural y espiritual, y por consiguiente se distingue y se diferencia de la política; y lo que es de la mayor importancia, completa en su género y perfecta jurídicamente, como que posee en sí misma y por sí propia, merced a la voluntad y gracia de su Fundador, todos los elementos y facultades necesarios a su integridad y acción.


Y como el fin a que tiende la Iglesia es por mucho el más noble, de igual modo, su potestad aventaja en mucho cualquier otra, ni puede en manera alguna ser inferior al poder del Estado ni estarle de ninguna manera subordinado.

Y en efecto, Jesucristo otorgó a sus Apóstoles autoridad libérrima sobre las cosas sagradas, juntamente, con la facultad verdadera de legislar, y con el doble poder emergente de esta facultad, conviene a saber: el de juzgar y el de imponer penas. Se me ha dado toda potestad en el cielo y en la tierra. Id, pues, y enseñad a todas las gentes... enseñándolas a observar todas las cosas que yo os he mandado.

Y en otra parte: Si no los oyere, dilo a la Iglesia. Y todavía: Teniendo a la mano el poder para castigar toda desobediencia. Y aún más: Empleé yo con severidad la autoridad que Dios me dio para edificación, y no para destrucción.

No es, por lo tanto la sociedad civil, sino la Iglesia, quien ha de guiar los hombres a la patria celestial; a la Iglesia ha dado Dios el oficio de conocer y decidir en materia de Religión; de enseñar a todas las naciones y ensanchar cuanto pudiere los límites del nombre cristiano; en una palabra, de administrar según su propio criterio, libremente y sin trabas los intereses cristianos.


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Reivindicación de sus derechos
Pues esta autoridad, de suyo absoluta y perfectamente autónoma que filósofos lisonjeros del poder secular impugnan desde hace mucho tiempo, la Iglesia no ha cesado nunca de reivindicarla para sí, ni de ejercerla públicamente.

Los primeros en luchar por ella eran los Apóstoles; y por esta causa, a los Príncipes de la Sinagoga, que les prohibían propagar la doctrina evangélica, respondían constantes: Hay que obedecer a Dios más que a los hombres.

Esta misma autoridad cuidaron de conservar en su oportunidad los Santos Padres con razones por demás convincentes; y los Romanos Pontífices, con invicta constancia, jamás cesaron de reivindicarla contra todos los impugnadores.

Hay más, los mismos príncipes y soberanos de los Estados ratificaron y de hecho admitieron la autoridad de la Iglesia, dado que han solido tratar con ella como supremo poder legítimo al firmar convenios y negociar con ella, al enviarle embajadores y recibir los suyos y al mantener otras relaciones mutuas oficiales.

Y se ha de reconocer una singular disposición de la providencia de Dios, de que esta misma potestad de la Iglesia estuviera dotada del principado civil, como de óptima garantía de su libertad.



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III - La colaboración de ambos poderes

Relaciones entre los dos poderes
Por lo dicho se ve cómo Dios ha dividido el gobierno de todo el linaje humano entre dos potestades: la eclesiástica y la civil; ésta, que cuida directamente de los intereses humanos; aquélla de los divinos.

Ambas son supremas, cada una en su esfera; cada una tiene sus límites fijos en que se mueve, exactamente definidos por su naturaleza y su fin, de donde resulta un como círculo dentro del cual cada uno desarrolla su acción con plena soberanía.

Pero por cuanto ambas ejercen su imperio sobre las mismas personas, dado que pudiese suceder, que el mismo asunto, aunque a título diferente, pero con todo, el mismo que pertenece a la incumbencia y jurisdicción de ambos, debe Dios en su infinita Providencia, quien ha constituido a las dos, haber trazado a cada uno su camino recta y ordenadamente. Pues las (potestades) que sois, por Dios fueron ordenadas.

Si así no fuese, con frecuencia nacerían motivos de litigios funestos y de lamentables conflictos, y no pocas veces, el hombre, llena el alma de ansiedad, como ante una encrucijada, debía encontrarse perplejo, sin saber qué partido, de hecho, tomar, por cuanto cada uno de los dos poderes, cuya autoridad sin pecado no podía rechazar, mandaba lo contrario del otro.

