¿Quiénes somos?
La Prefectura de los Asuntos Económicos de la Santa Sede
Por: La Prefectura de los Asuntos Económicos de la Santa Sede | Fuente: www.paess.va
La Prefectura del Asuntos Económicos fue instituida por Pablo VI por medio de la Costitución Apostólica Regimini Ecclesiae Universae de fecha 15 de agosto de 1967 (Cap. VII, art. 117 -121). Juan Pablo II, con fecha 6 de marzo de 2000 elevó a ocho el numero de Cardenales membros del Consejo de la Prefectura.
La Constitución Apostólica Pastor Bonus de Juan Pablo II de fecha 28 de junio de 1988 ha precisado las funciones institucionales, su composición y sus atribuciones.
Ahora la Prefectura es un Organismo de la Curia Romana que tiene como funciones la dirección y el control sobre las Administraciones que dependen de la Santa Sede o que la tienen por cabeza, sea cual sea la autonomía de la que puedan gozar ( art, 176). Está compuesta de un Colegio de Cardenales, uno de los cuales tiene la función de Presidente, ayudado de un Prelado Secretario y del Contable General ( art. 177) que realiza sus funciones con las siguientes atribuciones:
Examina los informes sobre el estado patrimonial y economico, los presupuestos y balances anuales de las Administraciones mencionadas (art. 176) controlando, si lo cree oportuno, sus documentos contables y justificantes.
Confecciona el presupuesto y el Balance consolidado de la Santa Sede y los presenta para su aprobación a la Autoridad Superior en la fechas establecidas (art. 178).
Realiza tareas de vigilancia de las iniciativas económicas de las Adminstraciones y expresa su parecer sobre los proyectos de mayor importancia.
Investiga acerca de los daños que de cualquier forma se puedan causar al patrimonio de la Santa Sede con el fin de promover las acciones civiles o penales que sea necesario ante los tribunales competentes (art. 179).
La Prefectura cuenta con un reglamento proprio que ordena su actividad el cual contempla un cuerpo de Oficiales espertos en las materias juridicas y económicas, un Consejo de Consultores y un Consejo de Revisores. Además están regulados los procedimientos que concretan las atribuciones de la Prefectura.
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