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| Declaración sobre el aborto |
I. Introducción
1. El problema del aborto provocado y de
su eventual liberalización legal ha llegado a ser en casi
todas partes tema de discusiones apasionadas. Estos debates serían menos
graves si no se tratase de la vida humana, valor
primordial que es necesario proteger y promover. Todo el mundo
lo comprende, por más que algunos buscan razones para servir
a este objetivo, aun contra toda evidencia, incluso por medio
del mismo aborto. En efecto, no puede menos de causar
extrañeza el ver cómo crecen a la vez la protesta
indiscriminada contra la pena de muerte, contra toda forma de
guerra, y la reivindicación de liberalizar el aborto, bien sea
enteramente, bien por "indicaciones" cada vez más numerosas. La Iglesia
tiene demasiada conciencia de que es propio de su vocación
defender al hombre contra todo aquello que podría deshacerlo o
rebajarlo, como para callarse en este tema: dado que el
Hijo de Dios se ha hecho hombre, no hay hombre
que no sea su hermano en cuanto a la humanidad
y que no esté llamado a ser cristiano, a recibir
de él la salvación.
2. En muchos países los poderes
públicos que se resisten a una liberalización de las leyes
sobre el aborto son objeto de fuertes presiones para inducirlos
a ello. Esto, se dice, no violaría la conciencia de
nadie, mientras impediría a todos imponer la propia a los
demás. El pluralismo ético es reivindicado como la consecuencia normal
del pluralismo ideológico. Pero es muy diverso el uno del
otro, ya que la acción toca los intereses ajenos más
rápidamente que la simple opinión; aparte de que no se
puede invocar jamás la libertad de opinión para atentar contra
los derechos de los demás, muy especialmente contra el derecho
a la vida.
3. Numerosos seglares cristianos, especialmente médicos, pero también
asociaciones de padres y madres de familia, hombres políticos o
personalidades que ocupan puestos de responsabilidad, han reaccionado vigorosamente contra
esta campaña de opinión. Pero, sobre todo, muchas conferencias episcopales
y obispos por cuenta propia han creído oportuno recordar, sin
ambigüedades, la doctrina tradicional de la Iglesia 1. Estos documentos
cuya convergencia es impresionante ponen admirablemente de relieve la actitud
a la vez humana y cristiana del respeto a la
vida. Ha ocurrido, sin embargo, que varios de entre ellos
han encontrado aquí o allá reserva o incluso contestación.
4.
Encargada de promover y defender la fe y la moral
en la Iglesia universal 2, la Sagrada Congregación para la
Doctrina de la Fe se propone recordar estas enseñanzas, en
sus líneas esenciales, a todos los fieles. De este modo,
al poner de manifiesto la unidad de la Iglesia, confirmará
con la autoridad propia de la Santa Sede lo que
los obispos han emprendido felizmente. Ella cuenta con que todos
los fieles, incluso los que hayan quedado desconcertados con las
controversias y opiniones nuevas, comprenderán que no se trata de
oponer una opinión a otra, sino de trasmitir una enseñanza
constante del Magisterio supremo, que expone la norma de la
moralidad a la luz de la fe 3. Es, pues,
claro que esta declaración no puede por menos de obligar
gravemente a las conciencias cristianas 4. Dios quiera iluminar también
a todos los hombres que con corazón sincero tratan de
"realizar la verdad" (Jn. 3, 21).
II. A la luz
de la Fe
5. "Dios no hizo la muerte; ni se
goza en la pérdida de los vivientes" (Sab 1, 13).
Ciertamente, Dios ha creado a seres que sólo viven temporalmente
y la muerte física no puede estar ausente del mundo
de los seres corporales. Pero lo que se ha querido
sobre todo es la vida y, en el universo visible,
todo ha sido hecho con miras al hombre, imagen de
Dios y corona del mundo (Gn 1, 26-28). En el
plano humano, "por la envidia del diablo entró la muerte
en el mundo" (Sab 2, 24); introducida por el pecado,
la muerte queda vinculada a él, siendo a la vez
signo y fruto del mismo. Pero ella no podrá triunfar.