Pero esto repugna en sumo grado pensarlo de la sabiduría y bondad de Dios, tanto más cuanto que hasta en el mundo físico, aunque de un orden muy inferior, ha concertado las fuerzas y causas naturales con tan razonable moderación y armonía maravillosa que ninguna obstaculiza a las otras y que todas juntas tienden, de un modo conveniente y aptísimo hacia la general finalidad del mundo.


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Unión de ambos poderes
Es, pues, necesario que haya entre las dos potestades cierta trabazón ordenada; coordinación que no sin razón se compara a la del alma con el cuerpo en el hombre.

Pero cuán estrecha y cuál sea aquella unión, no se puede precisar sino atendiendo a la naturaleza de cada una de las dos soberanías, relacionadas así como dijimos y teniendo en cuenta la excelencia y nobleza de sus respectivos fines, pues que la una tiene por fin próximo y principal el cuidar de los bienes perecederos, y la otra el de procurar los bienes celestiales y eternos.


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Competencia de cada una. Concordatos
Así que todo cuanto en las cosas humanas, de cualquier modo que sea, tenga razón de sagrado, todo lo que se relacione con la salvación de las almas y al culto de Dios, sea por su propia naturaleza o bien se entienda ser así por el fin a que se refiere, todo ello cae bajo el dominio y arbitrio de la Iglesia; pero lo demás que el régimen civil y político abarca justo es que esté sujeto a la autoridad civil puesto que Jesucristo mandó expresamente que se dé al Cesar lo que es del César y a Dios lo que es de Dios.

No obstante, a veces acontece que por necesidad de los tiempos pueda convenir otro modo de concordia que asegure la paz y libertad, por ejemplo, cuando los gobiernos y el Pontífice Romano se avengan sobre alguna cosa particular.

En estos casos, hartas pruebas tiene dadas la Iglesia de su bondad maternal, llevada tan lejos como le ha sido posible la indulgencia y la facilidad de acomodación.

La que dejamos trazada sumariamente es la forma cristiana de la sociedad civil; no inventada temerariamente y por capricho, sino sacada de grandes y muy verdaderos principios que la misma razón natural confirman.


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IV - Ventajas y frutos.


Testimonio de S. Agustín y de la Historia

Ventajas de la constitución de los Estados conforme a los conceptos cristianos
Tal organización del Estado, empero, no contiene nada que pueda parecer menos digno o menos honroso para la grandeza de los príncipes.

Muy lejos de menoscabar los derechos de su majestad, antes al contrario los hace más estables y augustos. Aún más, si bien se mira, aquella constitución tiene cierta perfección grandiosa de que carecen los demás regímenes estatales, pues ella reportaría ventajas varias y muy excelentes, con tal que cada parte se mantuviera en su grado y cumpliera íntegramente el oficio y cargo que se le ha señalado.


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Para el individuo
En efecto, en la sociedad constituida, según dijimos, lo humano y lo divino está convenientemente repartido, los derechos de los ciudadanos permanecen intactos y además defendidos por el amparo de las leyes divinas, naturales y humanas, los deberes de cada uno están sabiamente señalados y su observancia estará oportunamente sancionada.

Todos los hombres, en esta peregrinación incierta y laboriosa hacia aquella eterna patria saben que tienen a mano guías a quienes en el camino con toda tranquilidad podrán seguir y hombres que les ayudarán a llegar; igualmente comprenderán que cuentan con otros hombres que les procuran o conservan la seguridad, la propiedad y demás bienes de que consta esta vida social.


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La familia
La sociedad doméstica logra toda la necesaria firmeza por la santidad del matrimonio, uno e indisoluble. Los derechos y los deberes entre los cónyuges están regulados con sabia justicia y equidad; el honor y el respeto debidos a la mujer se guardan decorosamente; la autoridad del varón calca el modelo de la autoridad de Dios; la patria potestad se adapta convenientemente a la dignidad de la esposa y de los hijos, y finalmente, se asegura en forma óptima la protección, el mantenimiento y la educación de la prole.


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La sociedad civil y política
En lo civil y político las leyes se enderezan al bien común, y se dictan no por la pasión y el criterio falaz de las muchedumbres, sino por la verdad y la justicia; la autoridad de los gobernantes reviste cierto carácter sagrado y más que humano, y se le pone coto para que ni se aparte de la justicia ni cometa excesos de poder; la obediencia de los ciudadanos va acompañada de honor y dignidad porque no constituye una servidumbre que sujeta a un hombre a otro hombre sino que es la sumisión a la voluntad de Dios quien por medio de los hombres ejerce su imperio.

