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Autor: Zenit.org | Fuente: Zenit.org Motu proprio de Benedicto XVI "Ecclesiae unitatem"
Publicamos la carta apostólica de Benedicto XVI, en forma de "motu proprio", "Ecclesiae unitatem" a propósito de la Comisión Pontificia "Ecclesia Dei".
Motu proprio de Benedicto XVI "Ecclesiae unitatem"
A propósito de la Comisión Pontificia "Ecclesia Dei"
CIUDAD DEL VATICANO,
miércoles 8 de julio de 2009
MOTU PROPRIO DATAE BENEDICTUS PP.
XVI
1. La tarea de custodiar la unidad de la Iglesia,
con la solicitud de ofrecer a todos las ayudas para
responder de manera oportuna a su vocación y gracia divina,
corresponde de modo particular al sucesor del apóstol Pedro, quien
es el perpetuo y visible principio y fundamento de la
unidad, tanto de los obispos como de los fieles (Constitución
dogmática del Concilio Ecuménico Vaticano II sobre la Iglesia "Lumen
Gentium", 23; Constitución dogmática del Concilio Ecuménico Vaticano I sobre
la Iglesia de Cristo "Pastor aeternus", cap. 3). La prioridad
suprema y fundamental de la Iglesia, en todo tiempo, de
llevar a los hombres hacia el encuentro con Dios debe
ser favorecida por el compromiso de llegar al testimonio común
de fe de todos los cristianos.
2.En fidelidad a este
mandato, tras el acto con el que el arzobispo Marcel
Lefebvre, el 30 de junio de 1988, confirió ilícitamente la
ordenación episcopal a cuatro sacerdotes, el Papa Juan Pablo II,
de venerada memoria, instituyó el 2 de julio de 1988
la Comisión Pontificia "Ecclesia Dei" "con la tarea de colaborar
con los obispos, con los dicasterios de la Curia Romana
y con los ambientes interesados, para facilitar la plena comunión
eclesial de los sacerdotes, seminaristas, comunidades, religiosos o religiosas, que
hasta ahora estaban ligados de distintas formas a la Fraternidad
fundada por le arzobispo Lefebvre y que deseen permanecer unidos
al sucesor de Pedro en la Iglesia católica, conservando sus
tradiciones espirituales y litúrgicas, según el protocolo firmado el pasado
5 de mayo por el cardenal Ratzinger y por el
arzobispo Lefebvre" (Cf. Juan Pablo II, "motu proprio" "Ecclesia Dei",
2 de julio de 1988).
3. En esta línea, adhiriendo fielmente
a la misma tarea de servir a la comunión universal
de la Iglesia, también en su manifestación visible y realizando
todo esfuerzo para que a todos aquéllos que tienen verdaderamente
el deseo de la unidad les sea posible permanecer en
ella o volver a encontrarla, he querido ampliar y actualizar,
con el "motu proprio" "Summorum Pontificum", la indicación general ya
contenida en el "motu proprio" "Ecclesia Dei", sobre la posibilidad
de utilizar el "Missale Romanum" de 1962, con normas más
precisas y detalladas (Cf. Benedicto XVI, "Summorum Pontificum", 7 de
julio de 2007).
4. Con el mismo espíritu y con el
mismo empeño por favorecer la superación de toda fractura y
división en la Iglesia y de curar una herida experimentada
de una manera cada vez más dolorosa en el tejido
eclesial, he querido levantar la excomunión a los cuatro obispos
ordenados ilícitamente por monseñor Lefebvre. Con esta decisión, he querido
quitar un impedimento que podía prejuzgar la apertura de una
puerta al diálogo e invitar de este modo a los
obispos y a la Fraternidad de San Pío X a
volver a encontrar el camino hacia la comunión plena con
la Iglesia. Como he explicado en la carta a los
obispos católicos del 10 de marzo pasado, la remisión de
la excomunión ha sido una medida en el ámbito de
la disciplina eclesiástica para liberar a las personas del peso
de conciencia representado por la censura eclesiástica más grave. Pero
las cuestiones doctrinales obviamente permanecen y, hasta que no se
aclaren, la Fraternidad no tendrá un estatuto canónico en la
Iglesia y sus ministros no podrán ejercer legítimamente ningún ministerio.
5. Precisamente porque los problemas que ahora deben ser tratados
con la Fraternidad son de naturaleza esencialmente doctrinal, he decidido,
después de 21 años del motu proprio "Ecclesia Dei", y
según la facultad que me había reservado (Cf. "Summorum Pontificum",
artículo 11), replantear la estructura de la Comisión "Ecclesia Dei",
uniéndola de manera estrecha a la Congregación para la Doctrina
de la Fe.
6. Por tanto, la Comisión Pontificia "Ecclesia
Dei" tendrá esta configuración: a) El presidente de la Comisión
es el prefecto de la Congregación para la Doctrina de
la Fe. b) La Comisión tendrá un propio cuadro orgánico,
compuesto por el secretario y oficiales. c) Al presidente, ayudado por
el secretario, le corresponderá someter los principales casos y las
cuestiones de carácter doctrinal al estudio y discernimiento de las
instancias ordinarias de la Congregación para la Doctrina de la
Fe, así como someter los resultados a las disposiciones superiores
del Sumo Pontífice.
7. Con esta decisión he querido, en
particular, manifestar solicitud paterna a la Fraternidad de San Pío
X para volver a encontrar la comunión plena con la
Iglesia. Dirijo a todos una apremiante invitación a rezar sin
descanso al Señor, por la intercesión de la Bienaventurada Virgen
María, "ut unum sint". Dado en Roma, en San Pedro, el
2 de julio de 2009, año quinto de nuestro pontificado.
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