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Los Cristianos y las realidades temporales

Los Cristianos y las realidades temporales
Comentarios a la "Nota doctrinal sobre algunas cuestiones relativas al compromiso y la conducta de los católicos en la vida política"


Por: Dr. Carlos ALVAREZ COZZI |





COMENTARIOS A LA ?NOTA DOCTRINAL SOBRE ALGUNAS CUESTIONES AL COMPROMISO Y LA CONDUCTA DE LOS CATÓLICOS EN LA VIDA POLÍTICA?, DE LA CONGREGACIÓN PARA LA DOCTRINA DE LA FE


Por Dr. Carlos ALVAREZ COZZI
Profesor en la Facultad de Derecho y en la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad de la República, Montevideo, Uruguay, y Profesor en la Maestría de Desarrollo Humano a distancia de la Universidad Libre Internacional de las Américas (ULIA)





I) INTRODUCCIÓN.
El pasado 24 de noviembre de 2002 la Congregación para la Doctrina de la Fe, oído el parecer del Pontificio Consejo para los Laicos de la Santa Sede, con la firma de su Prefecto Cardenal Dr. Joseph Ratzinger y del Secretario Arzobispo Tarcisio Bertone y con la anuencia del Santo Padre Juan Pablo II dio a conocer un valioso documento para la Doctrina Social de la Iglesia denominado ?Nota doctrinal sobre algunas cuestiones relativas al compromiso y la conducta de los católicos en la vida política?.

El documento aborda cuestiones fundamentales para la conciencia y la actuación del cristiano en la vida política y social, referentes al relativismo cultural, la decadencia y disolución de la razón y los principios de la ley moral natural, la libertad de conciencia, la libertad del cristiano para elegir la opción política que crea más conveniente en vista a la consecución del bien común, los principios de la doctrina católica acerca del laicismo y el pluralismo, el deber del político cristiano de rechazar los intentos de aprobar en los Estados legislaciones permisivas en materia de aborto, eutanasia, matrimonio homosexual, manipulación embrionaria, etc.

Más que constituír una novedad supone una compilación de pronunciamientos aplicables a la doctrina social de la Iglesia tanto del Concilio Vaticano II, Constitución Pastoral ?Gaudium et Spes? y la Constitución Dogmática ?Lumen Gentium? como de diversas Cartas Encíclicas del Santo Padre Juan Pablo II, en especial la ?Evangelium Vitae? y la ?Veritatis Splendor? así como la cita de las recordadas encíclicas de los papas León XIII, ?Rerum Novarum?, de Benedicto XV, ?Quadrgésimo Anno?, y ?Divini Redemptoris?, de Juan XXIII ?Mater et magistra? y ?Pacem in terris?, de Pablo VI ?Populorum? Progressio y ?Octogésima Adveniens?.

También se formulan citas del Catecismo de la Santa Iglesia Católica y de otros documentos.

No obstante, en estos momentos en que a nivel de varios países del mundo, quizás seguramente como uno de los efectos nocivos de la globalización, se plantean intentos de aprobar legislaciones permisivas del aborto, de la eutanasia, legalizando los matrimonios homosexuales o pretendiendo autorizar la manipulación genética y embrionaria, lo que supone un grave desafío no sólo a la ley natural, a la bioética sino ante todo a la ley de Dios, se hacía impostergable un pronunciamiento de la Santa Iglesia para recordar a los fieles y a los hombres de buena voluntad cuál es la doctrina eclesial sobre todos estos temas que atañen a la vida secular del hombre y la mujer pero que afectan también y en grado sumo su vida espiritual y su destino eterno.



II) LA LUZ DE CRISTO ILUMINA TODA LA VIDA DEL CRISTIANO.
El Señor Jesús quiso dejar en su Iglesia al Papa la autoridad de Pedro y a los Apóstoles y sus Sucesores, los Obispos, la potestad episcopal, para ser maestros de la predicación de la Buena Nueva y para enseñar y gobernar al Pueblo de Dios.