Una vez conocidos y aceptados estos principios, se comprenderá que es un deber de justicia, el reverenciar la majestad de los soberanos, el someterse constante y fielmente a los poderes públicos, no colaborar a las sediciones, y observar religiosamente las leyes del Estado
25 .

Entre los deberes figura también la caridad mutua, la bondad, la liberalidad, siendo el ciudadano como es el mismo cristiano, no se separa en partes contrarias mediante preceptos que se contradicen mutuamente, y finalmente los magníficos bienes de que espontáneamente colma la religión cristiana la misma vida mortal de los hombres, todos ellos se aseguran para la comunidad y sociedad civil; así aparecen certísimas aquellas palabras: La suerte de la República depende de la Religión con que se rinde culto a Dios; y entre ambos hay múltiples lazos de parentesco y familia
26 .


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El testimonio de San Agustín
En muchos pasajes de sus obras SAN AGUSTÍN ha trazado, con su manera maravillosa acostumbrada, la extensión e influencia de esos bienes, particularmente, empero, donde habla de la Iglesia en estos términos: Tú ejercitas e instruyes con sencillez a los niños, con fuerza a los jóvenes, con calma a los ancianos, no sólo como corresponde a la edad del cuerpo sino también conforme al desarrollo del espíritu. Tú sometes con casta y fiel obediencia la mujer al marido no para que él busque la satisfacción de su pasión, sino la procreación de la prole y la formación de la comunidad familiar.

Tú das al marido autoridad sobre la mujer no para hacer burla del sexo más débil sino para que cultive las leyes del amor sincero. Tú sujetas con cierta servidumbre de libertad los hijos a los padres y haces a los padres mandar a los hijos con autoridad reverente... Tú unes a los ciudadanos con los ciudadanos, los pueblos con los pueblos, en una palabra, Tú unes a los hombres no sólo por el recuerdo de los primeros padres y en sociedad sino también en cierta hermandad.

Tú enseñas a los reyes a mirar por el bien de los pueblos, a los pueblos a prestar acatamiento a los reyes. Tú muestras cuidadosamente a quién se debe reverencia, a quién temor, a quién el consuelo, a quién el aviso, a quién la exhortación, a quién la suave palabra de la corrección, a quién la dura de la increpación, a quién el suplicio; y manifiestas también de qué manera, puesto que es verdad que no todo se debe a todos, se debe, no obstante, a todos caridad y a nadie injusticia 27 .

En otro lugar, el Santo, reprendiendo el error de ciertos filósofos que presumían de sabios y entendidos en la política, añade: Los que afirman que la doctrina de Cristo es nociva a la república; que nos muestren un ejército de soldados tales como la doctrina de Cristo los exige; que nos den asimismo regidores, gobernadores, cónyuges, padres, hijos, amos, siervos, reyes, jueces, tributarios, en fin, y cobradores del fisco, tales como la enseñanza de Cristo los requiere y forma; y una vez que los hayan dado, atrévanse a mentir que semejante doctrina se opone al interés común lo que no dirán; antes bien, habrán de reconocer que su observancia es la gran salvación de la república
28 .


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El testimonio de la historia
Hubo un tiempo en que la filosofía del Evangelio gobernaba a los Estados; entonces aquella energía propia de la sabiduría de Cristo y su divina virtud, habían compenetrado las leyes, las instituciones y las costumbres de los pueblos, impregnando todas las capas sociales y todas las manifestaciones de la vida de las naciones, tiempo en que la Religión fundada por Jesucristo, firmemente colocada en el sitial de dignidad que le correspondía, florecía en todas partes, gracias al favor de los príncipes y la legítima protección de los magistrados; tiempo en que al sacerdocio y al poder civil unían auspiciosamente la concordia y la amigable correspondencia de mutuos deberes.

Organizada de este modo la sociedad, produjo un bienestar muy superior a toda imaginación. Aun se conserva la memoria de ello y ella perdurará grabada en un sinnúmero de monumentos de aquellas gestas, que ningún artificio de los adversarios podrá jamás destruir u obscurecer.


