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El ministerio de los obispos dentro de la comunión

Propia y excelsa comunión del Pueblo de Dios

5. - La comunión orgánica entre los diversos miembros de la Iglesia, de tal manera es fruto de un mismo Espíritu Santo que presupone necesariamente la iniciativa histórica de Jesucristo y su éxodo pascual. Precisamente porque el Espíritu Santo es el Espíritu del Señor: Jesucristo, ensalzado a la derecha de Dios (Act. 2, 33) ha derramado sobre sus discípulos el Espíritu prometido por el Padre (LG 5). Si el Espíritu es como el alma del Cuerpo (cfr. LG 7) Cristo es en realidad su Cabeza (LG 7); así que de ambos promana la orgánica cohesión de los miembros (cfr. 1 Cor. 12-13; Col. 2, 19). Por lo mismo no puede existir una verdadera docilidad al Espíritu sin fidelidad al Señor que lo envía; por Cristo, en efecto, todo el Cuerpo recibe nutrimiento y cohesión a través de las coyunturas y ligamentos y crece con el crecimiento de Dios (Col. 2, 19).

Consiguientemente la comunión orgánica de la Iglesia no es solamente espiritual, en cuanto nacida del Espíritu Santo y anterior por naturaleza a las funciones eclesiales y creadora de las mismas, sino que es simultáneamente jerárquica al derivar por impulso vital de Cristo-Cabeza. Los dones mismos infundidos por el Espíritu están ordenados por voluntad de Cristo y por su naturaleza al Cuerpo entero, en orden a vivificar sus funciones y actividad. Cristo es la Cabeza del Cuerpo, el principio, el primogénito de los muertos, para que en todo obtenga El la primacía (cfr. LG 7; Col. 1, 15-18). Así pues, la comunión orgánica de la Iglesia, tanto en su aspecto espiritual cuanto en su dimensión jerárquica, deriva conjuntamente de Cristo y de su Espíritu.

Con razón, pues, S. Pablo Apóstol ha usado con frecuencia la fórmula « en Cristo y en el Espíritu » mostrando la profunda y vital convergencia de ambas palabras (cfr. Ef. 2, 21-22 y multitud de otros pasajes).

Cristo-Cabeza presente en el ministerio episcopal

6. - El Señor mismo ha instituido en la Iglesia varios ministerios ordenados al bien de todo el Cuerpo (LG 18). Entre estos ministerios el episcopal es fundamento de todos los otros. Los Obispos, en comunión jerárquica con el Romano Pontífice, constituyen el Colegio Episcopal y de esta manera expresan en conjunto y realizan en la Iglesia-Sacramento la función de Cristo-Cabeza: en la persona de los Obispos, en efecto, rodeados de sus sacerdotes, está presente en medio de los creyentes el Señor Jesucristo, Pontífice Sumo... estando ellos en lugar del mismo Cristo, Maestro, Pastor y Pontífice, actuando en vez de El (LG 21; cfr. 27; 28; PO 1; CD 2) en nombre de Cristo-Cabeza (PO 2). Nadie fuera del Obispo desarrolla en la Iglesia una función orgánica de fecundidad (cfr. LG 18; 19), de unidad (cfr. LG 23) y de potestad espiritual (cfr. LG 22) tan fundamental que influya en toda la actividad eclesial. Pues aunque en el Pueblo de Dios existan repartidos otros muchos ministerios y tareas, sólo al Pontífice Romano y a los Obispos, como a la Cabeza en el Cuerpo, compete el ministerio de discernir y armonizar (cfr. LG 21), lo cual supone la abundancia de especiales dones del Espíritu y el carisma peculiar de ordenar las diversas funciones con íntima docilidad espiritual al único Espíritu vivificante (cfr. LG 12; 24; etc.).

