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El ABC de la Libertad de Enseñanza

El ABC de la Libertad de Enseñanza
La declaración sobre educación cristiana del concilio Vaticano II «Gravissimum Educationis», presenta algunos principios que guían la libertad de enseñanza.


Por: José Gay Bochaca, Jesús Iribarren. | Fuente: arvo



Las directrices del Vaticano II

El conflicto sobre si la educación debiera ser pública o privada, laica o religiosa, lleva vivo mucho tiempo. La declaración sobre educación cristiana del concilio Vaticano II «Gravissimum Educationis», presentaba algunos principios que guían la educación cristiana. Entre las directrices adoptadas por el Vaticano II están los siguientes puntos:

-- Todos tienen un derecho inalienable a una educación. Una educación verdadera tiene como objetivo la formación de la persona humana en la búsqueda de su fin último y del bien de las sociedades.

-- Todos los cristianos tienen derecho a una educación cristiana. Esto no se reduce a una mera maduración de la persona humana sino también a la meta de permitir al bautizado el hacerse más consciente del don de la fe que ha recibido, y aprender además cómo rendir culto a Dios y conformar sus vidas personales según el hombre nuevo creado en la justicia y la santidad de la verdad.

-- Los padres tienen la muy seria obligación de educar a sus descendientes y se les debe reconocer como los primarios y principales educadores.

-- Entre todos los instrumentos educativos, la escuela tiene una importancia especial. Está pensada no sólo para desarrollar con especial cuidado las facultades intelectuales sino también para formar la capacidad de juzgar con rectitud, para entregar el legado cultural de las generaciones precedentes, fomentar el sentido de los valores y preparar para la vida profesional.

-- Los padres tienen el derecho primario e inalienable y la tarea de educar a sus hijos, y deben gozar de verdadera libertad en su elección de escuelas. En consecuencia, los poderes públicos, que tienen la obligación de proteger y defender los derechos de los ciudadanos, deben considerar, en su preocupación por la justicia distributiva, que los subsidios públicos se utilicen de tal manera que los padres sean verdaderamente libres de elegir según sus conciencias las escuelas que quieran para sus hijos.

-- La Iglesia tiene en alta estima a aquellas autoridades civiles y sociedades que, considerando el pluralismo de la sociedad contemporánea y respetando la libertad religiosa, ayudan a las familias de manera que la educación de sus hijos se pueda impartir en todas las escuelas según los principios morales y religiosos individuales de las familias.

-- La escuela católica persigue metas culturales y la formación humana de la juventud. Pero su función propia es crear para la comunidad escolar una atmósfera especial animada por el espíritu evangélico de libertad y caridad.

En los países en vías de desarrollo
La importancia de la educación privada no se limita al mundo desarrollado, observaba James Tooley, profesor de política educativa en la Universidad de Newcastle upon Tyne. Escribiendo el 29 de octubre en el Financial Times, Tooley observaba que el encuentro que tuvo lugar hace dos semanas en Edimburgo, Escocia, por los ministros de educación de la Commonwealth, debería haber considerado más en serio cómo la educación privada puede ayudar a las necesidades de los países más pobres.

Explicaba que incluso en las zonas de chabolismo urbano, cada vez más padres pobres están enviando a sus hijos a escuelas privadas, donde la colegiatura puede ser de 2 dólares al mes o menos. En la ciudad india de Hyderabad, por ejemplo, el 61% de los niños asisten a escuelas privadas, según su investigación.

También citaba un informe sobre educación de Oxfam, que decía que las escuelas privadas para pobres están emergiendo y que estas escuelas son superiores a las escuelas estatales. Un informe del gobierno indio revelaba que cuando los investigadores hacían visitas inesperadas, sólo encontraban actividad educativa en el 53% de las escuelas estatales. En contraste, los investigadores encontraron un intenso nivel de actividad en las escuelas privadas.

Un estudio, publicado a principios de año por la UNESCO y la OCDE (Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico), confirmaba la importancia de la educación privada en los países en desarrollo. Informando sobre el estudio, el periódico canadiense Globe and Mail del 18 de febrero observaba que hay muchas evidencias de que las mejoras del nivel educativo aceleran el crecimiento económico.