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La fecunda misión civilizadora de la Iglesia
Si la Europa cristiana civilizó a las naciones bárbaras e hizo cambiar la ferocidad por la mansedumbre, la superstición por la verdad; si rechazó victoriosa las invasiones de los mahometanos; si conservó el cetro de la civilización, y si se ha acostumbrado a ser guía del mundo hacia la dignidad de la cultura humana, y maestra de los demás; si ha agraciado a los pueblos con la verdadera libertad en sus varias formas; si muy sabiamente ha creado numerosas obras para aliviar las desgracias de los hombres, ese gran beneficio se debe, sin discusión posible a la Religión la cual auspició la iniciación de tamañas empresas y coadyuvó a llevarlas a cabo.


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Daños de la discordia entre ellas
Habrían perdurado, ciertamente, aun hasta ahora esos mismos beneficios si ambas potestades hubiesen mantenido la concordia; y, con razón mayores, se podrían esperar si se acogiesen la autoridad, el magisterio y las orientaciones de la Iglesia con mayor lealtad y constancia.

Las palabras que escribió IVO DE CHARTRES al Romano Pontífice PASCUAL II debían respetarse como una norma perpetua: Cuando el poder civil y el sacerdocio viven en buena armonía, el mundo está bien gobernado, y la Iglesia florece y prospera; pero cuando están en discordia no sólo no prosperan las cosas pequeñas sino que también las mismas cosas grandes decaen miserablemente.


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B. LOS ERRORES MODERNOS

I - Orígenes, fundamentos y consecuencias


Orígenes del así llamado "derecho moderno"
Pero el afán pernicioso y deplorable de novedad que surgió en el siglo XVI, habiendo, primeramente, perturbado las cosas de la Religión, por natural consecuencia vino a trastornar la filosofía y mediante ésta, toda la organización de la sociedad civil. De allí, como de un manantial, se han de derivar los más recientes postulados de una libertad sin freno, a saber, inventados durante las máximas perturbaciones del siglo XVII y lanzadas después, mediando este siglo, como principios y bases de un nuevo derecho que era hasta entonces desconocido y discrepaba no sólo del derecho cristiano sino en más de un punto también del derecho natural.

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Sus principios
El supremo entre estos principios es que todos los hombres como se entiende que son de una misma especie y naturaleza, así también son iguales en su acción vital, siendo cada uno tan dueño de sí mismo que de ningún modo está sometido a la autoridad de otro, que puede pensar de cualquier cosa lo que se le ocurra y obrar libremente lo que se le antoje, ni nadie tiene derecho de mandar a nadie.

Constituida la sociedad con estos principios, la autoridad pública no es más que la voluntad del pueblo, el cual como no depende sino de sí mismo, así él solo se da órdenes a sí mismo pero elige personas a quienes se entrega, de tal manera, sin embargo, que les delega más bien el oficio de mandar y no el derecho, que sólo en su nombre ejerce. Se cubre aquí con el manto de silencio el poder soberano de Dios, ni más ni menos como si Dios no existiese, o no se preocupase para nada de la sociedad del género humano, o como si los hombres, ya individual ya colectivamente nada debieran a Dios o se pudiese concebir alguna forma de dominio que no tuviese en Dios su razón de ser, su fuerza y toda su autoridad.


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La concepción moderna del Estado
De este modo, como se ve, el Estado no es más que una muchedumbre que es maestra y gobernadora de sí misma, y como se afirma que el pueblo contiene en sí la fuente de todos los derechos y de todo poder, síguese lógicamente que el Estado no se crea deudor de Dios en nada, ni profese oficialmente ninguna religión, ni deba indicar cuál es, entre tantas, la única verdadera, ni favorecer a una principalmente; sino que deba conceder a todas ellas igualdad de derechos, a fin de que el régimen del Estado no sufra de ellas ningún daño. Lógico será dejar al arbitrio de cada uno todo lo que se refiere a religión, permitiéndole que siga la que prefiera o ninguna en absoluto, cuando ninguna le agrada. De allí nace, ciertamente, lo siguiente: el criterio sin ley de las conciencias individuales, los libérrimos principios de rendir o no culto a Dios, la ilimitada licencia de pensar y de publicar sus pensamientos.

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Las consecuencias. Triste situación de la Iglesia
Admitidos estos principios, que frenéticamente se aplauden hoy día, fácilmente se comprenderá a que situación más inicua se empuja a la Iglesia.

