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Más legislación antinatural en Argentina

Más legislación antinatural en Argentina
Análisis basado en la información enviada por colega argentino Dr. Jorge L. Vitale, especialista en estos temas y colega del consultorio jurídico de catholic.net.


Por: Dr. Carlos ALVAREZ COZZI | Fuente: Catholic.net



Cuando en Argentina dicen que van por todo, están expresando que van contra las leyes de la naturaleza, la familia, los valores y sólo crean confusión POR ESO SE HACE NECESARIO LA DIVULGACIÓN DE ESTA TRAMPA.



EL PROYECTO ELEVADO POR LA PRESIDENTA AL CONGRESO.


RELACIONADO CON EL NOMBRE PERMITIRIA LA ELIMINACION DE LA LEY QUE PROTEGE LA CORRESPONDENCIA ENTRE EL NOMBRE Y EL SEXO DEL BEBE, POR LO TANTO LOS PADRES PUEDEN ELEGIR UN NOMBRE OPUESTO AL SEXO,(es decir a una niña se la podría llamar Gustavo y a un niño Graciela) .
ESTO MODIFICA LA LEY 18248 ART 3- ACTUAL POR EL ANTEPROYECTO ART 63 Y SE INSTAURA LA PERSPECTIVA DE GENERO CON CRITERIO UNICO DONDE EL SEXO ES PLENA CONSTRUCCION CULTURAL, ES DECIR NO HAY MAS VARON NI MUJER, A SU VEZ SE CAMBIA EL NOMBRE DEGESTACION POR SUSTITUCION PARA DISFRAZAR LA TERMINOLOGIA DE ALQUIER DE VIENTRES.
SE LEGALIZA LAS TECNICAS DE FECUNDACION ARTIFICIAL CASI SIN RESTRICCIONES.
DA LA POSIBILIDAD DE TENER DOS PADRES O DOS MADRES, PERMITE LA INSEMINACION POS MORTEN, DA VIA LIBRE O LOS IGNORA A LOS EMBRIONES EXTRACORPOREOS ES DECIR PERMITE TODO TIPO DE EXPERIMENTOS Y DESTRUCCION DE EMBRIONES, TODO ESTO ES TAPADO POR EL MAL LLAMADO DIVORCIO EXPRESS QUE ES PODER DIVORCIARSE CON LA VOLUNTAD DE UNO SIN ATRIBUCION DE CULPAS, SE PIERDE EL DEBER DE FIDELIDAD QUE A EXISTIDO TODA LA VIDA. Y QUE ES LA FUENTE DEL MATRIMONIO.

LA IDENTIDAD DE GENERO-
SU DESPROTECCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS Y A LA LEY NATURAL.-
El proyecto sobre identidad de género que tiene despacho favorable en la Cámara de Diputados con fecha 08 de Noviembre de 2011, ya se encuentra a un paso de ser tratado en las sesiones ordinarias de la Cámara de diputados. Este proyecto puede llegar a producir una de las aberraciones jurídicas más notables de la época.

Esta promesa de ley, permitiría que a simple declaración-inclusive de un menor y sin necesidad de ningún cambio anatómico, ni fisiológico previo- se declare el cambio de sexo de una persona. Dicha registración no causaría estado, lo que implicaría que esta misma pueda ser modificada tantas veces como esta persona lo desee.

Este proyecto lo que hace es confundir a la naturaleza misma y a la sociedad.
Todo esto lo que hace es confundir los siguientes términos:
•Identidad sexual: varón o mujer.
•Orientación sexual: preferencia sexual: heterosexualidad, homosexualidad, bisexualidad.
•Conducta sexual: el propio comportamiento elegido.

IDENTIDAD DE GÉNERO.
•La ideología de género es la última rebelión de la creatura contra su condición de creatura... el hombre moderno pretende librarse incluso de las exigencias de su propio cuerpo: se considera un ser autónomo que se construye a sí mismo; una pura voluntad que se autocrea y se convierte en un dios para sí mismo.