Es por ello, que los fieles laicos debemos de prestar mucha atención a las verdades que surgen de la Sagrada Escritura, a la Tradición de la Iglesia y a las enseñanzas del Magisterio eclesial.

Es deber de los cristianos, que viven en este mundo aunque no son del mundo, impregnar las realidades temporales de las enseñanzas del Salvador para promover en todo momento y lugar la consecución del bien común en la actividad política, social, económica y en la vida profesional y familiar, en tanto Él nos mandó a todos a hacer discípulos hasta los confines de la Tierra.

Para ser sal y luz del mundo, los creyentes debemos estar unidos al Señor como los sarmientos a la vid y ello sólo se puede lograr en perfecta unión y armonía con las enseñanzas del magisterio jerárquico de la Santa Iglesia Católica.

Por todo ello, para los fieles laicos, constituye un ineludible deber, a fin de orientar su recta conciencia e informar su accionar, estudiar los documentos de la Santa Iglesia en temas que son de su especial incumbencia pues suponen la actuación en los diversos campos de la realidades temporales que referíamos en el párrafo anterior.


III) EL RELATIVISMO CULTURAL. En el Capítulo I de la Nota doctrinal se aborda en especial el problema del relativismo cultural imperante en el mundo, que determina la decadencia y la disolución de la razón y los principios de la ley moral natural.

El documento aclara que la concepción relativista del pluralismo no tiene nada que ver con la legítima libertad de los ciudadanos católicos de elegir, entre las opiniones políticas compatibles con la fe y la moral natural, aquella que, según el propio criterio, se conforma mejor a las exigencias del bien común.

La libertad política, continúa el documento, no está ni puede estar basada en la idea relativista según la cual todas las concepciones sobre el bien del hombre son igualmente verdaderas y tienen el mismo valor (como lo promueve la nefasta doctrina de la ?Nueva Era? agregamos nosotros) sino sobre el hecho de que las actividades políticas apuntan caso por caso hacia la realización extremadamente concreta del verdadero bien humano y social en un contexto histórico, geográfico, económico, tecnológico y cultural bien determinado.

El razonamiento del documento se completa con la afirmación de que si el cristiano debe reconocer la legítima pluralidad de opiniones temporales, también está llamado a disentir de una concepción del pluralismo en clave de relativismo moral, nociva para la misma vida democrática, pues ésta tiene necesidad de fundamentos verdaderos y sólidos, esto es, de principios éticos que, por su naturaleza y papel fundamental de la vida social, no son negociables.

Luego, más adelante, la Nota, citando al Concilio Vaticano II, G.S. No.73, dice que la estructura democrática sobre la cual un Estado moderno pretende constituírse sería sumamente frágil si no pusiera como fundamento propio la centralidad de la persona.

El respeto de la persona es, por lo demás, lo que hace posible la participación democrática. Es justamente esta la filosofía de Juan Pablo II, la centralidad de la persona, (el ?volver a la persona? como titula el eminente joven profesor mexicano Rodrigo Guerra, un estudio reciente), en particular tan avasallada en sus derechos en el pasado siglo XX y en el presente, no solamente por el comunismo marxista y por el nazismo sino también por el materialismo capitalista.

Sobre la enseñanza del accionar de los cristianos, el documento vaticano establece que los fieles están obligados a confrontarse siempre para tener la certeza de que la propia participación en la vida política esté caracterizada por una coherente responsabilidad hacia las realidades temporales.

Y por ello no habrán de colaborar con ningún proyecto de ley que legalice el aborto, la eutanasia, el matrimonio homosexual y otros por atentar gravemente contra la dignidad de la persona humana, creada a imagen y semejanza de Dios.

Menciona asimismo el derecho a la libertad religiosa y a que el desarrollo de la economía esté al servicio de la persona y del bien común, en el respeto a la justicia social, el principio de la solidaridad humana y de subsidiariedad (que el Estado no realice tareas que pueden ejercer mejor los grupos intermedios o las personas).



