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Dudas. Necesidad de los Sacramentos | tema
Autor: P. Eduardo Volpacchio | Fuente: www.algunasrespuestas.blogspot.com
¿Ayuno antes de comulgar?
Algunos piensan que la necesidad de una hora de ayuno antes de comulgar es algo que ya pasó de moda...
 
¿Ayuno antes de comulgar?
¿Ayuno antes de comulgar?


Para recibir la Sagrada Eucaristía hacen falta tres condiciones: 1) estar en gracia de Dios; 2) saber a quién se va a recibir, acercándose a comulgar con devoción; 3) y guardar una hora de ayuno antes de comulgar. Nos ocuparemos de la última para analizar si es realmente importante.

Qué dice la ley de la Iglesia

El Catecismo de la Iglesia Católica señala en el número 1387 la tercer condición para comulgar dignamente: «Para prepararse convenientemente a recibir este sacramento, los fieles deben observar el ayuno prescrito por la Iglesia (cf CIC can. 919). Por la actitud corporal (gestos, vestido) se manifiesta el respeto, la solemnidad, el gozo de ese momento en que Cristo se hace nuestro huésped».

El Código de Derecho Canónico contiene la ley de la Iglesia de rito latino (hay otro Código para los de rito oriental). El canon al que remite el Catecismo dice:

«CIC 919 #1 Quien vaya a recibir la santísima Eucaristía, ha de abstenerse de tomar cualquier alimento y bebida al menos desde una hora antes de la sagrada comunión, a excepción de agua y de medicinas.

CIC 919 #3 Las personas de edad avanzada o enfermas, y asimismo quienes las cuidan, pueden recibir la santísima Eucaristía aunque hayan tomado algo en la hora inmediatamente anterior.»

No es sólo un consejo, es mucho más. Es una disposición jurídica: “deben observar el ayuno” y “ha de abstenerse de cualquier alimento” son expresiones de obligatoriedad que prescriben que no se debe comulgar sin cumplir esta condición.

¿Pasado de moda?

Algunos piensan que la necesidad de una hora de ayuno antes de comulgar “no corre más”. Dicen que “eso era antes”, como si ya no estuviera vigente en la Iglesia. Lo ven como algo de la época de nuestras abuelas…

Sólo querría recordarles que el Código de Derecho Canónico del que hablamos no es el viejo de 1917, sino el sancionado en 1983. Y el Catecismo de la Iglesia publicado en 1992. Y que están ambos vigentes en la Iglesia. El último documento que habla del ayuno eucarístico es el Instrumentum laboris del Sínodo sobre la Eucaristía (octubre de 2005). Es decir, que la actualidad del precepto está fuera de toda duda.

¿Caben excepciones?

La ley meramente eclesiástica –ley humana de la Iglesia– no obliga cuando hay una dificultad grave. En este tema, no parece fácil imaginar un caso así, fuera de la situación de enfermedad expresamente prevista en el canon citado.

Una pregunta frecuente

No es raro oír esta pregunta: “¿cuántos minutos tiene la hora de ayuno antes de comulgar?” O, “si me faltan cinco minutos, ¿puedo comulgar?” Primero, lo obvio: en principio las horas son de 60 minutos.

Además el texto de la ley, no dice escuetamente una hora, como si pudiéramos comenzar a regatearle algunos minutos, sino “al menos una hora antes”, es decir, que apunta a que sea más de una hora. No exige que sea una hora, sino que señala un límite inferior. No olvidemos que hasta tiempos de Pío XII el ayuno regía desde el día anterior. Por esto no había entonces Misas vespertinas. En la década del 50 del siglo pasado, dicho Papa redujo el ayuno a tres horas; y, después del Concilio Vaticano II, se pasó a una hora.

Sentido del ayuno

La Iglesia no pretende limitar la Comunión –que sean menos los fieles que comulgan– sino velar por el respeto y la veneración a tan gran sacramento porque recibimos al mismo Cristo.

En el Instrumentum laboris del XI Sínodo sobre la Eucaristía (octubre de 2005), se señala que “Ha sido expresado el deseo de restituir en todos los lugares al ayuno eucarístico aquella rigurosa atención que todavía está en uso en las iglesias orientales. En efecto, el ayuno, como dominio de sí, exige el concurso de la voluntad y lleva a purificar la mente y el corazón. San Atanasio dice: «¿Quieres saber cuáles son los efectos del ayuno?... expulsa los demonios y libra de los malos pensamientos, alegra la mente y purifica el corazón». En la liturgia cuaresmal se invita a menudo a la purificación del corazón mediante el ayuno y el silencio, como recomienda San Basilio. En alguna respuesta a los Lineamenta se pregunta acerca de la oportunidad de reconsiderar la obligación de las tres horas de ayuno eucarístico.”

¿Me voy a perder de comulgar por cinco minutos?