PROYECTO DE LEY SOBRE IDENTIDAD DE GÉNERO: ALCANCES.
•Cambio registral de sexo: Permite modificar el sexo registral, con o sin necesidad de modificación de la apariencia o función corporal a través de medios farmacológicos, quirúrgicos o de otra índole, y no requiere tratamientos psicológicos o médicos ni autorización judicial previa (art. 3 y 4). Esta rectificación sólo se puede modificar luego“con autorización judicial” (art. 8).
Para evitar que este proyecto se transforme en ley hay que informar debidamente a la sociedad los alcances y consecuencias que tiene el mismo.

Este proyecto vulnera la ley natural, el respeto y protección a los menores, ya que permite que estos aún menores de 18 años, ha simple declaración jurada, opten por cambiar su sexo, además no da seguridad jurídica pues tal registración no causa estado, lo que implica que puede volver a modificarse cuantas veces uno quiera.

Por ello se hace necesario, impedir que este tipo de proyectos sean aprobados Ya que como se ve, cambiando el sentido a las palabras produce la confución y la relatividad de todos los valores que nos hace destruir toda nuestra esencia y nuestra tradición y nuestra creencia .-

EL PROYECTO ELEVADO POR LA PRESIDENTA AL CONGRESO.
RELACIONADO CON EL NOMBRE PERMITIRIA LA ELIMINACION DE LA LEY QUE PROTEGE LA CORRESPONDENCIA ENTRE EL NOMBRE Y EL SEXO DEL BEBE, POR LO TANTO LOS PADRES PUEDEN ELEGIR UN NOMBRE OPUESTO AL SEXO,(es decir a una niña se la podría llamar Gustavo y a un niño Graciela) .

ESTO MODIFICA LA LEY 18248 ART 3- ACTUAL POR EL ANTEPROYECTO ART 63 Y SE INSTAURA LA PERSPECTIVA DE GENERO CON CRITERIO UNICO DONDE EL SEXO ES PLENA CONSTRUCCION CULTURAL, ES DECIR NO HAY MAS VARON NI MUJER, A SU VEZ SE CAMBIA EL NOMBRE DEGESTACION POR SUSTITUCION PARA DISFRAZAR LA TERMINOLOGIA DE ALQUIER DE VIENTRES.

SE LEGALIZA LAS TECNICAS DE FECUNDACION ARTIFICIAL CASI SIN RESTRICCIONES.

DA LA POSIBILIDAD DE TENER DOS PADRES O DOS MADRES, PERMITE LA INSEMINACION POS MORTEN, DA VIA LIBRE O LOS IGNORA A LOS EMBRIONES EXTRACORPOREOS ES DECIR PERMITE TODO TIPO DE EXPERIMENTOS Y DESTRUCCION DE EMBRIONES, TODO ESTO ES TAPADO POR EL MAL LLAMADO DIVORCIO EXPRESS QUE ES PODER DIVORCIARSE CON LA VOLUNTAD DE UNO SIN ATRIBUCION DE CULPAS, SE PIERDE EL DEBER DE FIDELIDAD QUE A EXISTIDO TODA LA VIDA. Y QUE ES LA FUENTE DEL MATRIMONIO.

LA IDENTIDAD DE GENERO- SU DESPROTECCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS Y A LA LEY NATURAL.-

El proyecto sobre identidad de género que tiene despacho favorable en la Cámara de Diputados con fecha 08 de Noviembre de 2011, ya se encuentra a un paso de ser tratado en las sesiones ordinarias de la Cámara de diputados. Este proyecto puede llegar a producir una de las aberraciones jurídicas más notables de la época.

Esta promesa de ley, permitiría que a simple declaración-inclusive de un menor y sin necesidad de ningún cambio anatómico, ni fisiológico previo- se declare el cambio de sexo de una persona. Dicha registración no causaría estado, lo que implicaría que esta misma pueda ser modificada tantas veces como esta persona lo desee.