Indivisibilidad del ministerio de los Obispos

7. - El Obispo, con la colaboración de los presbíteros, ejerce un servicio triple en favor de la comunidad de los fieles, a saber: enseñando, santificando, gobernando (cfr. LG 25-27; CD 12-20; PO 4-6). Pero no se trata de tres ministerios; sino que, habiendo Cristo en la nueva Ley fusionado radicalmente las tres funciones de Maestro, Liturgo y Pastor, se trata de un solo ministerio original. Por lo mismo el ministerio episcopal se ejerce indivisiblemente a través de sus diversas funciones. De modo que, aun cuando las circunstancias exijan, a veces, que uno de estos tres aspectos sea puesto especialmente de relieve, nunca deberán separarse ni deberán ser preteridos los otros dos, para que en modo alguno sufra menoscabo la íntima integridad de todo el ministerio. El Obispo, pues, no gobierna solamente, ni santifica o enseña solamente, sino que, con la asistencia de sus presbíteros, apacienta su grey enseñando, santificando, gobernando con acción única e indivisible. El Obispo, por tanto, en virtud de su propio ministerio, es responsable de modo especial del crecimiento en la santidad de todos sus fieles, en cuanto es principal dispensador de los ministerios de Dios y perfeccionador de su grey según la vocación de cada uno (cfr. CD 15); por lo tanto, también y con mayor razón, según la vocación de los Religiosos.

Misión de la Sda. Jerarquía con relación a la vida religiosa

8. - Una reflexión atenta acerca de las funciones y deberes del Romano Pontífice y de los Obispos con relación a la vida concreta de los religiosos, nos lleva al descubrimiento en modo particularmente claro y tangible de su dimensión eclesial, es decir, del indudable ligamen de la vida religiosa con la vida y santidad de la Iglesia (cfr. LG 44). Pues Dios, por medio de la sacra Jerarquía, consagra a los religiosos a su más alto servicio en el Pueblo de Dios (cfr. LG 44); y asimismo la Iglesia, por ministerio de sus Pastores, no solamente eleva con su sanción la profesión religiosa a la dignidad de estado canónico, sino que con su acción litúrgica la presenta además como estado de consagración a Dios (LG 45; cfr. SC 80; 2). Además, los Obispos en cuanto miembros del Colegio Episcopal, convienen con la voluntad del Sumo Pontífice en las siguientes funciones: regulan sabiamente la práctica de los consejos evangélicos (cfr. LG 45); aprueban auténticamente las Reglas presentadas (cfr. LG 45) de manera que sea reconocida y conferida a los Institutos la misión propia de cada uno, promoviendo en ellos la solicitud por la fundación de nuevas iglesias (AG 18; 27) y confiándoles, según las circunstancias, mandatos y servicios peculiares; procuran que los Institutos crezcan y florezcan según el espíritu de los Fundadores, protegiéndolos y vigilándolos con su autoridad (LG 45); determinan la exención de algunos Institutos de la jurisdicción de los Ordinarios de lugar en vista de la común utilidad (LG 45) de la Iglesia universal y para mejor proveer al incremento y perfeccionamiento de la vida religiosa (CD 35, 3).

Algunas consecuencias

9. - Las breves consideraciones hechas hasta aquí acerca de la comunión jerárquica en la Iglesia, proyectan luz abundante sobre la cuestión de las relaciones entre Obispos y Religiosos:

a) CabezaVicarios (cfr. LG 18; 22; 27) y colmándolos de los carismas necesarios; y nadie más tiene la potestad de ejercitar función alguna de magisterio, santificación o gobierno, si no es en participación y comunión con ellos.

b) Alma del Cuerpo de la Iglesia es llamado el Espíritu Santo; ningún miembro del Pueblo de Dios, sea cual sea el ministerio a que se dedica, posee aisladamente todos los dones, oficios y ministerios, sino que debe estar en comunión con los demás. Los diversos dones y funciones en el Pueblo de Dios convergen y se complementan recíprocamente en una única comunión y misión.

c) Los Obispos, en unión con el Romano Pontífice, reciben de Cristo-Cabeza la misión de discernir los dones y las atribuciones, de coordinar las múltiples energías y de guiar todo el Pueblo a vivir en el mundo como signo e instrumento de salvación. Por lo tanto también a ellos ha sido confiado el cuidado de los carismas religiosos; tanto más al ser, en virtud de su indivisible ministerio pastoral, perfeccionadores de toda su grey. Y por lo mismo, al promover la vida religiosa y protegerla según sus propias notas características, los Obispos cumplen su propia misión pastoral.

d) Todos los Pastores, no echando en olvido la admonición apostólica de estar entre los fieles a ellos confiados, no en calidad de dominadores, sino haciéndose modelos de la grey (1 Pt. 5, 3), serán justamente conscientes de la primacía de la vida en el Espíritu que exige de ellos ser, a la vez, guías y miembros, verdaderos padres pero también hermanos, maestros de la fe pero, ante todo, condiscípulos ante Cristo, perfeccionadores ciertamente de sus fieles, pero también verdaderos testigos de su santificación personal.


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