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In Fructibus Multis
Carta Apostólica en la que se instituye la Pontificia Comisión para las Comunicaciones Sociales, 2 de abril de 1964.


Por: Pablo VI | Fuente: vatican.va



CARTA APOSTÓLICA "MOTU PROPRIO" IN FRUCTIBUS MULTIS

Con esta se instituye la Pontificia Comisión para las Comunicaciones Sociales

(2 de abril de 1964)

PABLO VI

MOTU PROPIO CARTA APOSTÓLICA

EN MULTIS FRUCTIBUS

Que está dotada de la comisión papal
PARA LAS COMUNICACIONES



1. Entre los muchos frutos, que, no sin la ayuda y la ayuda de la bondad divina, ya la Iglesia de Cristo se ha informado por el Concilio Vaticano II, que acabamos de contar con el decreto sobre los medios de comunicación social, que, en la sesión pública de la 04 de diciembre del año pasado, fue adoptado felizmente por el propio Consejo, y promulgada nosotros.

2. Estas subvenciones, de hecho - entre ellos tienen un lugar de particular importancia como prensa, televisión, radio y el cine - y de sus relaciones mutuas cercanos, se propone en los problemas de tiempo de tanta importancia como para influir no sólo en la cultura, la civilización y el público en el vestuario, pero la religión en sí, es por eso que ahora exigen no sólo la atención más asidua de los obispos y una actividad de fervor de los fieles, sino también la cooperación inmediata de todas las personas de buena conciencia.

3. Damos mucha importancia a estas herramientas para la causa católica puede ser fácilmente observado por las palabras pronunciadas por nosotros en la misma ocasión solemne: "Más fruta, y de poco valor, de este consejo es el decreto sobre los medios de comunicación, lo que indica que la capacidad que la Iglesia tiene que combinar la vida interior y exterior, la acción a la contemplación, apostolado de la oración. también combinar este resultado, se espera que sea capaz de orientación y estímulo para muchas formas de actividades incluye ahora como una herramienta , en el ejercicio del ministerio pastoral y la misión en el mundo católico. " (1)

4. Por estas razones deseamos mucho que, al igual que otras normas aprobadas, con la asistencia del Espíritu Santo, por el Concilio Vaticano II, por lo que este Decreto es diligente y fielmente ejecutado. En lo que pensamos que hacer una contribución valiosa al establecer sin demora una Comisión Especial que se encarga de toda esta zona.

5. Ya nuestro predecesor de feliz memoria, Juan XXIII, cerca del comienzo de su pontificado, con el Motu Proprio pastoris Boni, (2) había dado una nueva estructura de la comisión permanente, que fue nombrado para "examinar las diversas actividades relacionado con el cine, la radio y la televisión, para incrementar y dirigirlos de acuerdo con la doctrina y las normas contenidas en la encíclica Miranda prorsus directivas y las disposiciones que más tarde vendría dado por la Sede Apostólica ". (3)

6. Esta Comisión, ya que luego se agregan a la secretaria de Estado, (4) las expectativas a su tarea con gran compromiso y entusiasmo para merecer el reconocimiento universal.

7. Los Padres del Concilio Vaticano II también considera necesario que esta Comisión, con la ayuda de expertos, los laicos, de varias naciones, extender su jurisdicción a todos los medios de comunicación, incluida la impresión. (5)

8. Por lo tanto, como con el voto de manera autoritaria de los Venerables Padres, de que el Consejo está de acuerdo en nuestra voluntad, nosotros, al cambiar su nombre y la ampliación de los deberes de la propia Comisión, por iniciativa propia, con conocimiento cierto y después de madura deliberación, en virtud de esta Carta y en forma perpetua se establece la Comisión Pontificia para las Comunicaciones Sociales, y encomendar a la misma, en lo que respecta a los intereses de la religión católica, los problemas relacionados con el cine, la radio y la televisión, así como la prensa diaria y periódica. A continuación, en lo que respecta a la prensa, la Comisión tratará de fomentar las iniciativas que esta Sede Apostólica se consideren necesarios en una industria de tal importancia.

9. Además de las tareas ya asignadas por la Carta Apostólica citada Pastoris Boni, será responsabilidad de la Comisión sobre la ejecución de las directivas y reglamentos del Decreto del Concilio Vaticano II sobre los medios de comunicación social, así, como lo es en el arte. 23 del Decreto, el Ministerio de Educación para elaborar y presentar a nuestra aprobación.

10. Obviamente, la primera preocupación de la Comisión se pagarán, en el espíritu del Decreto del Consejo, para ayudar a los Ordinarios en el desempeño de sus funciones pastorales en esta área. (6)

11. Las relaciones entre la Comisión y de las Sagradas Congregaciones de la Curia romana, todos los cuales esta Carta apostólica no se pretende de ninguna manera el cambio - se regirá por las reglas establecidas en la Carta Apostólica pastoris Boni. (7)

12. ¿Por qué entonces se puede cumplir con las tareas nuevas e importantes, la Comisión se le dará los medios necesarios para su acción y contará con la colaboración de expertos en el campo de los medios de comunicación, que, en número conveniente, será llamado por la Sede Apostólica a formar parte la propia Comisión.

13. De esta manera, esta Comisión Pontificia, que opera dentro de los límites de sus funciones de conformidad con la doctrina de la Iglesia y las necesidades de nuestro tiempo, sin duda, será de gran ayuda para difundir la verdad y por lo tanto, lo mismo para la armonía de los pueblos, ya que, según la enseñanza de Nuestro Predecesor, de feliz memoria, Juan XXIII: "trabajar por la verdad, sino que también trabaja para la fraternidad humana." (8)

14. ¿Cuál ha sido decretado por nosotros y de acuerdo con este "motu proprio" decreto por el que todo es estable y válido, a pesar de cualquier disposición en contrario.


PABLO VI

NOTAS
Un Discurso de Su Santidad el Papa Pablo VI a los Padres de la Consejo de 4 de diciembre de 1963.
A.A.S. 2, LI, 1959, p. 183-187.
3 Véase ibíd., P. 185.
4 Véase: ibid, 187..
5 del Decreto sobre los medios de Comunicación Social, art. 19.
6 Véase ibíd., Art. 20-21.
A.A.S. 7, LI, 1959, p. 185-186.
8 Véase el Discurso del Papa Juan XXIII a los miembros de la "Asociación de la Prensa Etrangère en Italie", 24 de octubre de 1961, AAS, LIII, 1961, p. 723.







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