Confirmando la fe en la resurrección, el Señor proclamará en
el evangelio que "Dios no es el Dios de los
muertos, sino de los vivos" (Mt 22, 32), y que
la muerte, lo mismo que el pecado, será definitivamente vencida
por la resurrección en Cristo (1 Cor 15, 20-27). Se
comprende así que la vida humana, incluso sobre esta tierra,
es preciosa. Infundida por el Creador 5, es él mismo
quien la volverá a tomar (Gn 2, 7; Sab 15,
11). Ella permanece bajo su protección: la sangre del hombre
grita hacia él (Gn 4, 10) y él pedirá cuentas
de ella, "pues el hombre ha sido hecho a imagen
de Dios" (Gn 9, 5-6). El mandamiento de Dios es
formal: "No matarás" (Éx 20, 13). La vida al mismo
tiempo que un don es una responsabilidad: recibida como un
"talento" (Mt 25, 14-30), hay que hacerla fructificar. Para ello
se ofrecen al hombre en este mundo muchas opciones a
las que no se debe sustraer; pero más profundamente el
cristiano sabe que la vida eterna para él depende de
lo que habrá hecho de su vida en la tierra
con la gracia de Dios.
6. La tradición de la
Iglesia ha sostenido siempre que la vida humana debe ser
protegida y favorecida desde su comienzo como en las diversas
etapas de su desarrollo. Oponiéndose a las costumbres del mundo
grecorromano, la Iglesia de los primeros siglos ha insistido sobre
la distancia que separa en este punto tales costumbres de
las costumbres cristianas. En la Didaché se dice claramente: "No
matarás con el aborto al fruto del seno y no
harás perecer al niño ya nacido" 6. Atenágoras hace notar
que los cristianos consideran homicidas a las mujeres que toman
medicinas para abortar; condena a quienes matan a los hijos,
incluidos los que viven todavía en el seno de su
madre, "donde son ya objeto de solicitud por parte de
la Providencia divina" 7. Tertuliano quizá no ha mantenido siempre
el mismo lenguaje; pero no deja de afirmar con la
misma claridad el principio esencial: "es un homicidio anticipado el
impedir el nacimiento; poco importa que se suprima la vida
ya nacida o que se la haga desaparecer al nacer.
Es ya un hombre aquel que está en camino de
serlo" 8.
7. A lo largo de toda la historia,
los Padres de la Iglesia, sus pastores, sus doctores, han
enseñado la misma doctrina, sin que las diversas opiniones acerca
del momento de la infusión del alma espiritual hayan suscitado
duda sobre la ilegitimidad del aborto. Es verdad que, cuando
en la Edad Media era general la opinión de que
el alma espiritual no estaba presente sino después de las
primeras semanas, se hizo distinción en cuanto a la especie
del pecado y a la gravedad de las sanciones penales;
autores dignos de consideración admitieron, para este primer período, soluciones
casuísticas más amplias, que rechazaban para los períodos siguientes. Pero
nunca se negó entonces que el aborto provocado, incluso en
los primeros días, fuera objetivamente una falta grave. Esta condena
fue de hecho unánime. Entre muchos documentos baste recordar algunos.
El primer Concilio de Maguncia (Alemania), en el año 847,
reafirma las penas decretadas por concilios anteriores contra el aborto
y determina que sea impuesta la penitencia más rigurosa "a
las mujeres que provoquen la eliminación del fruto concebido en
su seno" 9. El Decreto de Graciano refiere estas palabras
del papa Esteban V: "Es homicida quien hace perecer, por
medio del aborto, lo que había sido concebido" 10. Santo
Tomás, Doctor común de la Iglesia, enseña que el aborto
es un pecado grave, contrario a la ley natural 11.
En la época del Renacimiento, el papa Sixto V condena
al aborto con la mayor severidad 12. Un siglo más
tarde, Inocencio XI reprueba las proposiciones de ciertos canonistas laxistas
que pretendían disculpar el aborto provocado antes del momento en
que algunos colocaban la animación espiritual del nuevo ser 13.
En nuestros días, los últimos pontífices romanos han proclamado con
la máxima claridad la misma doctrina: Pío XII ha dado
una respuesta explícita a las objeciones más graves 14; Pío
XI ha excluido claramente todo aborto directo, es decir, aquel
que se realiza como fin o como medio 15; Juan
XXIII ha recordado la doctrina de los Padres acerca del
carácter sagrado de la vida, "la cual desde su comienzo
exige la acción creadora de Dios" 16. Más recientemente, el
Concilio Vaticano II, presidido por Pablo VI, ha condenado muy
severamente el aborto: "La vida desde su concepción debe ser
salvaguardada con el máximo cuidado; el aborto y el infanticidio
son crímenes abominables" 17. El mismo Pablo VI, hablando de
este tema en diversas ocasiones, no ha vacilado en repetir
que esta enseñanza de la Iglesia "no ha cambiado ya
que es inmutable" 18.