Este proyecto lo que hace es confundir a la naturaleza misma y a la sociedad.

Todo esto lo que hace es confundir los siguientes términos:
•Identidad sexual: varón o mujer.
•Orientación sexual: preferencia sexual: heterosexualidad, homosexualidad, bisexualidad.
•Conducta sexual: el propio comportamiento elegido.

LOS EMBRIONES SON VIDA.
Inmediatamente luego de la fecundación, que es la unión del óvulo y el espermatozoide, el cuerpo humano del embrión empieza a seguir un plan de desarrollo ya «determinado».
Utilizar el embrión humano o el feto, como objeto o instrumento de experimentación, es un delito contra su dignidad de ser humano, que tiene derecho al mismo respeto debido al niño ya nacido y a toda persona humana.

Hay personas que defensores de la clonación promueven la idea de que luego de la fecundación, el ser humano es un «conjunto de células»y sólo cuando llega al útero para implantarse (entre 7 y 8 días después de la concepción), las células empiezan a diferenciarse en tejidos y órganos constituyendo un ser humano. A partir de esta idea, muchos científicos justifican la experimentación y destrucción de embriones, porque los consideran seres humanos sólo desde el momento de la implantación.

Esta idea errada por atentar contra la vida de embriones humanos formados biológica y espiritualmente desde el momento de la fecundación.

Los descubrimientos de la Universidad de Oxford demuestran que 24 horas después de la fecundación el nuevo embrión ya tiene definido el eje de su cuerpo (qué parte será la cabeza y cuál la columna) y sus sucesivas divisiones celulares ya demuestran que las nuevas células empiezan a seguir un plan claramente predeterminado, es decir que ya tienen funciones asignadas.

Más sorprendente aún resulta otra investigación del Wellcome Cancer Research Institute de Inglaterra que señala el acto de la fecundación como el que determina la posición de la cabeza del nuevo ser y postula que probablemente el punto de entrada del espermatozoide al óvulo constituye el ecuador del nuevo ser.
Es decir, el lugar donde empezarán a realizarse las múltiples divisiones celulares. En esta línea, en la Universidad de Leeds en Inglaterra opinan que manipular cualquier célula del embrión puede ocasionar un daño irreversible en el nuevo ser humano por lo que pone en duda la validez de la experimentación con embriones durante los procesos de clonación o extracción de células estaminales que -como es sabido- siempre implican la destrucción de un nuevo ser.

Ninguna finalidad, aunque fuese en sí misma noble, como la previsión de una utilidad para la ciencia, para otros seres humanos o para la sociedad, puede justificar de algún modo las experiencias sobre embriones o fetos humanos vivos, viables o no, dentro del seno materno o fuera de él. El consentimiento informado, requerido para la experimentación clínica en el adulto, no puede ser otorgado por los padres, ya que éstos no pueden disponer de la integridad ni de la vida del ser que debe todavía nacer. Por otra parte, la experimentación sobre los embriones o fetos comporta siempre el riesgo, y más frecuentemente la previsión cierta de un daño para su integridad física o incluso de su muerte.

A su vez, toda investigación, aunque se limite a la simple observación del embrión, será ilícita cuando, a causa de los métodos empleados o de los efectos inducidos, implicase un riesgo para la integridad física o la vida del embrión.
Al unirse los dos gametos (óvulo y espermatozoide) el nuevo ser tiene todo el material genético necesario para desarrollarse y crecer.

La misma congelación de embriones, aunque se realice para mantener en vida al embrión "crioconservación", constituye una ofensa al respeto debido a los seres humanos, por cuanto les expone a graves riesgos de muerte o de daño a la integridad física, les priva al menos temporalmente de la acogida y de la gestación materna y les pone en una situación susceptible de nuevas lesiones y manipulaciones.

