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Autor: P. Eduardo María Volpacchio | Fuente: www.algunasrespuestas.blogspot.com Cómo elegir padrinos
Al presentarse el Bautismo y la Confirmación, nos encontramos con la necesidad de elegir padrinos/madrinas. ¿A quién elegir? ¿Qué condiciones tendría que reunir el candidato/a?
Cómo elegir padrinos
Función de los padrinos
Normalmente se los suele elegir por
cuestiones de amistad, simpatía, reciprocidad (alguien elegido como padrino del
hijo de un amigo, se siente obligado a retribuir nombrándolo
padrino de un hijo) u otros motivos sociales. Todos estos
motivos son válidos, siempre y cuando la persona tenga las
condiciones que le permitan cumplir su tarea de padrino. No
olvidemos que esta elección no es un premio, ni una
distinción, ni un honor, sino una responsabilidad, para la cual
hay que ser idóneo. Obviamente los lazos afectivos son importantes
y ayudan a cumplir esta misión, pero deben ir acompañados
por otros requerimientos. Para comenzar habría que ver qué función cumple
un padrino/madrina, ya que si queremos que cumpla bien su
función, tendrá que tener las condiciones necesarias para ser capaz
de llevarla adelante.
Los dos textos del Magisterio de la Iglesia
que constituyen la referencia obligada son el Catecismo de la
Iglesia Católica y el Código de Derecho Canónico.
El Catecismo de
la Iglesia dedica dos números: “Para que la gracia bautismal
pueda desarrollarse es importante la ayuda de los padres. Ese
es también el papel del padrino o de la madrina,
que deben ser creyentes sólidos, capaces y prestos a ayudar
al nuevo bautizado, niño o adulto, en su camino de
la vida cristiana. Su tarea es una verdadera función eclesial”
(n. 1255).
“Para la Confirmación, como para el Bautismo, conviene que
los candidatos busquen la ayuda espiritual de un padrino o
de una madrina. Conviene que sea el mismo que para
el Bautismo a fin de subrayar la unidad entre los
dos sacramentos” (n. 1311).
Las condiciones exigidas por el Código de
Derecho Canónico: - "En la medida de lo posible, a quien
va a recibir el bautismo se le ha de dar
un padrino, cuya función es asistir en su iniciación cristiana
al adulto que se bautiza, y, juntamente con los padres,
presentar al niño que va a recibir el bautismo y
procurar que después lleve una vida cristiana congruente con el
bautismo y cumpla fielmente las obligaciones inherentes al mismo". (872) -
"Téngase un solo padrino o una sola madrina, o uno
y una". (873) - "Para que alguien sea admitido como padrino,
es necesario que: 1. haya sido elegido por quien va a
bautizarse o por sus padres o por quienes ocupan su
lugar o, faltando éstos, por el párroco o ministro; y
que tenga capacidad para esta misión e intención de desempeñarla; 2.
haya cumplido dieciséis años, a no ser que el Obispo
diocesano establezca otra edad, o que, por justa causa, el
párroco o el ministro consideren admisible una excepción; 3. sea católico,
esté confirmado, haya recibido ya el santísimo sacramento de la
Eucaristía y lleve, al mismo tiempo, una vida congruente con
la fe y con la misión que va a asumir; 4.
no esté afectado por una pena canónica, legítimamente impuesta o
declarada; 5. no sea el padre o la madre de quien
se ha de bautizar” (874 § 1).
Al ocuparse de la
Confirmación señala: "En la medida de lo posible, tenga el confirmando
un padrino, a quien corresponde procurar que se comporte como
verdadero testigo de Cristo y cumpla fielmente las obligaciones inherentes
al sacramento” (892). En el canon 893 remite a las condiciones
indicadas para los padrinos de Bautismo, añadiendo que "es conveniente
que se escoja como padrino a quien asumió esa misión
en el bautismo".
Vida cristiana coherente
Como vemos estos documentos, además de
las condiciones específicas de edad y de recepción de los
Sacramentos de la Iniciación cristiana, señalan una condición general de
llevar una vida congruente con la fe. Con esto quedan
directamente excluidos como candidatos a padrinos: - quienes viven en
una situación matrimonial irregular (ya sea porque viven en concubinato
o son divorciados vueltos a casar), - quienes han incurrido
en penas canónicas, o que han apostatado de la fe
(adhiriendo a cultos de otras confesiones religiosas), etc. E indirectamente
quedan excluidos quienes no practican la fe. En efecto, una
persona que no va a Misa los domingos, o que
no se confiesa ni comulga, difícilmente pueda ser una ayuda
espiritual en el camino hacia la madurez cristiana. Sería como
contratar como maestro a una persona que a penas sabe
leer y escribir. Resulta obvio que no puede ponerse como
ejemplo y modelo de la vida cristiana a quien no
la vive con coherencia. Difícilmente pueda ayudar a recorrer el
camino cristiano, quien haya decidido libremente no recorrerlo él mismo.
Por eso el Catecismo señala que los padrinos deben ser
"deben ser creyentes sólidos", y "capaces y prestos a ayudar
al nuevo bautizado, niño o adulto, en su camino de
la vida cristiana". Cualquier cristiano practicante, coherente con su fe, puede
ser padrino/madrina. No hacen falta otros requisitos especiales.
Estado de gracia
Aun
que no es un requisito requerido por la Iglesia, se
desprende de la función que cumple: es casi una cuestión
de coherencia personal. Acudir en estado de pecado a asumir
la responsabilidad de ayudar en la vida cristiana a alguien,
sería algo realmente extraño: constituiría un contrasentido.
En el caso de
la Confirmación se añadiría el hecho de que si el
padrino careciera del estado de gracia, no estaría en condiciones
de recibir la Eucaristía. Se daría así la “curiosidad” de
que no podría acompañar a su ahijado en la Comunión.
La tarea de los padrinos es una verdadera función eclesial.
La Iglesia les da un encargo, una tarea. Con la
consiguiente responsabilidad: Dios pedirá cuenta a los padrinos de cómo
han cumplido su tarea, y también los premiará especialmente por
lo que hayan hecho por sus ahijados.
Cómo cumplen su función
Fundamentalmente
de cuatro formas: 1. Oración. Siendo una tarea espiritual, la primera
ayuda que brindan a sus ahijados es la oración. Deben
rezar por ellos con frecuencia, para conseguirles la gracia necesaria
para su vida cristiana. 2. Buen ejemplo 3. Orientación: enseñando, acompañando,
corrigiendo, aconsejando. 4. Suplencia. En ausencia de los padres (porque no
estuvieran presentes, o porque no se ocuparan) debe velar por
la formación cristiana de sus ahijados, su práctica religiosa, etc.
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