Pues, donde quiera la actuación responde a tales doctrinas, se coloca al catolicismo en pie de igualdad con sociedades que son distintas de ella o aun se lo relega a un sitio inferior a ellas; no se tiene ninguna consideración a las leyes eclesiásticas, y a la Iglesia que, por orden y mandato de Jesucristo, debe enseñar a todas las naciones, se le prohibe toda ingerencia en la educación pública de los ciudadanos.

Aun en los asuntos que son de la competencia eclesiástica y civil, los gobernantes civiles legislan por sí y a su antojo, y tratándose de la misma clase de jurisdicción mixta desprecian soberanamente las santísimas leyes de la Iglesia.

En consecuencia, avocan a su jurisdicción los matrimonios de los cristianos, legislando aun acerca del vínculo conyugal, de su unidad y estabilidad; usurpan las posesiones de los clérigos, diciendo que la Iglesia no tiene el derecho de poseer; obran, en fin, de tal modo respecto de ella, que negándole la naturaleza y los derechos de una sociedad perfecta, la ponen en el mismo nivel de las otras sociedades que existen en el Estado; y por consiguiente, dicen, si tiene algún derecho, si alguna facultad legítima posee para obrar, lo debe al favor y las concesiones de los gobernantes.


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Los conflictos y su finalidad
Si en algún Estado, con la aprobación de las mismas leyes civiles, la Iglesia ejerce su jurisdicción y se ha estipulado públicamente entre ambas potestades un Concordato , proclaman el principio de que es preciso separar los asuntos de la Iglesia de los del Estado, y esto con el intento de poder obrar impunemente contra la fe jurada, y, apartados todos los obstáculos, constituirse en árbitros de todos los asuntos.

Mas como la Iglesia no puede sufrir esto con resignación, ni puede, pues, abandonar sus deberes más sagrados y graves, y como categóricamente exige el cumplimiento íntegro y fiel de la fe que se le ha jurado, a menudo se originan conflictos entre el poder eclesiástico y civil cuyo resultado es casi siempre que aquél que con menos medios humanos cuenta, sucumba al más fuerte.

De modo que en esta situación política de que hoy día muchísimos se han encariñado, ya se ha formado una costumbre y tendencia, o de quitar completamente de en medio a la Iglesia, o de tenerla atada y sujeta al Estado. En gran parte se inspira en estos designios lo que los gobernantes hacen. Las leyes, la administración pública, la enseñanza laica de la juventud, la incautación de los bienes, y la supresión de las órdenes religiosas como la destrucción del poder temporal de los Romanos Pontífices, todo obedece al fin de herir el nervio vital de las instituciones cristianas, sofocar la libertad de la Iglesia Católica y triturar sus otros derechos.


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II - Refutación

Falsedad de tales principios. La soberanía del pueblo
La sola razón Nos convence cuánto distan de la verdad estas concepciones acerca del gobierno estatal.

Pues, la misma naturaleza enseña que cualquier potestad en cualquier tiempo desciende de Dios como de su altísima y augustísima fuente. Aquella otra opinión (la soberanía popular autónoma) si muy bien se presta para procurar halagos y encender muchas pasiones, sin embargo no se apoya en ninguna razón probable ni posee suficiente fuerza para asegurar la tranquilidad pública y el orden pacífico constante. El hecho es que con estas doctrinas las cosas han llegado a tal punto que muchísimos recibieron como ley en la jurisprudencia civil el derecho a rebelión, pues, prevalece la opinión de que los gobernantes no son sino delegados, lo cual es necesario para que todo sin distinción pueda mudarse mediante el arbitrio del pueblo y amenace siempre cierto miedo de disturbios.


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Indiferentismo religioso
Opinar, empero, acerca de la Religión que nada importan las entre sí distintas y aun contrarias formas de ella, equivale realmente, a confesar que no se quiere aprobar ni practicar ninguna.

Si esto de nombre se diferencia del ateísmo, en el fondo viene a ser lo mismo. Pues, quienes están persuadidos de que Dios existe, con tal que quieran ser consecuentes consigo mismos y no caer en el mayor de los absurdos, comprenderán necesariamente que las formas de culto divino que se practican siendo tan distintas y de tanta disparidad, pugnando entre si aun en los puntos más importantes, no pueden ser igualmente aceptables, ni igualmente buenas, ni igualmente agradables a Dios.