III También a la luz de
la razón
8. El respeto a la vida humana no es
algo que se impone a los cristianos solamente; basta la
razón para exigirlo, basándose en el análisis de lo que
es y debe ser una persona. Constituido por una naturaleza
racional, el hombre es un sujeto personal, capaz de reflexionar
por sí mismo, de decidir acerca de sus actos y,
por tanto, de su propio destino. Es libre; por consiguiente
es dueño de sí mismo, o mejor, puesto que se
realiza en el tiempo, tiene capacidad para serlo, ésa es
su tarea. Creada inmediatamente por Dios, su alma es espiritual
y, por ende, inmortal. Está abierto a Dios y solamente
en él encontrará su realización completa. Pero vive en la
comunidad de sus semejantes, se enriquece en la comunión interpersonal
con ellos, dentro del indispensable medio ambiente social. De cara
a la sociedad y a los demás hombres, cada persona
humana se posee a sí misma, posee su vida, sus
diversos bienes, a manera de derecho; esto lo exige de
todos, en relación con ella, la estricta justicia.
9. Sin embargo,
la vida temporal vivida en este mundo no se identifica
con la persona; ésta tiene en propiedad un nivel de
vida más profundo que no puede acabarse. La vida corporal
es un bien fundamental, condición para todos los demás aquí
abajo; pero existen valores más altos, por los cuales podrá
ser lícito y aun necesario exponerse al peligro de perderlas.
En una sociedad de personas, el bien común es para
cada persona un fin al que ella debe servir, al
que sabrá subordinar su interés particular. Pero no es su
fin último; en este sentido es la sociedad la que
está al servicio de la persona, porque ésta no alcanzará
su destino más que en Dios. Ella no puede ser
subordinada definitivamente sino a Dios. No se podrá tratar nunca
a un hombre como simple medio del que se dispone
para conseguir un fin más alto.
10. Sobre los derechos y
los deberes recíprocos de la persona y de la sociedad,
incumbe a la moral iluminar las conciencias; al derecho, precisar
y organizar las prestaciones. Ahora bien, hay precisamente un conjunto
de derechos que la sociedad no puede conceder porque son
anteriores a ella, pero que tiene la misión de preservar
y hacer valer: tales son la mayor parte de los
llamados hoy día "derechos del hombre", y de cuya formulación
se gloría nuestra época.
11. El primer derecho de una persona
humana es su vida. Ella tiene otros bienes y algunos
de ellos son más preciosos; pero aquél es el fundamental,
condición para todos los demás. Por esto debe ser protegido
más que ningún otro. No pertenece a la sociedad ni
a la autoridad pública, sea cual fuere su forma, reconocer
este derecho a uno y no reconocerlo a otros: toda
discriminación es inicua, ya se funde sobre la raza, ya
sobre el sexo, el color o la religión. No es
el reconocimiento por parte de otros lo que constituye este
derecho; es algo anterior; exige ser reconocido y es absolutamente
injusto rechazarlo.
12. Una discriminación fundada sobre los diversos períodos
de la vida no se justifica más que otra discriminación
cualquiera. El derecho a la vida permanece íntegro en un
anciano, por muy reducido de capacidad que esté; un enfermo
incurable no lo ha perdido. No es menos legítimo en
un niño que acaba de nacer que en un hombre
maduro. En realidad el respeto a la vida humana se
impone desde que comienza el proceso de la generación. Desde
el momento de la fecundación del óvulo, queda inaugurada una
vida que no es ni la del padre ni la
de la madre, sino la de un nuevo ser humano
que se desarrolla por sí mismo. No llegará a ser
nunca humano si no lo es ya entonces.
13. A esta
evidencia de siempre -totalmente independiente de las disputas sobre el
momento de la animación19-, la ciencia genética moderna aporta preciosas
confirmaciones. Ella ha demostrado que desde el primer instante queda
fijado el programa de lo que será este ser viviente:
un hombre, individual, con sus notas características ya bien determinadas.