Algunos intentos de intervenir sobre el patrimonio cromosómico y genético no son terapéuticos, sino que miran a la producción de seres humanos seleccionados en cuanto al sexo o a otras cualidades prefijadas. Estas manipulaciones son contrarias a la dignidad personal del ser humano, a su integridad y a su identidad. No pueden justificarse de modo alguno a causa de posibles consecuencias beneficiosas para la humanidad futura.
Con la fecundación se inicia la aventura de una vida humana, cuyas principales capacidades requieren solamente tiempo para desarrollarse y poder actuar.

El interés comercial detrás del aborto, la clonación, la experimentación con células estaminales y embriones humanos, lleva a muchos«científicos» modernos (ginecólogos incluidos) a cambiar arbitrariamente las definiciones de «fecundación» o «concepción» como el momento del «inicio de la vida» por la de «implantación del embrión al séptimo día». Al suplantar la fecundación por la implantación, se permite que durante seis o siete días el embrión quede indefenso, pueda ser manipulado y hasta destruido impunemente.

Desde el momento de la fecundación existe un nuevo ser que es sujeto de derecho, merece protección y posee una dignidad humana única y universal.

El hijo no es algo debido y no puede ser considerado como objeto de propiedad: es más bien un don y el más gratuito del matrimonio, y es el testimonio vivo de la donación recíproca de sus padres.

La intervención de la autoridad política se debe inspirar en los principios racionales que regulan las relaciones entre la ley civil y la ley moral. La misión de la ley civil consiste en garantizar el bien común de las personas mediante el reconocimiento y la defensa de los derechos fundamentales, la promoción de la paz y de la moralidad pública.

En ningún ámbito de la vida la ley civil puede sustituir a la conciencia ni dictar normas que excedan la propia competencia. La ley civil a veces deberá tolerar, en aras del orden público lo que no puede prohibir sin ocasionar daños más graves.
Sin embargo, los derechos inalienables de la persona deben ser reconocidos y respetados por parte de la sociedad civil y de la autoridad política. Estos derechos del hombre no están subordinados ni a los individuos ni a los padres, y tampoco son una concesión de la sociedad o del Estado: pertenecen a la naturaleza humana y son inherentes a la persona.

Entre esos derechos fundamentales es preciso recordar a este propósito: a) el derecho de todo ser humano a la vida y a la integridad física desde la concepción hasta la muerte; b) los derechos de la familia como institución y, en este ámbito, el derecho de los hijos a ser concebidos, traídos al mundo y educados por sus padres.

En la encíclica “Evangelium Vitae” o Evangelio de la Vida, Juan Pablo II nos da la clave para entender este misterio al reflexionar sobre el Salmo 139: «El hombre desde el seno materno, pertenece a Dios que lo escruta y conoce todo, que lo forma y lo plasma con sus manos, que lo ve mientras es todavía un pequeño embrión informe y que en él entrevé el adulto de mañana cuyos días están contados y cuya vocación está escrita en el libro de la vida» (“Evangelium Vitae” 61).

Queda claro de lo expuesto, como una supuesto gobierno democrático impulsa una legislación antinatural y relativista, tributaria de la nefasta ideología de género, que contraría el orden moral natural mucho antes que pensamientos y concepciones religiosas, que naturalmente también ataca en consecuencia y que lo que busca es destruir el orden natural, la familia y los valores, generando lo que se ha dado en llamar la “reingeniería moral antinatural”, que seguimos denunciando en alta voz.. Que no es ocurrencia patria sino modelos impuestos internacionalmente desde organizaciones internacionales como NNUU, OMS,OPS y las conocidas ONGs de la muerte como Planificación Familia o la Fundación Rockefeller.

En mi país ya sufrimos la Ley de Cambio de Sexo Registral, la Ley de uniones concubinarias hetero y homosexuales, el planteo de si éstos pueden adoptar, el enésimo intento de despenalización del nefando crimen del aborto, gracias a Dios por ahora fallido, y el reciente proyectado matrimonio homosexual. Es que destruyendo los valores y la familia el plan de dominación relativista se facilita al destruir las mismas bases de la sociedad.







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