IV) LAICISMO Y PLURALISMO.
El documento es diáfano en cuanto a que ningún fiel puede apelar al principio del pluralismo y autonomía de los laicos en política para favorecer soluciones que comprometan o menoscaben la salvaguardia de las exigencias éticas fundamentales para el bien común de la sociedad.

No se trata en sí de valores confesionales ?afirma- pues tales exigencias éticas están radicadas en el ser humano y pertenecen a la ley moral natural, aunque naturalmente no se puede negar que la política debe hacer también referencia a principios dotados de valor absoluto, precisamente porque están al servicio de la dignidad de la persona y del verdadero progreso humano.

Asimismo la Nota doctrinal aclara que para la Iglesia la ?laicidad? en el accionar del fiel laico en las realidades temporales debe entenderse como autonomía de la esfera civil y política de la esfera religiosa y eclesiástica, nunca de la esfera moral.

El Magisterio de la Iglesia con su accionar sólo pretende iluminar la conciencia de los fieles y naturalmente esto no supone ejercer ningún poder político ni eliminar la libertad de opinión de los católicos sobre cuestiones contingentes.

Lo que se afirma en forma indubitable es que no puede existir en la vida del fiel laico una dicotomía entre su vida eclesial y espiritual con sus compromisos seculares en la política, la economía, la sociedad, el mundo profesional y familiar, etc.

Muy gráficamente afirma el sarmiento arraigado en la vid que es Cristo, da fruto en cada sector de la acción y de la existencia. Y agrega que sería un error confundir la justa autonomía que los católicos deben asumir en política, con la reivindicación de un principio que prescinda de la enseñanza moral y social de la Iglesia.


V) LIBERTAD DE CONCIENCIA.
Finalmente, en cuanto al tema de la libertad de conciencia, el documento recuerda que el derecho a la libertad de conciencia, y en especial a la libertad religiosa, proclamada por la Declaración ?Dignitatis humanae? del Concilio Vaticano II, se basa en la dignidad ontológica de la persona humana y de ningún modo en una inexistente igualdad entre las religiones y los sistemas culturales.

El Papa Pablo VI afirmó que el Concilio de ningún modo funda este derecho a la libertad religiosa sobre el supuesto hecho de que todas las religiones y todas las doctrinas, incluso erróneas, tendrían un valor más o menos igual; lo funda, en cambio, sobre la dignidad de la persona humana, la cual exige no ser sometida a contradicciones externas, que tienden a oprimir la conciencia en la búsqueda de la verdadera religión y en adhesión a ella.


VI) CONCLUSIÓN.
Concluye el documento con dos afirmaciones preclaras. ?Se equivocan los cristianos que, pretextando que no tenemos aquí ciudad permanente, pues, buscamos la futura, consideran que pueden descuidar las tareas temporales, sin darse cuenta que la propia fe es un motivo que les obliga al más perfecto cumplimiento de todas ellas, según su vocación personal?.

Y termina diciendo ?alégrense los fieles cristianos de poder ejercer todas sus actividades temporales haciendo una síntesis vital del esfuerzo humano, familiar, profesional, científico o técnico, con los valores religiosos, bajo cuya altísima jerarquía todo coopera a la gloria de Dios?.

Se trata, pues, de un rico documento de ineludible lectura para quien desee iluminar su recta razón, que en pocas páginas brinda una guía clara para el accionar del cristiano laico en los ámbitos temporales a fin que el mismo se encamine a la promoción del bien común. Pensemos su utilidad en particular para los cristianos de nuestros países latinoamericanos, el continente de la esperanza como lo ha definido el Santo Padre, asediado por la injusticia y la violencia, aunque a la vez, asentado indudablemente sobre una cultura católica.

Asimismo la Santa Sede está anunciando como de inminente aparición un Compendio de Doctrina Social de la Iglesia que habrá de producir ricos frutos al servicio del Reino.







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