Con la fecundación ha comenzado la aventura de una vida
humana, cada una de cuyas grandes capacidades exige tiempo, un
largo tiempo, para ponerse a punto y estar en condiciones
de actuar. Lo menos que se puede decir es que
la ciencia actual, en su estado más evolucionado, no da
ningún apoyo sustancial a los defensores del aborto. Por lo
demás, no es incumbencia de las ciencias biológicas dar un
juicio decisivo acerca de cuestiones propiamente filosóficas y morales, como
son la del momento en que se constituye la persona
humana y la legitimidad del aborto. Ahora bien, desde el
punto de vista moral, esto es cierto: aunque hubiese duda
sobre la cuestión de si el fruto de la concepción
es ya una persona humana, es objetivamente un pecado grave
el atreverse a afrontar el riesgo de un homicidio. "Es
ya un hombre aquel que está en camino de serlo"
20. I V Respuesta a algunas objeciones
14. La ley divina y la
ley natural excluyen, pues, todo derecho a matar directamente a
un hombre inocente. Sin embargo, si las razones aducidas para
justificar un aborto fueran claramente infundadas y faltas de peso,
el problema no sería tan dramático: su gravedad estriba en
que en algunos casos, quizá bastante numerosos, rechazando el aborto
se causa perjuicio a bienes importantes que es normal tener
en aprecio y que incluso pueden parecer prioritarios. No desconocemos
estas grandes dificultades: puede ser una cuestión grave de salud,
muchas veces de vida o muerte para la madre; a
la carga que supone un hijo más, sobre todo si
existen buenas razones para temer que será anormal o retrasado;
la importancia que se da en distintos medios sociales a
consideraciones como el honor y el deshonor, una pérdida de
categoría, etcétera. Debemos proclamar absolutamente que ninguna de estas razones
puede jamás dar objetivamente derecho para disponer de la vida
de los demás, ni siquiera en sus comienzos; y, por
lo que se refiere al futuro desdichado del niño, nadie,
ni siquiera el padre o la madre, pueden ponerse en
su lugar, aunque se halle todavía en estado de embrión,
para preferir en su nombre la muerte a la vida.
Ni él mismo, en su edad madura, tendrá jamas derecho
a escoger el suicidio; mientras no tiene edad para decidir
por sí mismo, tampoco sus padres pueden en modo alguno
elegir para él la muerte. La vida es un bien
demasiado fundamental para ponerlo en balanza con otros inconvenientes, incluso
mas graves 21 .
15. El movimiento de emancipación de la
mujer, en cuanto tiende esencialmente a liberarla de todo lo
que constituye una injusta discriminación, está perfectamente fundado 22. Queda
mucho por hacer, dentro de las diversas formas de cultura,
respecto de este punto; pero no se puede cambiar la
naturaleza, ni sustraer a la mujer, lo mismo que al
hombre, de lo que la naturaleza exige de ellos. Por
otra parte, toda libertad públicamente reconocida tiene siempre como límite
los derechos ciertos de los demás.
16. Otro tanto hay que
decir acerca de la reivindicación de la libertad sexual. Si
con esta expresión se entendiera el dominio progresivamente conquistado por
la razón y por el amor verdaderos sobre los impulsos
del instinto, sin menos precio del placer, aunque manteniéndolo en
su justo puesto -y tal sería en este campo la
única libertad auténtica-, nada habría que objetar al respecto; pero
semejante libertad se guardaría siempre de atentar contra la justicia.
Si, por el contrario, se entiende que el hombre y
la mujer son "libres" para buscar el placer sexual hasta
la saciedad, sin tener en cuenta ninguna ley ni la
orientación esencial de la vida sexual hacia sus frutos de
fecundidad 23, esta idea no tiene nada de cristiano; y
es incluso indigna del hombre. En todo caso, no da
ningún derecho a disponer de la vida del prójimo, aunque
se encuentre en estado embrionario, ni a suprimirla con el
pretexto de que es gravosa.
17. Los progresos de la ciencia
abren y abrirán cada vez más a la técnica la
posibilidad de intervenciones refinadas cuyas consecuencias pueden ser muy graves,
tanto para bien como para mal. Se trata de conquistas,
en sí mismas admirables, del espíritu humano. Pero la técnica
no podrá sustraerse del juicio de la moral, porque esta
hecha para el hombre y debe respetar sus finalidades. Así
como no hay derecho a utilizar para un fin cualquiera
la energía nuclear, tampoco existe autorización para manipular la vida
humana de la forma que sea: el progreso de la
ciencia debe estar a su servicio, para asegurar mejor el
juego de sus capacidades normales, para prevenir o curar las
enfermedades, para colaborar al mejor desarrollo del hombre. Es cierto
que la evolución de las técnicas hace cada vez más
fácil el aborto precoz; pero el juicio moral no cambia.
18.