«La educación se considera cada vez más una inversión en el futuro colectivo de las sociedades y de las naciones, mas que una simple inversión en el futuro éxito de los individuos», afirmaba el estudio titulado «Financiando la Educación – Inversiones y Ganancias».

Para extender la educación más rápidamente, muchos países en vías de desarrollo están mirando más allá del estado, revelaba el estudio. En China y Paraguay más del 40% del dinero gastado en educación viene del sector privado, una media de uno de cada seis estudiantes de primaria asiste a escuelas privadas. El estudio observaba que estas cifras sobrepasan la media de la OCDE de escuelas privadas en los países más ricos. Sin duda el estado tiene un valioso papel que jugar en la educación. Pero dejar sitio a las instituciones privadas da a los padres más flexibilidad y mejora el bien común.

La educación de los hijos, derecho de los padres

No obstante, en el ámbito de la educación, a la autoridad pública le competen también derechos y deberes. Ella, sin embargo, no puede sustituir a los padres, ya que su cometido es el de ayudarles, para que puedan cumplir su deber-derecho de educar a sus hijos de acuerdo con sus convicciones. La autoridad pública tiene en este campo un papel subsidiario y no abdica de sus derechos cuando se considera al servicio de los padres.

Es importante y necesario un sistema educativo que tenga su centro en la familia y en su libertad de decidir el tipo de colegio al que van a mandar a sus hijos. No se trata, como algunos afirman erróneamente, de quitar a la escuela pública para dar a la escuela privada, sino más bien de superar una sustancial injusticia que penaliza a todas las familias, impidiendo una efectiva libertad de iniciativa y de elección. Por eso, se afirma que la educación de los hijos es un derecho-deber primario.

Contenido del derecho de los padres a la educación

El derecho a educar a los hijos supone que son libres para escoger el centro educativo que se adapte a sus convicciones. Este derecho se ve conculcado, en los principios, en aquellos sistemas que atribuyen una prioridad del Estado sobre la familia, invirtiendo el principio de subsidiariedad.

Conviene recordar que este principio está recogido en multitud de Tratados. Concretamente en el Art. 3 de la Declaración Universal de los Derechos del Hombre cuando señala que "los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos". También, nuestra Constitución en el Art. 27, 3, establece que: "los poderes públicos garantizan el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones".

Derechos de los padres

El colegio, históricamente, ha surgido como una institución subsidiaria y complementaria de la familia; de ahí que su misión sea ayudar a la familia, no sustituirla. Por tanto, los padres tienen derecho a escoger colegios en los que se imparta una educación e instrucción en conformidad con sus propias convicciones, cumpliendo —por otro lado— con diligencia las exigencias justas que pueda haber indicado el Estado, que en este aspecto actúa siempre por delegación de los padres.

También está claro que al fomentar la educación y la instrucción pública y privada, el Estado debe respetar los derechos originarios de la familia a la educación, además de observar la justicia distributiva. Por tanto, todo monopolio educativo o escolar que fuerce física o moralmente a las familias para acudir a las escuelas del Estado contra los deberes de la conciencia, o aun contra sus legítimas preferencias, es injusto e ilícito.

El Estado debe excluir cualquier monopolio escolar, pues es contrario a los derechos de la persona humana, al progreso y a la divulgación de la misma cultura, a la convivencia pacífica de los ciudadanos, y al pluralismo que hoy predomina en muchas sociedades. En consecuencia, el Estado debe proteger, en materia educativa, los derechos de la familia anteriores al suyo.

El monopolio educativo va en contra de una sociedad libre y democrática, y da al poder político la tentación de un totalitarismo ideológico. Por eso, el Estado debe respetar la libertad de las conciencias, reconociendo al individuo el acceso a una cultura conforme a sus convicciones, y en consecuencia facilitar los recursos económicos para que este hecho sea factible.

Los regímenes totalitarios pretenden el control de la enseñanza; los democráticos y libres se refuerzan por la libertad de enseñanza. Por eso, la libertad de enseñanza es la piedra de toque de la verdadera democracia.

