|
Ante el conocimiento de un próximo debate legislativo sobre proyectos
de ley de matrimonio homosexual, la Comisión Ejecutiva de la
Conferencia Episcopal Argentina, dijo que “afirmar la heterosexualidad como requisito
para el matrimonio no es discriminar, sino partir de una
nota objetiva que es su presupuesto. Lo contrario sería desconocer
su esencia, es decir, aquello que es”. “En el matrimonio
se encuentran y realizan tanto las personas en su libertad,
como el origen y el cuidado de la vida. Esto
no debe ser considerado como un límite que descalifica, sino
como la exigencia de una realidad que por su misma
índole natural y significado social, debe ser tutelada jurídicamente. Estamos
ante una realidad que antecede al derecho positivo y, por
lo mismo, es para él fuente normativa en lo sustancial”,
subrayó en un comunicado.
La heterosexualidad como requisito para el matrimonio
no es discriminar
Ante el conocimiento de un próximo debate
legislativo sobre proyectos de ley de matrimonio homosexual, la Comisión
Ejecutiva de la Conferencia Episcopal Argentina, dijo que “afirmar la
heterosexualidad como requisito para el matrimonio no es discriminar, sino
partir de una nota objetiva que es su presupuesto. Lo
contrario sería desconocer su esencia, es decir, aquello que es”.
“El matrimonio como relación estable entre el hombre y
la mujer, que en su diversidad se complementan para la
transmisión y cuidado de la vida, es un bien que
hace tanto al desarrollo de las personas como de la
sociedad. No estamos ante un hecho privado o una opción
religiosa, sino ante una realidad que tiene su raíz en
la misma naturaleza del hombre, que es varón y mujer”,
subrayó en un comunicado.
Tras indicar que “este hecho,
en su diversidad y reciprocidad, se convierte, incluso, en el
fundamento de una sana y necesaria educación sexual”, advirtió que
“no sería posible educar la sexualidad de un niño o
de una niña, sin una idea clara del significado o
lenguaje sexual de su cuerpo”.
El Episcopado señaló que
“estos aspectos que se refieren a la diversidad sexual como
al nacimiento de la vida, siempre fueron tenidos en cuenta
como fuente legislativa a la hora de definir la esencia
y finalidad del matrimonio. En el matrimonio se encuentran y
realizan tanto las personas en su libertad, como el origen
y el cuidado de la vida”.
“Esto no debe
ser considerado como un límite que descalifica, sino como la
exigencia de una realidad que por su misma índole natural
y significado social, debe ser tutelada jurídicamente. Estamos ante una
realidad que antecede al derecho positivo y, por lo mismo,
es para él fuente normativa en lo sustancial”, aseveró.
Texto
completo de la declaración
Ante el conocimiento de un próximo
debate legislativo sobre proyectos de ley de matrimonio homosexual, la
Comisión Ejecutiva de la Conferencia Episcopal Argentina manifiesta al respecto:
El matrimonio como relación estable entre el hombre y
la mujer, que en su diversidad se complementan para la
transmisión y cuidado de la vida, es un bien que
hace tanto al desarrollo de las personas como de la
sociedad. No estamos ante un hecho privado o una opción
religiosa, sino ante una realidad que tiene su raíz en
la misma naturaleza del hombre, que es varón y mujer.
Este hecho, en su diversidad y reciprocidad, se convierte, incluso,
en el fundamento de una sana y necesaria educación sexual.
No sería posible educar la sexualidad de un niño o
de una niña, sin una idea clara del significado o
lenguaje sexual de su cuerpo. Estos aspectos que se refieren
a la diversidad sexual como al nacimiento de la vida,
siempre fueron tenidos en cuenta como fuente legislativa a la
hora de definir la esencia y finalidad del matrimonio. En
el matrimonio se encuentran y realizan tanto las personas en
su libertad, como el origen y el cuidado de la
vida.
Esto no debe ser considerado como un límite
que descalifica, sino como la exigencia de una realidad que
por su misma índole natural y significado social, debe ser
tutelada jurídicamente. Estamos ante una realidad que antecede al derecho
positivo y, por lo mismo, es para él fuente normativa
en lo sustancial.
Afirmar la heterosexualidad como requisito para
el matrimonio no es discriminar, sino partir de una nota
objetiva que es su presupuesto. Lo contrario sería desconocer su
esencia, es decir, aquello que es. “El matrimonio no es
una institución puramente humana a pesar de las numerosas variaciones
que ha podido sufrir a lo largo de los siglos
en las diferentes culturas, estructuras sociales y actitudes espirituales. Estas
diversidades no deben hacer olvidar sus rasgos comunes y permanentes”.
El matrimonio se funda en la unión complementaria del
varón y la mujer, cuyas naturalezas se enriquecen con el
aporte de esa diversidad radical. La realidad nos muestra que
toda consideración física, psicológica y afectiva de los sexos, es
expresión de esa diversidad, la cual además no se explica
en un sentido antagónico, sino de complemento mutuo. El varón
y la mujer, conforman desde esa diversidad complementaria, una nueva
realidad que es la familia y que, desde los inicios
mismos de la humanidad, ha sido protegida por las sociedades
civilizadas, con la institución del matrimonio. Confirma esa realidad, la
Declaración Universal de los Derechos del Hombre la cual exige
“reconocer el derecho del hombre y de la mujer a
contraer matrimonio y a formar una familia”.
Es responsabilidad
de todos proteger este “bien de la humanidad”, (como llamaba
Juan Pablo II a la familia), de allí el deseo
que nos mueve a sumar las presentes reflexiones en un
diálogo sincero con la sociedad y como aporte a quienes
tienen la difícil tarea de legislar sobre estos temas.
La Sagrada Familia de Nazareth, modelo permanente, ayude a descubrir
a nuestros jóvenes, el valor de la vocación matrimonial.+ |