Sabemos qué gravedad puede revestir para algunas familias y para
algunos países el problema de la regulación de nacimientos: por
eso el último Concilio, y después la encíclica Humanae vitae,
del 25 de julio de 1968, han hablado de "paternidad
responsable" 24. Lo que queremos reafirmar con fuerza, como lo
han recordado la constitución conciliar Gaudium et spes, la encíclica
Populorum progressio y otros documentos pontificios, es que jamás, bajo
ningún pretexto, puede utilizarse el aborto, ni por parte de
una familia, ni por parte de la autoridad política, como
medio legítimo para regular los nacimientos 25. La violación de
los valores morales es siempre, para el bien común, un
mal más grande que cualquier otro daño de orden económico
o demográfico.
V La moral y el derecho
19. En casi
todas partes la discusión moral va acampanada de graves debates
jurídicos. No hay país cuya legislación no prohíba y no
castigue el homicidio. Muchos, además, han precisado esta prohibición y
sus penas en el caso especial del aborto provocado. En
nuestros días, un vasto movimiento de opinión reclama una liberalización
de esta ultima prohibición. Existe ya una tendencia bastante generalizada
a querer restringir lo más posible toda legislación represiva, sobre
todo cuando la misma parece entrar en la esfera de
la vida privada. Se repite además el argumento del pluralismo:
si muchos ciudadanos, en particular los fieles a la Iglesia
católica, condenan el aborto, otros muchos lo juzgan lícito, al
menos a título de mal menor; ¿por qué imponerles el
seguir una opinión que no es la suya, sobre todo
en países en los cuales sean mayoría? Por otra parte,
allí donde todavía existen, las leyes que condenan el aborto
se revelan difíciles de aplicar: el delito ha llegado a
ser demasiado frecuente como para que pueda ser siempre castigado
y los poderes públicos encuentran a menudo más prudente cerrar
los ojos. Pero el mantener una ley que ya no
se aplica no se hace nunca sin detrimento para el
prestigio de todas las demás. Añádase que el aborto clandestino
expone a las mujeres que se resignan a recurrir a
él a los mas grandes peligros para su fecundidad y
también, con frecuencia, para su vida. Por tanto, aunque el
legislador siga considerando el aborto como un mal, ¿no puede
proponerse limitar sus estragos? 20. Estas razones, y otras mas
que se oyen de diversas partes, no son decisivas. Es
verdad que la ley civil no puede querer abarcar todo
el campo de la moral o castigar todas las faltas.
Nadie se lo exige. Con frecuencia debe tolerar lo que
en definitiva es un mal menor para evitar otro mayor.
Sin embargo, hay que tener cuenta de lo que puede
significar un cambio de legislación. Muchos tomarán como autorización lo
que quizá no es más que una renuncia a castigar.
Más aún, en el presente caso, esta renuncia hasta parece
incluir, por lo menos, que el legislador no considera ya
el aborto como un crimen contra la vida humana, toda
vez que en su legislación el homicidio sigue siendo siempre
gravemente castigado. Es verdad que la ley no está para
zanjar las opiniones o para imponer una con preferencia a
otra. Pero la vida de un niño prevalece sobre todas
las opiniones: no se puede invocar la libertad de pensamiento
para arrebatársela.
21. La función de la ley no es
la de registrar lo que se hace, sino la de
ayudar a hacerlo mejor. En todo caso, es misión del
Estado preservar los derechos de cada uno, proteger a los
más débiles. Será necesario para esto enderezar muchos entuertos. La
ley no está obligada a sancionar todo, pero no puede
ir contra otra ley más profunda y más augusta que
toda ley humana, la ley natural inscrita en el hombre
por el Creador como una norma que la razón descifra
y se esfuerza por formular, que es menester tratar de
comprender mejor, pero que siempre es malo contradecir. La ley
humana puede renunciar al castigo, pero no puede declarar honesto
lo que sea contrario al derecho natural, pues una tal
oposición basta para que una ley no sea ya ley.
22. En todo caso debe quedar bien claro que un
cristiano no puede jamás conformarse a una ley inmoral en
sí misma; tal es el caso de la ley que
admitiera en principio la licitud del aborto. Un cristiano no
puede ni participar en una campaña de opinión en favor
de semejante ley, ni darle su voto, ni colaborar en
su aplicación. Es, por ejemplo, inadmisible que médicos o enfermeros
se vean en la obligación de prestar cooperación inmediata a
los abortos y tengan que elegir entre la ley cristiana
y su situación profesional.