El liberalismo que dio paso a la posibilidad de la libertad de empresa (y, por tanto, a la educativa) fue seguido en Estados Unidos pero, paradójicamente, no lo fue en Europa. Y ello se debió a posturas agnósticas y anticristianas que intentaban evitar el influjo de los católicos en la sociedad. Para evitar el totalitarismo estatal (comunista, fascista y nazi) se redactaron varios tratados de los que conviene destacar el Art. 13 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, cuando dice que "los Estados Partes en el presente Pacto se comprometen a respetar la libertad de los padres y, en su caso, de los tutores legales, de escoger para sus hijos o pupilos escuelas distintas de las creadas por las autoridades públicas, siempre que aquéllas satisfagan las normas mínimas que el Estado prescriba o apruebe en materia de enseñanza, y de hacer que sus hijos o pupilos reciban la educación religiosa o moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones".

No obstante, se tendría una visión parcial si se redujese el problema a una oposición laicismo—confesionalismo. La libertad de enseñanza es un principio tanto para la confesionalidad como para instituciones no confesionales. Por lo tanto, no es un problema religioso sino civil. Pero eso no lo entienden los que mantienen una mentalidad fascista o marxista.

Rechazo de la escuela neutra

Se ha sostenido, sobre todo en países de régimen socialista, que, como los niños son miembros de la sociedad, le deben ser confiados al Estado para que los eduque. Para justificar este error parten del presupuesto de que la sociedad ha estado viciada desde siglos —idea que Lutero aplicó a la Iglesia y que después ha sido aplicada a la sociedad por todos los reformadores, desde Rousseau a Marx— y una de sus causas sería el modelo familiar propio de la burguesía.

Los que defienden estas teorías no reconocen que los hombres son miembros de la sociedad precisamente a través de la familia, ya que para ser ciudadanos deben primero existir. La familia es la célula de la sociedad, su fundamento, y es anterior al Estado e independiente de él. De ahí la importancia que tiene conservar, potenciar y fortalecer la vida familiar como medio para conservar y mejorar la sociedad.

En otros ambientes, dominados por una filosofía de tipo pragmático o agnóstico, se ha afirmado que pertenece a la autoridad civil la tarea de velar por el bien común, mientras que la esfera religiosa pertenecería tan sólo al ámbito privado de los individuos. De ahí deducen que al Estado no le compete ayudar y promover las escuelas de iniciativa social —que sostienen valores trascendentes—, sino que su única misión es el establecimiento de una escuela neutra, que sólo persiga unas finalidades de carácter técnico.

Aparte de que es imposible que una educación sea neutra, porque toda educación se ve mediada por la concepción del hombre y del mundo que tenga el educador, de hecho estas teorías no son más que una excusa para introducir un sistema educativo anticristiano. Por otra parte, en los países en que está permitida la enseñanza de iniciativa social, se suele entender este derecho como una concesión del Estado, que permite la existencia de estos centros educativos casi como un mal menor, ante la imposibilidad práctica de abarcar todas las necesidades por medio de organismos oficiales. Es, en definitiva, el polo opuesto al papel de subsidiaridad que en realidad corresponde al Estado.

La libertad educativa sólo puede darse desde la función subsidiaria del Estado, reconociendo de hecho instituciones educativas con derechos anteriores al suyo. El Estado debe posibilitar que los individuos puedan desarrollar sus tareas y sólo suplirlas si no pueden realizarlas por sí mismos. Por eso, el Estado debe suplir pero no suplantar. Eso quiere decir que el Estado debe ayudar, proteger y conseguir que las familias ejerzan sus derechos ayudándolas económicamente.

Si se niega la ayuda a las escuelas de iniciativa social supone que algunos padres deben sostener dos cargas: por una parte, el sostenimiento de la enseñanza estatal y por otra el de la iniciativa social. Si de verdad ayudara el Estado no se sostendría el prejuicio de que las escuelas de iniciativa social son para ricos. El conocido eslogan "el dinero público para la escuela pública" olvida que ese dinero sólo es administrado por el Estado y recaudado de los particulares a través de los impuestos. Además, no se trata de imponer una enseñanza, sino de respetar el derecho civil de muchos padres que desean este tipo de educación, legitimado democráticamente en un contexto ideológicamente pluralista







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