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El verdadero concepto de la libertad
Del mismo modo, la facultad de pensar cualquier cosa y de expresarla en lenguaje literario, sin restricción alguna, lejos de constituir en si un bien del cual con razón la humanidad se gloríe, es más bien la fuente y el origen de muchos males.

La libertad como virtud que perfecciona al hombre, debe versar sobre lo que es verdadero y bueno. Ahora bien, la verdad lo mismo que el bien no pueden mudarse al arbitrio del hombre sino que permanecen siempre los mismos, no se hacen menos de lo que son por naturaleza: inmutables.

Cuando la mente da el asentimiento a opiniones falsas y la voluntad abraza lo que es malo y lo practica, ni la mente ni la voluntad alcanzan su perfección, antes bien se desprenden de su dignidad natural y se despeñan a la corrupción.

Por lo tanto, no debe manifestarse ni ponerse ante los ojos de los hombres lo que es contrario a la virtud y a la verdad, mucho menos defenderlo por la fuerza y la tutela de la ley.

Por cuanto sólo una vida bien llevada es el camino que conduce al cielo, adonde nos dirigimos todos, el Estado se aparta de la norma y ley naturales, cuando permite que la licencia de opinar y de obrar el mal tanto se corrompa que deje impunemente desviarse las inteligencias de la verdad y el espíritu de la virtud.


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Exclusión y opresión de la Iglesia
Por eso, el excluir a la Iglesia, que Dios mismo fundó, de la vida activa, de las leyes, de la educación de la juventud, de la sociedad doméstica, constituye un gran y pernicioso error. No puede haber una sociedad de moral sana cuando no tiene Religión; más sobradamente de lo que quizás debiéramos, conocemos lo que de suyo es y adonde conduce aquella filosofía de vida y moral, llamada cívica.

La Iglesia de Cristo es la verdadera maestra de la virtud y la salvaguardia de la moral; Ella es la que conserva intactos los principios de donde se derivan las obligaciones, y, proponiendo a los hombres los más eficaces motivos para vivir honestamente, manda no sólo huir de las maldades sino también reprimir los movimientos interiores contrarios a la razón.

Pretender que la Iglesia, aun dejando a un lado el ejercicio de su misión divina, esté sujeta a la potestad civil, es, al mismo tiempo, una grave injuria y una gran temeridad; con ello se perturba el recto orden, pues las instituciones naturales se anteponen a las sobrenaturales, eliminando o por lo menos grandemente disminuyendo un sinnúmero de bienes con que la Iglesia, si se viese libre de toda traba, colmaría la vida diaria; además, se da entrada franca a las enemistades y luchas cuyos grandes perjuicios para la Iglesia y el Estado se ha podido comprobar con demasiada frecuencia.


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III – Condenación

Reprobación de estas doctrinas por los Sumos Pontífices
Estas doctrinas que la razón humana no puede probar y que repercuten poderosísimamente en el orden de la sociedad civil, han sido siempre condenados por los Romanos Pontífices, Nuestros predecesores, plenamente conscientes de la responsabilidad de su cargo apostólico.

Así GREGORIO XVI, en su Carta Encíclica que comienza Mirari Vos, del 15 de Agosto de 1832 condena en gravísimos términos lo que entonces ya se propalaba: que en materia de culto divino no había necesidad de escoger, que cada cual es libre de opinar sobre la religión lo que le plazca, que el juez de cada uno es únicamente su propia conciencia, que, además, cada cual puede publicar lo que se le antoje y que igualmente es lícito maquinar cambios políticos.


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Separación de la Iglesia y del Estado
Acerca de la separación entre la Iglesia y el Estado, decía el mismo Pontífice lo siguiente: No podríamos augurar bienes más favorables para la Religión y el Estado, si atendiéramos los deseos de aquellos que ansían separar a la Iglesia del Estado y romper la concordia mutua entre los gobiernos y el clero; pues, manifiesto es cuánto los amantes de una libertad desenfrenada temen esa concordia, dado que ella siempre producía frutos tan venturosos y saludables para la causa eclesiástica y civil
30 .

De la misma manera, PÍO IX , siempre que se le presentó la oportunidad, condenó muchos de los errores que mayor influjo comenzaban a ejercer, mandando más tarde reunirlos en un catálogo, a fin de que, en tal diluvio de errores, los cat







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