23. Lo que por el contrario
incumbe a la ley es procurar una reforma de la
sociedad, de las condiciones de vida en todos los ambientes,
comenzando por los menos favorecidos, para que siempre y en
todas partes sea posible una acogida digna del hombre a
toda criatura humana que viene a este mundo. Ayuda a
las familias y a las madres solteras, ayuda asegurada a
los niños, estatuto para los hijos naturales y organización razonable
de la adopción: toda una política positiva que hay que
promover para que haya siempre una alternativa concretamente posible y
honrosa para el aborto.
VI Conclusión
24. Seguir la propia conciencia obedeciendo
a la ley de Dios, no es siempre un camino
fácil; esto puede imponer sacrificios y cargas, cuyo peso no
se puede desestimar; a veces se requiere heroísmo para permanecer
fieles a sus exigencias. Debemos subrayar también, al mismo tiempo,
que la vía del verdadero desarrollo de la persona humana
pasa por esta constante fidelidad a una conciencia mantenida en
la rectitud y en la verdad, y exhortar a todos
los que poseen los medios para aligerar las cargas que
abruman aún a tantos hombres y mujeres, a tantas familias
y niños, que se encuentran en situaciones humanamente sin salida.
25. La perspectiva de un cristiano no puede limitarse al
horizonte de la vida en este mundo; él sabe que
en la vida presente se prepara otra cuya importancia es
tal, que los juicios se deben hacer sobre la base
de ella . Desde este punto de vista, no existe
aquí abajo desdicha absoluta, ni siquiera la pena tremenda de
criar a un niño deficiente. Tal es el cambio radical
anunciado por el Señor: "Bienaventurados los que lloran, porque ellos
serán consolados" (Mt 5, 5). Sería volver las espaldas al
evangelio medir la felicidad por la ausencia de penas y
miserias en este mundo.
26. Pero esto no significa que uno
pueda quedar indiferente a estas penas y a estas miserias.
Toda persona de corazón y ciertamente todo cristiano, debe estar
dispuesto a hacer lo posible para ponerles remedio. Esta es
la ley de la caridad, cuyo primer objetivo debe ser
siempre instaurar la justicia. No se puede jamás aprobar el
aborto; pero por encima de todo hay que combatir sus
causas. Esto comporta una acción política, y ello constituirá en
particular el campo de la ley. Pero es necesario, al
mismo tiempo, actuar sobre las costumbres, trabajar a favor de
todo lo que puede ayudar a las familias, a las
madres, a los niños. Ya se han logrado progresos admirables
por parte de la medicina al servicio de la vida;
puede esperarse que se harán mayores todavía, en conformidad con
la vocación del médico, que no es la de suprimir
la vida, sino la de conservarla y favorecerla al máximo.
Es de desear igualmente que se desarrollen, dentro de las
instituciones apropiadas o, en su defecto, en las suscitadas por
la generosidad y la caridad cristiana, toda clase de formas
de asistencia.
27. No se trabajará con eficacia en el campo
de las costumbres más que luchando igualmente en el campo
de las ideas. No se puede permitir que se extienda,
sin contradecirla, una manera de ver y, más aun, posiblemente
de pensar, que considera la fecundidad como una desgracia. Es
verdad que no todas las formas de civilización son igualmente
favorables a las familias numerosas; estas encuentran obstáculos mucho más
graves en una civilización industrial y urbana. También la Iglesia
ha insistido en tiempos recientes sobre la idea de paternidad
responsable, ejercicio de una verdadera prudencia humana y cristiana. Esta
prudencia no sería auténtica si no llevase consigo la generosidad;
debe ser consciente de la grandeza de una tarea que
es cooperación con el Creador para la trasmisión de la
vida que da a la comunidad humana nuevos miembros y
a la Iglesia, nuevos hijos. La Iglesia de Cristo tiene
cuidado fundamental de proteger y favorecer la vida. Ciertamente piensa
ante todo en la vida que Cristo vino a traer:
"He venido para que los hombres tengan vida y la
tengan en abundancia" (Jn 10, 10). Pero la vida proviene
de Dios en todos sus niveles, y la vida corporal
es para el hombre el comienzo indispensable. En esta vida
terrena, el pecado ha introducido, multiplicado, hecho más pesadas la
pena y la muerte, pero Jesucristo, tomando sobre si esta
carga, las ha transformado: para quien cree en él, el
sufrimiento e incluso la muerte, se convierten en instrumentos de
resurrección. Por eso puede decir san Pablo: "Considero que los
sufrimientos del tiempo presente no guardan proporción con la gloria
que se debe manifestar en nosotros" (Rom 8, 18) y,
si hacemos la comparación, añadiremos con él: "nuestras tribulaciones, leves
y pasajeras, nos producen eterno caudal de gloria, de una
medida que sobrepasa toda medida" (2 Cor 4, 17).