Sí, porque nadie te obligó a comer.
En realidad nadie te prohíbe comulgar. Sencillamente no te has preparado lo suficiente: te faltan unos minutos de preparación y por respeto a la Eucaristía, no querrás ser descortés con el Señor. Es precisamente el amor a la Eucaristía lo que te lleva a no comulgar.

Comunión y obediencia

Hoy no pocas personas incumplen este precepto de la Iglesia, escudándose en que comulgar es muy importante. Sí que lo es, pero más importante es la obediencia.

Te cuento el caso del Rey Saúl. Dios le encarga que después de derrotar a los amalecitas, destruyera todo lo de este pueblo. Después de la victoria, Dios envía a Samuel a recriminarle no haber cumplido su mandato. La conversación, si no fuera trágica, resultaría divertida. Samuel le pregunta: ¿por qué no has cumplido lo que Dios te ordenó? Saúl comienza a responder que cumplió perfectamente... Samuel lo corta con una ironía: ¿Qué es entonces ese mugir de vacas, ese balar de ovejas, etc., que escucho? A lo que el rey intenta justificar, diciendo que reservó lo mejor del ganado para sacrificarlo en honor de Dios. Aparentemente, un loable proyecto. Respuesta de Dios a través de Samuel: “Vale más la obediencia que las víctimas”. De hecho, por esta desobediencia Dios rechazó a Saúl como rey, y eligió a David para que lo sustituya. Una desobediencia que tenía aparentemente una buena excusa, una desobediencia con una aparente buena intención: “prefiero la obediencia al sacrificio”.

Es mejor no comulgar obedeciendo a la Iglesia que comulgar desobedeciendo

Es imposible que sea grato a Dios que comulguemos desobedeciendo. Seguro, sin lugar a la menor duda, es más grato a Dios que no comulgues si te falta el tiempo de ayuno como expresión de respeto y obediencia, que comulgar por capricho yendo en contra de la ley de la Esposa de Cristo: ¿te acordáis del "todo lo que ates en la tierra será atado en el cielo"?

Conclusión: tiene más mérito delante de Dios (es decir, es más valioso) el acto de obediencia consistente en dejar de comulgar para obedecer a la Iglesia, que comulgar desobedeciendo (si es que esto tuviera algún mérito y no fuera una falta...).

¿Se puede dispensar?

Algunos fieles pretenden que el sacerdote, les autorice a Comulgar sin el debido tiempo de ayuno. Debemos decir que no corresponde, ya que el sacerdote no tiene potestad para dispensar de una ley eclesiástica: no puede hacerlo, y, si lo hiciera, el permiso sería nulo (como si yo te diera permiso para casarte siendo menor de edad: no tengo este poder; si diera el permiso, sería falso, inválido, nulo).

Motivos pastorales y prácticos

Además de los motivos jurídicos, morales y de méritos para no comulgar sin el ayuno correspondiente, también hay un motivo práctico: quien deja de comulgar por que "no le dio el tiempo", calculará mejor la próxima vez y se preparará con más delicadeza a comulgar. No le sucederá más, ya que estará más atento.
Quien comulga sin el tiempo debido, cada vez será más laxo en su cálculo… e irá estirando el tiempo… Y vivirá en el "filo de la navaja".

La Eucaristía merece respeto.

Hemos de hacer bien las cosas buenas. No ser chantas para hacer el bien. Alguno podría pensar “da igual”, “cómo te vas a hacer problema por unos minutitos?”, “no seas exagerado”. No, no da igual. Es respeto. Es delicadeza. Muestra cuanto valoras el Sacramento. Comulgar no es cualquier cosa. Es lo más grande que podemos hacer en esta vida.

La liturgia hace rezar al sacerdote antes de recibir la Comunión en la Santa Misa una oración con un pedido singular: que esa Comunión “no sea para mí motivo de juicio y condenación”. Por algo lo pide, y el que lo pide es el sacerdote, y lo pide para sí mismo.

Si no comulgas un día por no llegar al ayuno mínimo requerido de una hora, no pasa nada. No es pecado, no es una falta de respeto, no es una falta de interés. No es obligación comulgar y, por lo mismo, no es falta no hacerlo. Si tenéis tantas ganas de comulgar, ofrece a Dios el no poder hacerlo; has una Comunión espiritual. Y cumplí con lo que está mandado para custodiar la dignidad de este sacramento.

Es absurdo cometer un pecado por comulgar sin las debidas disposiciones, sin ninguna necesidad de hacerlo

Déjame que lo repita: dejar de comulgar no es pecado. Desobedecer la ley eclesiástica sí lo es. Obedecer la ley de la Iglesia es meritorio. Cometer un pecado intentando hacer algo bueno es totalmente ridículo.


P. Eduardo Volpacchio

Preguntas y comentarios al autor de este artículo.

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