El sumo
pontífice Pablo VI, en la audiencia concedida al infrascrito secretario
de la Sagrada Congregación para la Doctrina de la Fe,
el día 25 de junio de 1974, ratificó, confirmó y
mandó que se publicara la presente declaración sobre el aborto
provocado.
Dado en Roma, en la sede de la Sagrada Congregación
para la Doctrina de la Fe, el 18 de noviembre,
dedicación de las basílicas de los Santos Apóstoles Pedro y
Pablo, en el año del Señor de 1974. Cardenal Franjo SEPER,
Prefecto Jerôme HAMER, arzobispo titular de Lorium, Secretario.
1 Un cierto número
de documentos episcopales puede encontrarse en G. CAPRILE, Non uccidere.
"Il Magistero della Chiesa" sull-aborto. Parte II, pp. 47-300, Roma,
1973.
2 Regimini Ecclesiare universae, III, 29. Cf. ib 31
(AAS 59, 1967, p. 897). Ella es competente en todas
las cuestiones que se refieren a la fe o que
están vinculadas con la fe.
3 Lumen gentium, 12 (AAS 57,
1965, pp. 16-17). La presente declaración no trata todas las
cuestiones que pueden plantearse con respecto al tema del aborto:
corresponde a los teólogos examinarlas y discutirlas. La declaración recuerda
solamente algunos principios fundamentales que deben ser para los mismos
teólogos una luz y una regla, y para todos los
cristianos, la confirmación de proposiciones de la doctrina católica.
4 Lumen
gentium, 25 (AAS 57, 1965, pp. 29-31).
5 Los autores
sagrados no hacen consideraciones filosóficas acerca de la animación, pero
hablan del período de la vida que precede al nacimiento
indicando que es objeto de la atención de Dios: él
crea y forma al ser humano, modelándolo con sus manos
(cf. Sal 118, 73). Parece que este tema se halla
expresado por vez primera en Jer 1, 5. Se lo
encontrará en muchos otros textos. cf. Is 49, 13; 46,
3; Job 10, 8-12; Sal 22, 10; 71, 6; 139,
13. En el evangelio, leemos en San Lucas 1, 44:
"Porque apenas sonó la voz de tu salutación en mis
oídos ha saltado de gozo el niño en mi seno".
6
Didaché Apostolorum, ed. Funk, Patres Apostolici, V. 2. La Carta
de Bernabé, 19, 5, utiliza las mismas expresiones (Funk, 1.
c. 91-93).
7 ATENÁGORAS, En defensa de los cristianos, 35 (PG
6, 970: Sources Chrétiennes, 33, pp. 166-167). Se tenga en
cuenta la Carta de Diogneto V, 6 (Funk, o.c. I,
399: S. C. 33), en el cual se dice de
los cristianos: "Ellos procrean niños, pero no abandonan fetos".
8 TERTULIANO,
Apologeticum, IX, 8 (PL I, 371-372; Corp. Chris. I, p.
103, 1, 31-36).
9 CANON 21 (Mansi 14, p. 909).
Cf. el Concilio de Elvira, canon 63 (Mansi 2, p.
16) y el de Ancira, canon 21 (ib., 519). Véase
también el decreto de Gregorio III relativo a la penitencia
que se ha de imponer a aquellos que se hacen
culpables de este crimen (Mansi 12, 292, c. 17).
10
GRACIANO, Concordantia discordantim canonum, c. 20, C. 2, q. 2.
Durante la Edad media se recurre frecuentemente a la autoridad
de San Agustín, que escribe a este respecto en De
nupcüs et concupiscentia, c. 15: "A veces esta crueldad libidinosa
o esta libido cruel llegan hasta procurarse venenos para causar
la esterilidad. Si el resultado no se obtiene, la madre
extingue la vida y expulsa el feto que estaba en
sus entrañas, de tal manera, que el niño perezca antes
de haber vivido o, si ya vivía en el seno
materno, muera antes de nacer" (PL 44, 423-424: CSEL 33,
619. Cf. el Decreto de Graciano, q. 2, C. 32,
c. 7).
11 Comentario sobre las Sentencias, libro IV, dist. 31,
exposición del texto.
12 Constitución Effrenata en 1588 (Bullarium Romanum, V,
1. pp. 25-27; Fontes Iuris Canonici, I, n. 165, pp.
308- 311).
13 Denz. Sch. 1184. Cf. también la Constitución Apostolicae
Sedis de Pío IX (Acta Pío IX, V, 55-72; AAS
5, 1869, pp. 305-331; Fontes Iuris canonicis, III, n. 552,
pp. 24-31).
14 Encíclica Casti connubii, AAS 22, 1930, 562-565;
Denz. Sch. 3719-21.
15 Las declaraciones de PÍO XII son expresas,
precisas y numerosas; requerirían por sí solas un estudio aparte.
Citemos solamente, porque formula el principio en toda su universalidad,
el discurso a la Unión Médica Italiana San Lucas, del
12-IX-44: "Mientras un hombre no sea culpable, su vida es
intocable, y es por tanto ilícito cualquier acto que tienda
directamente a destruirla, bien sea que tal destrucción se busque
como fin, bien sea que se busque como medio para
un fin, ya se trate de vida embrionaria, ya de
vida camino de su total desarrollo o que haya llegado
ya a su término" (Discorsi e radiomessaggi, VI, 183 ss.)
16Encíclica
Mater et Magistra, (AAS 53, 1961, 447).
17 Gaudium et
spes, II. c. 1, n. 51. cf. n. 27, (AAS
58, 1966, 1072; cf. 1047).<
18 Alocución: Salutiamo con paterna efusione,
del 9 de diciembre de 1972, 737. Entre los testimonios
de esta doctrina inmutable, recuérdese la declaración del santo Oficio
que condena el aborto directo (AAS 17, 1884, 556; 22,
1888-1890, 748; DS 3258).
19 Esta declaración deja expresamente a
un lado la cuestión del momento de la infusión del
alma espiritual. No hay sobre este punto una tradición unánime,
y los autores están todavía divididos. Para unos, esto sucedería
en el primer instante; para otros, podría ser anterior a
la anidación. No corresponde a la ciencia dilucidarlas, pues la
existencia de un alma inmortal no entra dentro de su
campo. Se trata de una discusión filosófica de la que
nuestra razón moral es independiente por dos motivos: 1. Aún
suponiendo una animación tardía, existe ya una vida humana, que
prepara y reclama el alma en la que se completa
la naturaleza recibida de los padres; 2. Por otra parte,
es suficiente que esta presencia del alma sea probable (y
jamás se demostrará lo contrario) para que arrebatarle la vida
sea aceptar el riesgo de matar a un hombre, no
solamente en expectativa, sino ya provisto de su alma.
20 Tertuliano,
citado en nota 8.
21 El cardenal Villot, secretario de
Estado, escribía el 10-X-73 al cardenal Döpfner a propósito de
la protección de la vida humana: "La Iglesia, sin embargo,
no puede reconocer como lícitos, a fin de superar tales
difíciles situaciones, ni los medios anticonceptivos ni, todavía menos, el
aborto".
22 Encíclica Pacem in terris, AAS 55, 1963, 267. Cons.
Gaudium et spes, 29. PABLO VI, alocución Salutiamo, AAS 64,
1972, 779.
23 Gaudium et spes, II, c. i. 48: "Por
su índole natural, la institución del matrimonio y el amor
conyugal están ordenados por sí mismos a la procreación y
a la educación de la prole, con la que se
ciñen como con su propia corona". Asimismo, n. 50: "El
matrimonio y el amor conyugal están ordenados por su propia
naturaleza a la procreación y a la educación de la
prole".
24 Gaudium et spes, 50 y 51. PABLO VI,
encíclica Humanae vitae, 10 (AAS 60), 1968, p. 487). La
paternidad responsable supone el uso exclusivo de medios lícitos de
regulación de nacimientos. cf. Humanae vitae, 14 (ib., p. 490).
25
Gaudium et spes, 87. PABLO VI, encíclica Populorum progressio,
31; alocución a las Naciones Unidas, AAS 1965, 883, JUAN
XXIII, Mater et magistra, AAS 53, 1961, pp. 445-448).
26 El
cardenal Villot, secretario de estado, escribía al Congreso Mundial de
los médicos Católicos, clausurado en Barcelona el 26 de mayo
de 1974: "Por lo que a la vida humana se
refiere, ésta no es ciertamente unívoca: más bien se podría
decir que es un haz de vidas. No se pueden
reducir, sin mutilarlas gravemente, las zonas de su ser, que,
en su estrecha dependencia e interacción están ordenadas las unas
a las otras: zona corporal, zona afectiva, zona mental, y
ese trasfondo del alma donde la vida divina, recibida por
la gracia, puede desplegarse mediante los dones del Espíritu Santo". |
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